Requisitos adicionales para esta calidad de estancia:

  • Original y copia del Informe de adoptabilidad o preasignación emitido por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), en la que se señale información sobre la identidad de niño, niña o adolescente.
  • Original y copia de aceptación de la asignación del menor y de continuación del procedimiento de adopción que emita la Autoridad Central del Estado Receptor en el que se exprese su voluntad y la de los solicitantes para continuar con el procedimiento de adopción.
  • Pago de derechos por la expedición de visa de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Derechos.


Nota: Para esta calidad de estancia no será necesario comprobar legal estancia en el país, si la persona extranjera no es nacional del país donde solicita la visa.

Criterios de expedición:

  • La expedición de la visa está sujeta al resultado de la entrevista consular.
  • Se negarán los trámites de solicitud de visa de personas extranjeras que se ubiquen en los supuestos del artículo 43 de la Ley.