Descripción de este trámite

Visa con vigencia de 10 años que se otorga a personas extranjeras que por su nacionalidad requieren este documento para realizar un viaje e internarse a México.

¿A quién está dirigido?

Personas extranjeras que por su nacionalidad requieren visa para internarse a México y que se encuentran en las siguientes categorías:

  • Personas extranjeras con amplia solvencia económica.
  • Viajeros frecuentes.
  • Personas prominentes.
  • Cónyuge de mexicano o de residente temporal o residente permanente.
  • Familiar de residente temporal o residente permanente.
  • Familiar de funcionario diplomático o consular acreditado en México.
  • Personas supervisoras de una empresa extranjera con filial en territorio nacional.
  • Personal ejecutivo de filiales u oficinas comerciales de empresas mexicanas.

La visa permite múltiples entradas durante su vigencia, pero solo para una estancia de hasta por 180 días sin permiso para realizar actividades remuneradas.

No se puede residir en México con este tipo de visa.

Requisitos

  1. Original y copia simple del pasaporte vigente.
  2. Presentar el formato de solicitud de visa debidamente llenado. El formato se puede descargar dando click en este enlace.
  3. Una fotografía reciente (no mayor a 30 días) a color tamaño pasaporte, con fondo blanco y de frente, rostro visible y sin anteojos (las medidas de la foto deberán ser como mínimo de 32.0 milímetros x 26 milímetros y como máximo de 39.0 milímetros x 31.0 milímetros).  
  4. En caso de ser una persona de nacionalidad diferente a España, deberá presentar el original y una copia simple del documento que acredite su estancia legal en este país (visa y/o tarjeta de residente). Las personas de nacionalidad española no deben presentar ningún documento relacionado con este punto.

Presentar la documentación que permita acreditar la situación que le corresponda:

  1. Solvencia económica

Solamente se debe cumplir con uno de los apartados señalados a continuación:

  1. a)Original y copia de los documentos que demuestren que durante los últimos 6 meses cuenta con empleo o pensión con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de 300 días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México* (3,043.12 euros mensuales, aproximadamente).

La documentación que se debe presentar para acreditar la solvencia económica de este apartado es la siguiente (se debe presentar toda la señalada): 

  • Informe de vida laboral con referencias electrónicas.
  • Recibos de nóminas o de pensión de los últimos 3 meses anteriores a la fecha en que presenta su solicitud.
  • Estados de cuenta bancaria mensuales (con sello original de la institución bancaria) en donde se refleje el ingreso de las nóminas o pensión de los últimos 3 meses anteriores a la fecha en que presenta su solicitud.
  1. b)Original y copia de comprobante de los últimos 12 meses de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual mínimo equivalente a 500 días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México* (aproximadamente 5,071.88 euros mensuales).

La documentación que se debe presentar para acreditar la solvencia económica de este apartado es la siguiente (se debe presentar toda la señalada): 

  • Informe de vida laboral con referencias electrónicas.
  • Estados de cuenta bancaria mensuales (con sello original de la institución bancaria) en donde se refleje el ingreso de las nóminas o pensión de los últimos 3 meses anteriores a la fecha en que presenta su solicitud.
  1. Viajero frecuente
  2. Original y copia de pasaporte vigente y de las páginas correspondientes del mismo en el que se tengan tres visas vigentes o sellos de control migratorio, siempre que se trate de países no limítrofes a su país de origen.

Se entiende por viajero frecuente a la persona extranjera que en un plazo de un año haya efectuado por lo menos tres viajes internacionales que pueda acreditar a través de la presentación de pasaporte con los respectivos sellos de entrada o las visas, siempre y cuando no se trate de países limítrofes como ya se ha señalado.

  1. Persona prominente

 

  1. Escrito del interesado acompañado de documentación soporte en la que se señalen las actividades o especialidades con reconocimiento internacional, o bien, que se trata de una persona de reconocido prestigio nacional o internacional u otra persona prominente, o sea científico, investigador, humanista, artista, deportista, periodista de prestigio nacional o internacional.

 

  1. Familiar de persona mexicana
  2. Original y copia de la siguiente documentación, dependiendo de su caso:
  • Si la persona solicitante es cónyuge, concubina o concubinario de mexicano residente en el exterior, original y copia del acta de matrimonio o constancia de concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente, de conformidad con la legislación aplicable en el país del que es originario el solicitante, y copia del comprobante de domicilio o residencia en el exterior; o
  • Si la persona solicitante es hijo de mexicano, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal, original y copia del acta de nacimiento del solicitante, y copia del comprobante de domicilio o residencia en el exterior; o
  • Si la persona solicitante tiene hijo mexicano, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal, acta de nacimiento del hijo mexicano, en original y copia, y copia del comprobante de domicilio o residencia en el exterior; o
  • Si la persona solicitante es hermano de mexicano, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal, acta de nacimiento de ambos, en original y copia, y copia del comprobante de domicilio o residencia en el exterior, y
  1. Original y copia del documento que acredite la nacionalidad mexicana del familiar de la persona solicitante.
  2. Familiar de persona extranjera Residente temporal o Residente permanente
  3. Original y copia de la siguiente documentación, dependiendo de su caso:
  • Si la persona solicitante es cónyuge, concubina o concubinario de la persona extranjera que se encuentre en territorio nacional en la condición de estancia de residente temporal o residente permanente, acta de matrimonio o constancia de concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente, de conformidad con la legislación aplicable en el país del que es originario el solicitante, en original y copia; o
  • Si la persona solicitante es hijo de la persona extranjera que se encuentre en territorio nacional en la condición de estancia de residente temporal o residente permanente, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal, acta de nacimiento del solicitante, en original y copia; o
  • Si el solicitante tiene hijo extranjero que se encuentre en territorio nacional en la condición de estancia de residente temporal o residente permanente, acta de nacimiento del hijo extranjero, en original y copia (apostillada o legalizada, según corresponda, y traducida en español, si estuviera en idioma diferente); o
  • Si la persona solicitante es hermano de extranjero que se encuentre en territorio nacional en la condición de estancia de residente temporal o residente permanente, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal, acta de nacimiento de ambos, en original y copia, y
  1. Copia de la tarjeta de residente temporal o de residente permanente vigente, de la persona extranjera que se encuentre en territorio nacional.
  2. Familiar de funcionario diplomático o consular acreditado en México con pasaporte ordinario.
  3. Original y copia de la siguiente documentación, dependiendo de su caso:
  • Si la persona solicitante es cónyuge, concubina o concubinario de funcionario diplomático o consular acreditado ante el gobierno de México y no pretende residir en territorio nacional, acta de matrimonio o constancia de concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable en el país del que es originario el solicitante, en original y copia; o
  • Si la persona solicitante es hijo del funcionario diplomático o consular acreditado ante el gobierno de México y no pretende residir en territorio nacional, acta de nacimiento del solicitante, en original y copia; o
  • Si la persona solicitante es hijo de funcionario diplomático o consular acreditado ante el gobierno de México y no pretende residir en territorio nacional, acta de nacimiento del hijo extranjero, en original y copia; o
  • Si la persona solicitante es hermano de funcionario diplomático o consular acreditado ante el gobierno de México y no pretende residir en territorio nacional, acta de nacimiento de ambos, en original y copia, y
  1. Copia del carné de acreditación del funcionario diplomático o consular ante el gobierno de México.
  2. Supervisor de empresa extranjera con filial en territorio nacional o personal ejecutivo de oficinas comerciales o empresas mexicanas en el exterior.
  3. Original y copia del acta constitutiva o del documento que acredite la constitución legal de la empresa o filial; y original de la carta de la empresa o filial en la que indique expresamente que es un supervisor de ella y que el pago de los servicios que prestará en el país correrá por cuenta de la misma, o
  4. Original y copia del acta constitutiva o del documento que acredite la constitución legal de la filial de empresa mexicana o del documento que acredite la representación comercial; y original de la carta de la empresa u oficina comercial en la que se indique expresamente que es ejecutivo de la misma, o que tiene nombramiento como representante comercial.  

Procedimiento para presentar la solicitud

  1. Asegúrese de contar con la documentación señalada en los requisitos.
  2. Solicite una cita para presentar su solicitud.
  • Este trámite es atendido exclusivamente obteniendo una cita a través del sistema electrónico MiConsulado.
  • Usted puede acceder al sistema de citas MiConsulado dando click en este enlace. Debe seleccionar la opción "VISAS".
  • Usted puede consultar la guía de usuario que se ha elaborado para apoyarle en la obtención de una cita en el sistema de citas, dando click en este enlace.

Crear enlace en página que lleve al formato de solicitud que se envía en adjunto.

  1. Acuda de manera personal el día y hora de la cita asignada para entregar la documentación señalada en los requisitos y realizar la entrevista consular. Deberá realizar en esa fecha el pago del trámite.
  2. En caso de ser aprobado el trámite, se le darán las indicaciones para la entrega de su pasaporte y la visa.

¿Dónde se puede realizar el trámite?

Los trámites de visa mexicana en España únicamente se realizan en la Sección Consular de la Embajada de México en España o en el Consulado de México en Barcelona.

Verifique la circunscripción consular que corresponda a su domicilio para presentar correctamente su solicitud:

La Sección Consular de la Embajada de México cubre las siguientes Comunidades Autónomas:

Andalucía, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, La Rioja, Madrid, Murcia, Navarra, el País Vasco y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

También atiende a personas residentes en el Principado de Andorra.

El Consulado de México en Barcelona cubre las siguientes Comunidades Autónomas:

Aragón, Cataluña, Islas Baleares y Valencia.

Tiempo de respuesta y conclusión

De conformidad con la normatividad vigente en materia de expedición de visas, el tiempo establecido es de hasta 10 días hábiles como plazo máximo de resolución, siempre y cuando se haya presentado la documentación de manera completa y satisfactoria.

Hay cuatro posibilidades para la finalización del trámite y entrega de visa:

  1. La documentación presentada el día de la cita es completa, la entrevista consular es satisfactoria y no requiere mayor verificación de la autoridad migratoria en México: la visa se entrega el mismo día.
  2. La documentación presentada el día de la cita es completa, la entrevista consular es satisfactoria y según lo establecido en el procedimiento, requiere mayor verificación de la autoridad migratoria en México: la visa se entregará dependiendo del plazo establecido en el tipo particular de visa.
  3. Durante la entrevista consular se encuentra que hay falta de documentación o que se requieren mayores elementos para evaluar la solicitud. Al finalizar la entrevista se le darán indicaciones para presentar mayor documentación o información, teniendo en cuenta que el plazo máximo que la autoridad tiene para resolución de su caso (hasta 10 días hábiles).
  4. Durante la entrevista consular se detecta una coincidencia en las listas de control migratorio, o que la persona está sujeta a una visita de verificación migratoria de su empleador en México: la visa se entregará dependiendo del plazo establecido en el tipo particular de visa.

Tenga en cuenta esta información para hacer los arreglos logísticos y personales necesarios para su solicitud de visa.

El trámite concluye con la entrega de la visa que es estampada en su pasaporte.

Aspectos importantes a considerar

Hay aspectos particulares que debe tener en cuenta sobre este trámite. Revise la siguiente información de manera detallada:

  • Las personas extranjeras están obligadas a proporcionar la información y los datos personales que les sean solicitados por la autoridad competente en el ámbito de sus atribuciones. 
  • La visa expedida podrá ser utilizada exclusivamente durante el periodo de vigencia, que inicia con la fecha de su expedición y por el número de entradas indicadas. 
  • Dentro de los siguientes 30 días naturales contados a partir de su ingreso al territorio nacional, la persona extranjera deberá obtener ante el Instituto la tarjeta de residente temporal.
  • En el caso de negativa de la visa, no procederá el reembolso del pago realizado. Se sugiere que antes de presentar su solicitud, revise que su documentación esté completa.

Contacto con el Consulado

Todos los comentarios y consultas sobre tramites y servicios consulares se realizan exclusivamente a través del siguiente correo electrónico:

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