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NOTAS:

  • Para este trámite NO se requiere cita. 

 

  • Recepción de documentos de lunes a viernes de 8 A.M. a 4:30 P.M. 

 

  • El certificado de menaje de casa se entrega 1 día hábil después de la recepción de documentos. 

 

Para tener derecho a la exención del pago de impuestos al comercio exterior para la importación de los menajes de casa en franquicia, de conformidad con el Art. 104 del Reglamento de la Ley Aduanera, se requiere cumplir indistintamente con los siguientes plazos, para los cuales no hay prórroga:

  • Que el pasajero traiga o lleve consigo el menaje de casa.
  • Que el menaje de casa llegue o salga dentro de los tres meses anteriores a la entrada o salida del pasajero.
  • Que llegue hasta seis meses después de la fecha en que el interesado haya arribado o salido.

 

REQUISITOS

1. El interesado deberá presentar uno de los siguientes documentos en original y copia para acreditar su nacionalidad mexicana.

  • Copia certificada del acta de nacimiento expedida por cualquier oficina del registro civil mexicano o por las Oficinas Consulares mexicanas;
  • Certificado de Nacionalidad mexicana;
  • Carta de Naturalización
  • Pasaporte;
  • Certificado de Matrícula Consular de Alta Seguridad; o
  • Declaratoria de Nacionalidad mexicana por nacimiento.

 

2. Acreditar su identidad, presentando original y copia de alguno de los siguientes documentos vigentes con fotografía:

a) Credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral;

b) Pasaporte mexicano;

c) Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional;

d) Cédula Profesional;

e) Título Profesional;

f) Carta de pasante expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública;

g) Certificado de nacionalidad mexicana;

h) Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento;

i) Carta de naturalización;

j) Certificado de Matrícula Consular de Alta Seguridad;

k) Credencial vigente expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores o su equivalente;

l) Licencia de manejar extranjera valida en la circunscripción consular;

m) Identificación oficial extranjera valida en la circunscripción consular.

 

3. Acreditar con documentos que demuestren, a juicio y satisfacción del funcionario consular, que el interesado estableció su domicilio en el extranjero y que a la fecha de su solicitud ha radicado fuera de México por los últimos seis meses, por ejemplo:

- Recibos de pago de salarios o de servicios públicos;

- Cartas de trabajo;

- Contrato de arrendamiento;

- Contrato de trabajo;

- Estados de cuenta de tarjetas de crédito, de cheques u otra similar;

- Licencia de conducir de la circunscripción consular o del país;

- Certificado de Matrícula Consular de Alta Seguridad, con fecha de expedición de al menos seis meses antes;

- Constancias escolares;

- Carta notariada del propietario del inmueble donde vivió.

 

Nota. No es necesario que el connacional haya residido seis meses consecutivos en su último domicilio en el extranjero, por lo que puede presentar recibos de los distintos lugares donde residió, pero debe demostrar que vivió, al menos, los últimos seis meses en el extranjero, sin interrupciones.

 

4. Lista de menaje de casa firmada por el interesado, por cuadriplicado. La lista deberá contener una descripción detallada de los bienes que la integran y su cantidad. En el caso de los artículos eléctricos, se deberá indicar marca, modelo y número de serie. La lista del menaje de casa no comprenderá mercancías que los interesados hayan tenido en el extranjero para actividades comerciales o industriales.

Ejemplo:

                                                                              Lista de menaje de casa

5. Dirigir una carta al Consulado General que contenga los siguientes datos:

- Motivo por el cual solicita el menaje de casa.

- Dirección completa de su último domicilio en Estados Unidos.

- Dirección completa del lugar donde establecerá su residencia en territorio nacional. En este rubro no es necesario presentar documentos comprobatorios de su domicilio en México.

 

6. Cubrir los derechos correspondientes, de conformidad con la Ley Federal de Derechos vigente.