Descripción de este trámite
Solicitud y expedición de pasaporte mexicano, documento de identidad, nacionalidad y viaje que expide el Gobierno de México a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y de su red de Embajadas y Consulados en el extranjero.
¿A quién está dirigido?
Personas mexicanas que nunca han tenido pasaporte y que cumplen con los requisitos establecidos.
Personas mexicanas que cuentan con un pasaporte expedido en México antes de 1995, o expedido antes del año 2006 en alguna Embajada o Consulado, y que por esta situación deben cumplir con los requisitos establecidos como si se tratara de la solicitud de un pasaporte por primera ocasión.
Requisitos
- Presentar el formato de solicitud de pasaporte debidamente llenado. El formato se puede descargar en este enlace.
- Presentar alguno de los siguientes documentos en original para acreditar la nacionalidad mexicana:
- Copia certificada del acta de nacimiento mexicana expedida por registro civil, por oficina consular, o emitida en el sistema gob.mx/actanacimiento.
- Certificado de nacionalidad mexicana.
- Declaratoria de nacionalidad mexicana, o
- Carta de naturalización.
- Presentar alguno de los siguientes documentos con fotografía en original para acreditar su identidad:
- Credencial para votar con fotografía expedida por el Instituto Federal Electoral o Instituto Nacional Electoral.
- Certificado de matrícula consular, tradicional o de alta seguridad.
- Cartilla del Servicio Militar Nacional liberada.
- Credencial de institución pública mexicana.
- Cédula profesional mexicana.
- Tarjeta de residencia en España o DNI español en vigor.
- Certificado de estudios de primaria, secundaria, preparatoria emitida por institución pública mexicana.
Procedimiento para presentar la solicitud
- Asegúrese de contar con la documentación señalada en los requisitos.
- Solicite una cita para presentar su solicitud.
- Este trámite es atendido exclusivamente obteniendo una cita a través de la plataforma MiConsulado https://citas.sre.gob.mx/.
- Acuda de manera personal el día y hora de la cita asignada para entregar la documentación. En esa fecha se le tomará la fotografía digital para su documento y deberá realizar el pago del trámite.
- El día de su cita deberá indicar la temporalidad de vigencia por la cual requiere su pasaporte. Para el caso de personas adultas puede ser por 3, 6 o 10 años.
¿Dónde se puede realizar el trámite?
El trámite de pasaporte mexicano en España únicamente se realiza en el Consulado de México en Barcelona o en la Sección Consular de la Embajada de México en España.
Verifique la circunscripción consular que corresponda a su domicilio para presentar correctamente su solicitud:
El Consulado de México en Barcelona cubre las siguientes Comunidades Autónomas:
Aragón, Cataluña, Islas Baleares y Valencia.
La Sección Consular de la Embajada de México cubre las siguientes Comunidades Autónomas:
Andalucía, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, La Rioja, Madrid, Murcia, Navarra, el País Vasco y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
También atiende a personas residentes en el Principado de Andorra.
Costo del trámite y forma de pago
Los derechos por concepto de expedición de expedición de pasaportes se realizan preferentemente con tarjeta bancaria en este Consulado. Si hará el pago en efectivo, deberá traer la cantidad exacta.
Para ver el listado general de las tarifas consulares de los trámites, dar click en este enlace.
Aspectos importantes a considerar
- La información contenida en los documentos probatorios de nacionalidad y de identidad debe ser coincidente en su totalidad. De no ser así, el Consulado puede solicitar documentación adicional para evaluar la procedencia de su solicitud.
- Deberá permitir la toma de información biométrica el día de su cita. La fotografía se toma de frente, con la cabeza descubierta y sin prendas u objetos que cubran parcialmente o totalmente el rostro, incluidos lentes.
Privacidad de datos
Para conocer los avisos de privacidad sobre el tratamiento de datos personales de click en este enlace.
Contacto con el Consulado
Consulte detalladamente la información que aquí se proporciona para que presente adecuadamente su solicitud.
El servicio que obtendrá es resultado, por una parte, de que usted cumpla de manera puntual y responsable los requisitos y procedimiento aquí señalados, y por otra, del compromiso y obligación del Consulado por otorgar una atención de calidad y eficiente.
Sugerimos que revise la sección de preguntas frecuentes que encontrará abajo para clarificar cualquier situación.
Su opinión y valoración es muy importante para el Consulado. Si tiene algún comentario o sugerencia escriba al siguiente correo electrónico:
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
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Preguntas frecuentes sobre este trámite
¿Debo presentar fotocopias de los documentos señalados en los requisitos o fotografía para el trámite?
No. La documentación original que presenta se digitaliza, por lo cual no es necesario presentar fotocopias. La fotografía, de igual forma, se toma el día de su cita, como parte del trámite.
No puedo acudir en este momento a Barcelona o a Madrid a realizar el trámite de pasaporte, ¿se puede realizar a distancia?
No. El trámite se realiza de manera personal y presencial en el Consulado de México en Barcelona o en la Embajada de México en España, en la ciudad de Madrid.
No cuento con original/copia certificada de mi acta de nacimiento mexicana ¿qué puedo hacer?
Usted puede gestionar en España una copia certificada de su acta de nacimiento mexicana de manera muy sencilla:
- Obtener una copia certificada de acta de nacimiento por internet (opción recomendable): visite gob.mx/actanacimiento para más información.
Contraje matrimonio y quisiera que aparezca el apellido de mi cónyuge en el pasaporte ¿es posible?
Es posible aceptar su solicitud. Para ello, deberá presentar copia certificada de su acta de matrimonio mexicana o española, además de los requisitos señalados.
Realicé un cambio de datos o identidad en mi documentación, ¿cómo debo presentar mi solicitud?
Para una revisión y análisis detallado de su caso, por favor escriba un correo a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. explicando con detalle la situación. Brindaremos el seguimiento que corresponda.
¿En qué casos se otorga el descuento del costo del pasaporte?
El artículo 20 de la Ley Federal de Derechos establece los supuestos bajo los cuales el monto a pagar por la expedición de pasaportes es de únicamente el 50%:
- Personas mayores de 60 años.
- Personas con algún tipo de discapacidad comprobada. Se deberá presentar una constancia o certificado expedido por alguna institución pública de salud o de seguridad social, en la que se describa la discapacidad de que se trate y el impedimento que ésta provoque de forma permanente e irreversible en el desarrollo normal de la vida de la persona.
Tengo un familiar que requiere tramitar su pasaporte, pero no puede manifestar su voluntad para ello por sufrir una enfermedad y soy su tutor, ¿Cómo realizo el trámite?
Para expedir pasaportes a las personas que no estén en posibilidad de manifestar su voluntad ya sea de manera definitiva (por enfermedad permanente) o temporal (personas que están en estado de coma o inconscientes), la voluntad deberá ser asistida por alguna de las siguientes personas:
- El tutor, quien deberá acreditar el ejercicio de la tutela mediante copia certificada de la resolución judicial que le confiere el cargo y del auto por el que causó ejecutoria o en el que se hizo constar la protesta y discernimiento del mismo, expedidos por autoridad competente.
- El cónyuge, quien acreditará tal vínculo mediante copia certificada del acta de matrimonio expedida por una oficina del Registro Civil, Embajada o Consulado.
- Los padres de la persona solicitante, quienes acreditarán el parentesco mediante copia certificada del acta de nacimiento de la persona con discapacidad expedida por una oficina del Registro Civil, Embajada o Consulado.
- Hijos mayores de edad de la persona con discapacidad, quienes acreditarán su parentesco mediante copia certificada de su acta de nacimiento expedida por una oficina del Registro Civil, Embajada o Consulado.
En caso de requerir mayor asistencia sobre el caso, envíe un correo a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. para presentar el caso y determinar la asistencia y seguimiento que corresponda.