Descripción de este trámite

Visa que se otorga a personas extranjeras que por su nacionalidad requieren este documento para realizar un viaje e internarse a México.

¿A quién está dirigido?

Personas extranjeras que por su nacionalidad requieren visa para internarse a México.

La visa permite una estancia hasta por 180 días sin permiso para realizar actividades remuneradas, dentro de las que se encuentran:

  • Turismo
  • Tránsito
  • Negocios (como la asistencia a juntas, visitas de supervisión, capacitación o asesorías en México)
  • Ejercicio de los ministros de culto,
  • Trabajos técnicos en empresas,
  • Actividades filantrópicas, deportivas, artísticas y transporte de mercancías (sin recibir pago en México);
  • Recibir tratamientos médicos,
  • Asistir a ferias y/o conferencias 
  • Realización de estudios. 

Requisitos

  1. Original y copia simple del pasaporte vigente. Solamente la hoja de datos -donde se encuentra la foto e información de la persona- y la hoja subsecuente. Ver ejemplo dando clicken este enlace.
  2. Presentar el formato de solicitud de visa debidamente llenado. El formato se puede descargar dando click en este enlace. Crear enlace en página que lleve al formato de solicitud que se envía en adjunto.
  3. Una fotografía reciente (no mayor a 30 días) a color tamaño pasaporte, con fondo blanco y de frente, rostro visible y sin anteojos (las medidas de la foto deberán ser como mínimo de 32.0 milímetros x 26 milímetros y como máximo de 39.0 milímetros x 31.0 milímetros).  
  4. En caso de ser una persona de nacionalidad diferente a España, deberá presentar el original y una copia simple del documento que acredite su estancia legal en este país (visa y/o tarjeta de residente). Las personas de nacionalidad española no deben presentar ningún documento relacionado con este punto. 
  5. Acreditar contar con solvencia económica presentando la documentación de alguno de los apartados señalados a continuación (solamente se debe cumplir con uno de los puntos señalados a continuación -lo indicado en a)b); o c)-):
  6. a)Original y copia de comprobante de cuentas bancarias de los últimos 3 meses a la fecha en la que se presenta la solicitud con inversiones que tengan como saldo promedio mensual mínimo la cantidad equivalente a 300 días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México* (3,043.12 euros, aproximadamente).

La documentación que se debe presentar para acreditar la solvencia económica de este apartado es la siguiente (se debe presentar toda la señalada a continuación): 

  • Informe de vida laboral con referencias electrónicas, o declaración de la renta, si se trata de una persona que trabaja como autónomo.
  • Estados de cuenta bancaria mensuales (con sello original de la institución bancaria) en donde se refleje el saldo de los meses que correspondan. Deben ser estados de cuenta de cada mes, no/no informes globales/trimestrales.
  1. b)Original y copia de los documentos que acrediten lo siguiente:
  • Que durante los últimos 12 meses a la presentación de la solicitud ha tenido trabajo-actividad laboral, y
  • Que durante los últimos 3 meses a la presentación de la solicitud tiene ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de 100 días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México* (1,014 euros, aproximadamente).

La documentación que se debe presentar para acreditar la solvencia económica de este apartado es la siguiente (se debe presentar toda la señalada a continuación): 

  • Informe de vida laboral con referencias electrónicas, o declaración de la renta, si se trata de una persona que trabaja como autónomo.
  • Recibos de nóminas de los últimos 3 meses a la presentación de la solicitud.
  • Estados de cuenta bancaria mensuales (con sello original de la institución bancaria) en donde se refleje el ingreso de las nóminas o pensión de los meses que correspondan. Deben ser estados de cuenta de cada mes, no/no informes globales/trimestrales.
  1. c)En el caso de personas extranjeras que estudien de manera regular en instituciones de educación superior, deberán presentar:
  • Original y copia de constancia de estudios.
  • Original y copia de constancia de empleo estable, pensión o beca con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de 60 días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México*, durante los últimos 3 meses a la presentación de la solicitud (608.60 euros mensuales, aproximadamente).

La documentación que se debe presentar para acreditar la solvencia económica de este apartado es la siguiente (se debe presentar toda la señalada): 

  • Recibos de nóminas o de pensión de los últimos 3 meses a la fecha en que presenta su solicitud.
  • Estados de cuenta bancaria mensuales (con sello original de la institución bancaria) en donde se refleje el ingreso de las nóminas o pensión de los últimos 3 meses a la fecha en que presenta su solicitud. Deben ser estados de cuenta de cada mes, no/no informes globales/trimestrales.

Procedimiento para presentar la solicitud

  1. Asegúrese de contar con la documentación señalada en los requisitos.
  2. Solicite una cita para presentar su solicitud.

Este trámite es atendido exclusivamente obteniendo una cita a través del sistema electrónico MiConsulado.

Usted puede acceder al sistema de citas MiConsulado dando click en este enlace. Debe seleccionar la opción "VISAS"

Usted puede consultar la guía de usuario que se ha elaborado para apoyarle en la obtención de una cita en el sistema de citas, dando click en este enlace. Crear enlace en página que lleve al formato de solicitud que se envía en adjunto.

  1. Acuda de manera personalel día y hora de la cita asignada para entregar la documentación señalada en los requisitos y realizar la entrevista consular. Deberá realizar en esa fecha el pago del trámite.
  2. En caso de ser aprobado el trámite, se le darán las indicaciones para la entrega de su pasaporte y la visa.

¿Dónde se puede realizar el trámite?

Los trámites de visa mexicana en España únicamente se realizan en la Sección Consular de la Embajada de México en España o en el Consulado de México en Barcelona.

Verifique la circunscripción consular que corresponda a su domicilio para presentar correctamente su solicitud:

La Sección Consular de la Embajada de México cubre las siguientes Comunidades Autónomas:

Andalucía, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, La Rioja, Madrid, Murcia, Navarra, el País Vasco y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

También atiende a personas residentes en el Principado de Andorra.

El Consulado de México en Barcelona cubre las siguientes Comunidades Autónomas:

Aragón, Cataluña, Islas Baleares y Valencia.

Tiempo de respuesta y conclusión

De conformidad con la normatividad vigente en materia de expedición de visas, el tiempo establecido es de hasta 10 días hábiles como plazo máximo de resolución, siempre y cuando se haya presentado la documentación de manera completa y satisfactoria.

Hay tres posibilidades para la finalización del trámite y entrega de visa:

  1. La documentación presentada el día de la cita es completa, la entrevista consular es satisfactoria y no requiere mayor verificación de la autoridad migratoria en México: la visa se entrega el mismo día.
  2. Durante la entrevista consular se encuentra que hay falta de documentación o que se requieren mayores elementos para evaluar la solicitud. Al finalizar la entrevista se le darán indicaciones para presentar mayor documentación o información, teniendo en cuenta que el plazo máximo que la autoridad tiene para resolución de su caso (hasta 10 días hábiles).
  3. Durante la entrevista consular se detecta una coincidencia en las listas de control o revisión migratoria: la visa se entregará teniendo en cuenta que el plazo máximo que la autoridad tiene para resolución de su caso (hasta 10 días hábiles).

Tenga en cuenta esta información para hacer los arreglos logísticos y personales necesarios para su solicitud de visa.

El trámite concluye con la entrega de la visa que es estampada en su pasaporte.

Aspectos importantes a considerar

Hay aspectos particulares que debe tener en cuenta sobre este trámite. Revise la siguiente información de manera detallada:

La visa que se expide tiene una vigencia de 180 días y permite múltiples entradas.

El otorgamiento de la visa no garantiza el ingreso a México. La autorización de internación a territorio mexicano es una facultad exclusiva de la autoridad migratoria mexicana en el puerto de entrada respectivo. Revise los requisitos generales de ingreso dando click en este enlace.

En el caso de niñas, niños, adolescentes o personas que se encuentren sujetas a tutela jurídica en los términos de la legislación civil, el formato de solicitud de visa deberá ser firmado por ambos padres o por quien ejerza la patria potestad o tutela en presencia del funcionario o empleado consular. 

Si el padre o madre no se presentan físicamente a la oficina consular para obtener la visa para su menor hijo, deberá presentar la autorización notarial del otro progenitor en donde se haga constar su consentimiento para obtener visa mexicana.

En el caso de niñas, niños o adolescentes cuya patria potestad sólo corresponda a uno de los padres por sentencia judicial, deberá presentarse copia certificada del documento oficial que así lo determine. Cuando se trate de un documento otorgado en un tercer país, deberá ser legalizado o apostillado según sea el caso, con traducción cuando se trate de idioma distinto al español.

Cuando acudan solos o con un tercero mayor de edad, deben presentar documento otorgado ante fedatario público o por autoridad que tenga facultad para ello en el que conste la autorización de ambos padres o de quienes ejerzan sobre ellos la patria potestad o la tutela, para que le sea tramitada una visa mexicana y en su caso, expedírsela.

En el caso de cónyuge, concubina o concubinario o familiares en primer grado (padres e hijos), o persona sujeta a tutela jurídica, que se encuentren bajo la dependencia económica de la persona extranjera titular de una visa mexicana de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas o de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas, válida y vigente, podrá expedirse visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas, para lo cual sólo deberá acreditar el vínculo familiar y cumplir con lo previsto en las fracciones I y II del Artículo 102 del Reglamento de la Ley, sin que se requiera que acredite alguno de los supuestos de solvencia económica.

Asimismo, el solicitante de visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas que sea mayor de 65 años, que acredite fehacientemente a juicio de la autoridad migratoria tener como propósito visitar territorio nacional con fines turísticos deberá cumplir con lo previsto en las fracciones I y II del Artículo 102 del Reglamento de la Ley, sin que se requiera que acredite alguno de los supuestos de solvencia económica.

Cuando la persona extranjera que acredita la solvencia económica, del cónyuge, concubina o concubinario o figura equivalente, no requiera visa porque exista un acuerdo o decisión unilateral de supresión de visa, deberán acreditar el vínculo familiar y los requisitos previstos en las fracciones I, II, III del apartado de requisitos.

Se negarán los trámites de solicitud de visa de personas extranjeras que se ubiquen en los supuestos del Artículo 43 de la Ley de Migración. 

Los documentos que se presenten como parte de la solicitud no serán devueltos, independientemente de que la visa sea otorgada.

Toda documentación que sea diferente a la emitida por autoridades de España o México debe estar debidamente apostillada o legalizada, y en su caso, presentar traducción simple en español.

Los boletos de avión o paquetes de viaje no/no forman parte de los requisitos para el trámite de visa y no condicionan la aprobación o tiempos de expedición de la misma. 

Tenga en cuenta esta información para hacer los arreglos logísticos y personales necesarios para su solicitud de visa.

Contacto con el Consulado

Todos los comentarios y consultas sobre tramites y servicios consulares se realizan exclusivamente a través del siguiente correo electrónico:

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