Descripción de este trámite

Dar constancia, registrar el nacimiento y expedir la respectiva acta de nacimiento mexicana de una persona nacida en el extranjero y cuyo padre y/o madre sea mexicano.

¿A quién está dirigido?

Este trámite está generalmente dirigido en España a los siguientes casos:

Menores de edad nacidos en España y que el padre o madre (o ambos) sean nacidos en México.

Menores de edad nacidos en España y que el padre o madre sean naturalizados mexicanos, siempre y cuando el nacimiento en el exterior haya tenido lugar en fecha posterior a la naturalización, y que el padre o madre no se encuentren en causal de pérdida de nacionalidad.

Requisitos*

  1. Presentar el formato de solicitud debidamente llenado en ordenador. El formato se puede descargar dando click en este enlace.
  2. Original certificado del acta literal de nacimiento española de la persona de la que se realizará el registro. Si el certificado de nacimiento no es español, deberá estar apostillada y con traducción jurada
  3. Original y una copia simple de la identificación vigente de la persona a registrar: DNI, pasaporte español, tarjeta de residencia.

Identificación con fotografía según sea el caso (requisito indispensable independientemente de la edad que tenga la persona a registrar):

  1. Certificado médico oficial EN CASTELLANO expedido como máximo 30 días antes del día de su cita y estar impreso en hoja membretada con los datos de la Institución que expide el documento con el nombre completo del menor, fecha de nacimiento y sexo (revisar que sea legible y que no contenga faltas de ortografía) con una fotografía reciente del niño/a, la cual contenga de forma parcial sello o firma del doctor (Verificar que sea sellada la fotografía por el médico sin cubrir el rostro),O
  2. Pasaporte vigente de otra nacionalidad, NIE o DNI del menor

Ejemplos de este tipo de documento los puede verificar dando click en este enlace.

  1. Madre o Padre quien otorga la nacionalidad mexicana:
  2. Pasaporte mexicano o INE vigente
  3. Acta de nacimiento mexicana
  4. Padre o Madre con una nacionalidad diferente a la mexicana:
  5. Pasaporte vigente
  6. Acta de nacimiento en castellano
  7. Acta de matrimonio (si aplica)(si el acta no es mexicana o española, requiere estar apostillada y traducida al castellano o en inglés) El libro de familia no es válido ante autoridades mexicanas por favor no anexarlo.
  8. Acta de divorcio (si aplica)

* La información relativa a requisitos es indicativa. Las solicitudes se resuelven caso por caso y el consulado podrá solicitar documentación adicional para integrar el expediente.

Personal del Consulado puede apoyar participando como testigos.

Información importante:

En caso de personas naturalizadas mexicanas, se deberá presentar original y copia de carta de naturalización.

Si alguno de los padres ha fallecido, se deberá presentar original y copia del acta de defunción.   

Si la persona a registrar es mayor de edad, deberá presentar copia certificada del acta de nacimiento mexicana del padre o madre.

Proporcionar teléfono de contacto.

Procedimiento para presentar la solicitud

Tenga en cuenta que este trámite conlleva dos etapas:

  1. Para verificar que la documentación sea correcta, debe enviar copia digital en un solo  formato PDF de cada uno de los puntos señalados en los requisitos, al siguiente correo electrónico: registrocivilbar@sre.gob.mx
  2. En respuesta se le contactará con el resultado de la revisión de su caso y, de ser procedente, se puede solicitar documentación adicional.
  3. Una vez sea aprobado su expediente, se le otorgará una cita por correo electrónico.
  4. El día y hora de la cita gestionada deberán acudir de manera presencial los padres y el menor a registrar junto con los documentos originales y dos copias simples a colores de cada uno de los señalados en el apartado de requisitos a una sola cara tamaño A4, sin engrapar y buena resolución.

El día de su cita el trámite de Registro de Nacimiento tiene una duración aproximada de dos horas, por lo que se requiere máxima puntualidad para concluir el trámite.

¿Dónde se puede realizar el trámite?

Este trámite únicamente se realiza en la Sección Consular de la Embajada de México en España y en el Consulado de México en Barcelona.

Verifique la circunscripción consular que corresponda a su domicilio para presentar correctamente su solicitud:

El Consulado de México en Barcelona cubre las siguientes Comunidades Autónomas:

Aragón, Cataluña, Islas Baleares y Valencia.

La Sección Consular de la Embajada de México cubre las siguientes Comunidades Autónomas:

Andalucía, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, La Rioja, Madrid, Murcia, Navarra, el País Vasco y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

También atiende a personas residentes en el Principado de Andorra.

Costo del trámite y forma de pago

El trámite del registro de nacimiento como persona mexicana y la primera copia certificada del acto son gratuitos.

Tiempo de respuesta y conclusión

Tan pronto remita la documentación completa del expediente, el tiempo para asignar fecha para el registro de nacimiento puede tomar dos o tres semanas, pudiendo variar según la alta demanda de este trámite.

El registro y expedición del acta de nacimiento mexicana se realizan el día de la cita, así como el pasaporte si lo desea. La gestión del trámite toma alrededor de 2 horas.

Aspectos importantes a considerar

  • La información contenida en todos y cada uno de los documentos presentados debe coincidir plenamente.
  • Toda la documentación que sea expedida por autoridades diferentes a las de España o México, deberá estar debidamente apostillada o legalizada, según corresponda. En caso de ser documentos que se encuentren en idioma diferente al español e inglés, deben venir acompañados de una traducción simple a español. 
  • Si usted es una persona mayor de edad nacida en España o en el extranjero y alguno de sus padres es mexicano, puede solicitar su registro de nacimiento como mexicano cumpliendo con los requisitos arriba señalados. En este caso no es necesaria la presencia de los padres el día de la cita.
  • En España y otros países se contempla la posibilidad de que en el acta de nacimiento se intercambien los apellidos paternos del padre y la madre. Para los registros de nacimiento que se realizan en las Embajadas y Consulados de México solamente se puede registrar, invariablemente y sin excepciones, el nombre, seguido de los apellidos paternos del padre y de la madre.

Fundamento jurídico y privacidad de datos

El registro de nacimiento en una oficina consular mexicana se fundamenta en los artículos 43, inciso IV, 44, fracción III, 84 de su Reglamento, el Código Civil Federal y las disposiciones emitidas por la Secretaría de Relaciones Exteriores.

Para conocer los avisos de privacidad sobre el tratamiento de datos personales de click en este enlace.

Contacto con el Consulado

Consulte detalladamente la información que aquí se proporciona para que presente adecuadamente su solicitud.

El servicio que obtendrá es resultado, por una parte, de que usted cumpla de manera puntual y responsable los requisitos y procedimiento aquí señalados, y por otra, del compromiso y obligación del Consulado por otorgar una atención de calidad y eficiente.

Su opinión y valoración es muy importante para el Consulado. Si tiene algún comentario o sugerencia escriba al siguiente correo electrónico:

infobar@sre.gob.mx

También le invitamos a seguir nuestras redes sociales para informarse sobre fechas de apertura de citas y de temas de interés para nuestra población mexicana. Encuéntrenos como @ConsulMexBCN en Facebook y Twitter.

Todos los comentarios y consultas se realizan exclusivamente a través de correo electrónico.

Preguntas frecuentes sobre este trámite

¿Puedo realizar el trámite de pasaporte mexicano en la misma fecha que se realice el registro de nacimiento?

En principio, sí. Debe verificar los requisitos que debería cumplir y gestionar una cita para ese trámite a través del sistema MiConsulado, buscando hacer coincidir la fecha de ambos trámites. Lo prioritario es contar con la cita para el registro de nacimiento para proceder con la otra cita.

¿Qué otras alternativas tengo si quiero que el nombre de mi hijo/a aparezca como en su acta de nacimiento de España con los apellidos materno-paterno?

En este caso, es necesario hacer la inserción del acta de nacimiento extranjera en alguna de las oficinas del Registro Civil en México. Para ello, deberá presentar el acta de nacimiento apostillada, entre otros requisitos. Se sugiere contactar con la oficina que corresponda para mayor seguimiento y orientación.

¿Debe acudir el menor recién nacido al trámite?

Sí. Como se ha señalado, el día de la cita deben acudir ambos padres y el menor de edad, junto con el original y las copias señaladas en el apartado de requisitos.

¿Cuál es el acta de nacimiento literal española que se refiere en los requisitos?

Se trata de la copia literal de la inscripción del nacimiento en España que contiene todos los datos relativos a la identidad y al hecho del nacimiento. Para mayor detalle, se sugiere consultar el siguiente enlace del Ministerio de Justicia en España: https://bit.ly/3ij0UEt

¿La documentación que debo presentar tiene que estar apostillada?

Como se ha mencionado, los documentos emitidos por autoridades mexicanas o españolas no es necesario que tengan la apostilla para este trámite.

No cuento con personas que puedan acudir como testigos, ¿qué alternativa tengo?

Como se ha mencionado, personal del Consulado puede participar como testigo del registro de nacimiento. Para ello, le solicitamos indicarlo en el momento que haga llegar copia de la documentación por correo electrónico.