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Requisito adicional para esta calidad de estancia:
Presentar los documentos que acrediten alguno de los siguientes supuestos:
1. Estudios:
- Original de carta de aceptación de alguna institución perteneciente al Sistema Educativo Nacional en la que pretende estudiar, en la que se especifique:
i. Nombre completo del interesado;
ii. Nivel, grado y área de estudio que el solicitante pretenda realizar;
iii. Nombre del curso en el que ha sido aceptado;
iv. Fecha de inicio y terminación del curso;
v. Costo de la matrícula para el curso, y
vi. Datos de identificación de la institución educativa.
- Solvencia económica, para cubrir el monto de la matrícula y gastos de alojamiento y manutención durante su estancia en territorio nacional, a través de:
i. Original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual mínimo equivalente a veinte mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal (aprox. 97,000 usdls), durante los últimos doce meses, o
ii. Original de los documentos que demuestren que cuenta con empleo, pensión o beca con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de ciento cincuenta días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal (aprox. 730 usdls), durante los últimos seis meses.
iii. La solvencia económica podrá ser acreditada por el interesado, por sus padres o por quien ejerza la patria potestad o la tutela, siempre que no sean mayores de 25 años; o mediante original de la carta de la institución que acredite que ha sido beneficiario de una beca.
2. Unidad familiar. Vínculo con extranjero que cuente con la condición de residente temporal estudiante o titular de una visa de residente temporal estudiante:
- Si el solicitante es cónyuge, concubina o concubinario de extranjero con la condición de residente temporal estudiante o titular de una visa de residente temporal estudiante, acta de matrimonio o constancia de concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país del que es originario el solicitante, en original y copia; o
- Si el solicitante tiene hijo extranjero con la condición de residente temporal estudiante o titular de una visa de residente temporal estudiante, acta de nacimiento del hijo, en original y copia; o
- Si el solicitante tiene padre o madre extranjero con la condición de residente temporal estudiante o titular de una visa de residente temporal estudiante, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal, acta de nacimiento del solicitante, en original y copia; o
- Si el solicitante es hijo del cónyuge, concubinario o concubina o figura equivalente de un extranjero con la condición de residente temporal estudiante o titular de una visa de residente temporal estudiante siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal:
i. Acta de nacimiento del solicitante, en original y copia; y
ii. Acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato con la persona extranjera con la condición de residente temporal estudiante o titular de una visa de residente temporal estudiante, en original y copia;
iii. Tarjeta de residente temporal estudiante o visa de residente temporal estudiante, en original y copia, y
iv. Acreditar solvencia económica para la manutención del familiar durante su estancia en el país, con:
- Original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a trescientos días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal (aprox. 1,450 usdls),durante los últimos seis meses, o
- Original y copia de los documentos que demuestren que cuenta con empleo, pensión o beca con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de cien días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal (aprox. 500 usdls), durante los últimos seis meses.
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Criterios de expedición:
- La expedición de la visa está sujeta al resultado de la entrevista consular.
- Los estudiantes becarios del gobierno mexicano no requieren acreditar solvencia económica. La oficina consular deberá expedir la visa correspondiente previo aval de las áreas competentes e instrucción de la SRE.
- Se entiende por figura equivalente al concubinato a la relación entre un hombre y una mujer libres de matrimonio que viven en común, en forma constante y permanente por el término que establezca la legislación del país que corresponda. No será necesario que la convivencia en común cumpla con ese término, cuando hayan procreado hijos.
- En ningún caso, el promovente podrá solicitar visa para más de un cónyuge o concubino aunque la legislación de otro país lo permita. Lo anterior salvo que acredite ante la oficina consular, en su caso, con documentales emitidas ante autoridad competente, la disolución o término del vínculo previo.
- Se negarán los trámites de solicitud de visa de personas extranjeras que se ubiquen en los supuestos del artículo 43 de la Ley.
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