CERTIFICADOS DE SUPERVIVENCIA PARA PENSIONISTAS Imprimir

Este trámite deben realizarlo personalmente ante las oficinas consulares los pensionistas que reciben su pensión de instituciones de Seguridad Social mexicanas, tales como el IMSS, ISSSTE, y el ISSFAM. La expedición del certificado respectivo es gratuita.

La finalidad del trámite es comprobar que la persona está con vida y asegurarse que es directamente el pensionista el que está disfrutando de la pensión autorizada.

Para la expedición del Certificado de Supervivencia es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

1)     Presentarse personalmente en el Consulado de México.

2)     Una identificación oficial mexicana, que tenga fotografía y sello.

3)     La identificación que lo acredite como pensionista de la institución de Seguridad Social (credencial del IMSS, ISSSTE, ISSFAM, que contenga el número de expediente) y 2 copias fotostáticas.

4)     El último recibo de pago, si lo tiene; y 2 copias fotostáticas.

5)     Dos fotografías a color RECIENTES (tomadas máximo 5 meses antes de su comparecencia ante el Consulado), tamaño pasaporte; tomadas de frente, delante de un panel (fondo) blanco, con la frente y las orejas descubiertas, y sin lentes.


Los pensionistas deben obtener semestralmente este certificado de la Oficina Consular más cercana, o en la que reciban su cheque, para su envío a la institución que emite la pensión. El incumplimiento de este requisito implica la suspensión de la pensión.

 


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