Descripción de este trámite
Visa que permite una residencia permanente en México sin permiso para realizar actividades remuneradas.
¿A quién está dirigido?
Personas extranjeras que tengan un vínculo familiar con una persona de nacionalidad mexicana, o con una persona extranjera que sea residente permanente en México (o con visa mexicana de esa condición migratoria).
Es importante tener en cuenta que, al momento de presentar la solicitud de visa en la oficina consular, la persona solicitante debe estar acompañada del familiar mexicano o residente temporal / permanente.
Requisitos
- Original y copia simple del pasaporte vigente.
- Presentar el formato de solicitud de visa debidamente llenado. El formato se puede descargar dando click en este enlace.
- Una fotografía a color tamaño pasaporte, con fondo blanco y de frente, rostro visible y sin anteojos (las medidas de la foto deberán ser como mínimo de 32.0 milímetros x 26 milímetros y como máximo de 39.0 milímetros x 31.0 milímetros).
- En caso de ser una persona de nacionalidad diferente a España, deberá presentar el original y una copia simple del documento que acredite su estancia legal en este país (visa y/o tarjeta de residente). Las personas de nacionalidad española no deben presentar ningún documento relacionado con este punto.
- Presentar la documentación que permita acreditar la situación que le corresponda:
Vínculo con la persona extranjera titular de una visa de residencia temporal o de residente temporal estudiante:
a) Si la persona solicitante es cónyuge, concubina o concubinario o figura equivalente de persona extranjera titular de una visa de residencia temporal o de residente temporal estudiante, acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico en original o copia certificada; o
Si la persona solicitante tiene hijo o hija extranjero titular de una visa de residencia temporal o de residente temporal estudiante, acta de nacimiento del hijo o hija, en original o copia certificada; o
Si la persona solicitante tiene padre o madre extranjero titular de una visa de residencia temporal o de residente temporal estudiante, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal, acta de nacimiento del solicitante, en original o copia certificada; o
Si la persona solicitante es hijo o hija del cónyuge, concubina o concubinario de persona extranjera titular de una visa de residencia temporal o de residente temporal estudiante, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal:
− Acta de nacimiento de la persona solicitante, en original o copia certificada, y
− Acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico, en original o copia certificada;
b) Visa de residencia temporal o de residente temporal estudiante, válida y vigente en original, y
c) Acreditar solvencia económica para la manutención de cada uno de sus familiares durante su estancia en el país, con:
− Original o documento electrónico con certificado digital de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a 220 días en UMA, aproximadamente 1.294 euros (según el tipo de cambio del día en que se realiza la solicitud), durante los últimos doce meses; o
− Original de los documentos que demuestren que cuenta con empleo o pensión con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de 220 doscientos días en UMA, aproximadamente 1.294 euros (según el tipo de cambio del día en que se realiza la solicitud), durante los últimos seis meses.
Matrimonio, concubinato o figura equivalente con persona extranjera titular de visa de residente permanente:
a) Acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico en original o copia certificada;
b) Visa de residente permanente, válida y vigente en original, y
c) Acreditar solvencia económica para la manutención de su cónyuge, concubina, concubinario o figura equivalente durante su estancia en el país, con:
− Original o documento electrónico con certificado digital de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a 220 días en UMA, aproximadamente 1.294 euros (según el tipo de cambio del día en que se realiza la solicitud), durante los últimos doce meses; o
− Original de los documentos que demuestren que cuenta con empleo o pensión con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de 220 doscientos días en UMA, aproximadamente 1.294 euros (según el tipo de cambio del día en que se realiza la solicitud), durante los últimos seis meses.
Vínculo con persona extranjera que cuente con la condición de estancia de residente temporal o de residente temporal estudiante:
a) Si la persona solicitante es cónyuge, concubina, concubinario o figura equivalente de persona extranjera con la condición de estancia de residente temporal o residente temporal estudiante, acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico en original o copia certificada; o
Si la persona solicitante tiene hijo o hija extranjero con la condición de estancia de residente temporal o de residente temporal estudiante, acta de nacimiento del hijo o hija, en original o copia certificada; o
Si la persona solicitante tiene padre o madre extranjero con la condición de estancia de residente temporal o residente temporal estudiante, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal, acta de nacimiento del solicitante, en original o copia certificada; o
Si la persona solicitante es hijo o hija del cónyuge, concubina, concubinario o figura equivalente de una persona extranjera con la condición de estancia de residente temporal o residente temporal estudiante, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal:
− Acta de nacimiento de la persona solicitante, en original o copia certificada, y
− Acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico, en original o copia certificada.
b) Tarjeta de residente temporal o de residente temporal estudiante, válida y vigente en original o copia certificada, y
c) En el caso de que la persona solicitante tenga vínculo con extranjero que cuente con la condición de estancia de residente temporal estudiante.
− Carta o constancia emitida por la institución educativa en la que conste que el extranjero con la condición de estancia de residente temporal estudiante continúa con sus estudios.
Matrimonio, concubinato o figura equivalente con persona extranjera que cuente con la condición de estancia de residente permanente:
a) Acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico, en original o copia certificada, y
b) Tarjeta de residente permanente, válida y vigente, en original.
Matrimonio, concubinato o figura equivalente con persona de nacionalidad mexicana:
a) Acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico, en original o copia certificada; y
b) Documento probatorio de la nacionalidad mexicana, de conformidad con el artículo 3 de la Ley de Nacionalidad, en original o copia certificada.
La documentación que se debe presentar para acreditar la solvencia económica de este apartado es la siguiente (se debe presentar toda la señalada):
- Informe de vida laboral con referencias electrónicas.
- Estados de cuenta bancaria mensuales (con sello original de la institución bancaria) en donde se refleje el ingreso o saldos de los últimos 12 meses anteriores a la fecha en que presenta su solicitud.
- Original y copia de los documentos que demuestren que durante los últimos 6 meses cuenta con empleo o pensión con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores a lo indicado en el párrafo anterior.
La documentación que se debe presentar para acreditar la solvencia económica de este apartado es la siguiente (se debe presentar toda la señalada):
- Informe de vida laboral con referencias electrónicas.
- Recibos de nóminas o de pensión de los últimos 6 meses anteriores a la fecha en que presenta su solicitud.
- Estados de cuenta bancaria mensuales (con sello original de la institución bancaria) en donde se refleje el ingreso de las nóminas o pensión de los últimos 6 meses anteriores a la fecha en que presenta su solicitud.
Procedimiento para presentar la solicitud
- Asegúrese de contar con la documentación señalada en los requisitos.
- Solicite una cita para presentar su solicitud.
Este trámite es atendido exclusivamente obteniendo una cita a través del sistema electrónico MiConsulado.
Usted puede acceder al sistema de citas MiConsulado dando click en este enlace. Debe seleccionar la opción "VISAS".
Usted puede consultar la guía de usuario que se ha elaborado para apoyarle en la obtención de una cita en el sistema de citas, dando click en este enlace.
- Acuda de manera personal el día y hora de la cita asignada para entregar la documentación señalada en los requisitos y realizar la entrevista consular. Deberá realizar en esa fecha el pago del trámite.
- En caso de ser aprobado el trámite, se le darán las indicaciones para la entrega de su pasaporte y la visa.
¿Dónde se puede realizar el trámite?
Los trámites de visa mexicana en España únicamente se realizan en la Sección Consular de la Embajada de México en España y en el Consulado de México en Barcelona.
Verifique la circunscripción consular que corresponda a su domicilio para presentar correctamente su solicitud:
La Sección Consular de la Embajada de México cubre las siguientes Comunidades Autónomas:
Andalucía, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, La Rioja, Madrid, Murcia, Navarra, el País Vasco y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
También atiende a personas residentes en el Principado de Andorra.
El Consulado de México en Barcelona cubre las siguientes Comunidades Autónomas:
Aragón, Cataluña, Islas Baleares y Valencia.
Tiempo de respuesta y conclusión
De conformidad con la normatividad vigente en materia de expedición de visas, el tiempo establecido es de hasta 10 días hábiles como plazo máximo de resolución, siempre y cuando se haya presentado la documentación de manera completa y satisfactoria.
Hay cuatro posibilidades para la finalización del trámite y entrega de visa:
- La documentación presentada el día de la cita es completa, la entrevista consular es satisfactoria y no requiere mayor verificación de la autoridad migratoria en México: la visa se entrega el mismo día.
- La documentación presentada el día de la cita es completa, la entrevista consular es satisfactoria y según lo establecido en el procedimiento, requiere mayor verificación de la autoridad migratoria en México: la visa se entregará dependiendo del plazo establecido en el tipo particular de visa.
- Durante la entrevista consular se encuentra que hay falta de documentación o que se requieren mayores elementos para evaluar la solicitud. Al finalizar la entrevista se le darán indicaciones para presentar mayor documentación o información, teniendo en cuenta que el plazo máximo que la autoridad tiene para resolución de su caso (hasta 10 días hábiles).
- Durante la entrevista consular se detecta una coincidencia en las listas de control migratorio, o que la persona está sujeta a una visita de verificación migratoria de su empleador en México: la visa se entregará dependiendo del plazo establecido en el tipo particular de visa.
Tenga en cuenta esta información para hacer los arreglos logísticos y personales necesarios para su solicitud de visa.
El trámite concluye con la entrega de la visa que es estampada en su pasaporte.
Aspectos importantes a considerar
Hay aspectos particulares que debe tener en cuenta sobre este trámite. Revise la siguiente información de manera detallada:
- La visa que se expide tiene una vigencia máxima de 180 días para ser utilizada (contados a partir de la fecha de su emisión) para su ingreso a México.
- Una vez en México, usted debe tramitar la tarjeta de residente temporal ante el Instituto Nacional de Migración dentro de los 30 días a su entrada al territorio mexicano. Al respecto, le sugerimos consultar este enlace.
- En el caso de negativa de la visa, no procederá el reembolso del pago realizado. Se sugiere que antes de presentar su solicitud, revise que su documentación esté completa.
Toda documentación que sea diferente a la emitida por autoridades de España o México debe estar debidamente apostillada o legalizada, y en su caso, presentar traducción simple en español.
Los boletos de avión o paquetes de viaje no/no forman parte de los requisitos para el trámite de visa y no condicionan la aprobación o tiempos de expedición de la misma.
Tenga en cuenta esta información para hacer los arreglos logísticos y personales necesarios para su solicitud de visa.
Contacto con el Consulado
Todos los comentarios y consultas sobre tramites y servicios consulares se realizan exclusivamente a través del siguiente correo electrónico:
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