Descripción de este trámite

Visa que se otorga a una persona española o extranjera que pretende internarse a México por un plazo superior a 180 días y no mayor a 4 años para realizar actividades por las cuales no reciba una remuneración en México.

¿A quién está dirigido?

Personas españolas o extranjeras que serán trasladadas a una empresa mexicana y que su nómina seguirá siendo pagada desde una empresa en España.

Personas españolas o extranjeras que buscan realizar alguna actividad en México y que durante su estancia no recibirán remuneración económica en el país.

Requisitos

  1. Original y copia simple del pasaporte vigente.
  2. Presentar el formato de solicitud de visa debidamente llenado. El formato se puede descargar dando click en este enlace. 
  3. Una fotografía reciente (no mayor a 30 días)a color tamaño pasaporte, con fondo blanco y de frente, rostro visible y sin anteojos (las medidas de la foto deberán ser como mínimo de 32.0 milímetros x 26 milímetros y como máximo de 39.0 milímetros x 31.0 milímetros).  
  4. En caso de ser una persona de nacionalidad diferente a España, deberá presentar el original y una copia simple del documento que acredite su estancia legal en este país (visa y/o tarjeta de residente). Las personas de nacionalidad española no deben presentar ningún documento relacionado con este punto.
  5. Acreditar contar con solvencia económica presentando la documentación de alguno de los apartados señalados a continuación (solamente se debe cumplir con uno de los 2 puntos señalados a continuación):
  6. a) Original y copia de comprobante de los últimos 12 meses de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual mínimo equivalente a cinco mil días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México* (aproximadamente 50,718.82 euros).

La documentación que se debe presentar para acreditar la solvencia económica de este apartado es la siguiente (se debe presentar toda la señalada): 

  • Informe de vida laboral con referencias electrónicas.
  • Estados de cuenta bancaria mensuales (con sello original de la institución bancaria) en donde se refleje el ingreso de las inversiones de los meses que correspondan. Deben ser estados de cuenta de cada mes, no/no informes globales/semestrales o anuales.
  1. b) Original y copia de los documentos que demuestren que durante los últimos 6 meses cuenta con empleo o pensión con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de trescientos días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México* (3,043.12 euros, aproximadamente).

La documentación que se debe presentar para acreditar la solvencia económica de este apartado es la siguiente (se debe presentar toda la señalada): 

  • Informe de vida laboral con referencias electrónicas.
  • Recibos de nóminas o de pensión, según corresponda.
  • Estados de cuenta bancaria mensuales (con sello original de la institución bancaria) en donde se refleje el ingreso de las nóminas o pensión de los meses que correspondan. Deben ser estados de cuenta de cada mes, no/no informes globales/semestrales.

* Para conocer el tipo de cambio específico que se debe aplicar, usted puede consultar una tabla orientativa de equivalencias dando click  en este enlace.

Procedimiento para presentar la solicitud

  1. Asegúrese de contar con la documentación señalada en los requisitos.
  2. Solicite una cita para presentar su solicitud.

Este trámite es atendido exclusivamente obteniendo una cita a través del sistema electrónico MiConsulado.

Usted puede acceder al sistema de citas MiConsulado dando click en este enlace. Debe seleccionar la opción "VISAS"

Usted puede consultar la guía de usuario que se ha elaborado para apoyarle en la obtención de una cita en el sistema de citas, dando click en este enlace

  1. Acuda de manera personalel día y hora de la cita asignada para entregar la documentación señalada en los requisitos y realizar la entrevista consular. Deberá realizar en esa fecha el pago del trámite.
  2. En caso de ser aprobado el trámite, se le darán las indicaciones para la entrega de su pasaporte y la visa.

¿Dónde se puede realizar el trámite?

Los trámites de visa mexicana en España únicamente se realizan en la Sección Consular de la Embajada de México en España y en el Consulado de México en Barcelona.

Verifique la circunscripción consular que corresponda a su domicilio para presentar correctamente su solicitud:

La Sección Consular de la Embajada de México cubre las siguientes Comunidades Autónomas:

Andalucía, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, La Rioja, Madrid, Murcia, Navarra, el País Vasco y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

También atiende a personas residentes en el Principado de Andorra.

El Consulado de México en Barcelona cubre las siguientes Comunidades Autónomas:

Aragón, Cataluña, Islas Baleares y Valencia.

Tiempo de respuesta y conclusión

De conformidad con la normatividad vigente en materia de expedición de visas, el tiempo establecido es de hasta 10 días hábiles como plazo máximo de resolución, siempre y cuando se haya presentado la documentación de manera completa y satisfactoria.

Hay cuatro posibilidades para la finalización del trámite y entrega de visa:

  1. La documentación presentada el día de la cita es completa, la entrevista consular es satisfactoria y no requiere mayor verificación de la autoridad migratoria en México: la visa se entrega el mismo día.
  2. La documentación presentada el día de la cita es completa, la entrevista consular es satisfactoria y según lo establecido en el procedimiento, requiere mayor verificación de la autoridad migratoria en México: la visa se entregará dependiendo del plazo establecido en el tipo particular de visa.
  3. Durante la entrevista consular se encuentra que hay falta de documentación o que se requieren mayores elementos para evaluar la solicitud. Al finalizar la entrevista se le darán indicaciones para presentar mayor documentación o información, teniendo en cuenta que el plazo máximo que la autoridad tiene para resolución de su caso (hasta 10 días hábiles).
  4. Durante la entrevista consular se detecta una coincidencia en las listas de control migratorio, o que la persona está sujeta a una visita de verificación migratoria de su empleador en México: la visa se entregará dependiendo del plazo establecido en el tipo particular de visa.

Tenga en cuenta esta información para hacer los arreglos logísticos y personales necesarios para su solicitud de visa.

El trámite concluye con la entrega de la visa que es estampada en su pasaporte.

Aspectos importantes a considerar

Hay aspectos particulares que debe tener en cuenta sobre este trámite. Revise la siguiente información de manera detallada:

  • La visa que se expide tiene una vigencia máxima de 180 días para ser utilizada (contados a partir de la fecha de su emisión) para su ingreso a México.
  • Una vez en México, usted debe tramitar la tarjeta de residente temporal ante el Instituto Nacional de Migración dentro de los 30 días a su entrada al territorio mexicano. Al respecto, le sugerimos consultar este enlace.
  • En el caso de negativa de la visa, no procederá el reembolso del pago realizado. Se sugiere que antes de presentar su solicitud, revise que su documentación esté completa.

Toda documentación que sea diferente a la emitida por autoridades de España o México debe estar debidamente apostillada o legalizada, y en su caso, presentar traducción simple en español.

Los boletos de avión o paquetes de viaje no/no forman parte de los requisitos para el trámite de visa y no condicionan la aprobación o tiempos de expedición de la misma. 

Tenga en cuenta esta información para hacer los arreglos logísticos y personales necesarios para su solicitud de visa.

Contacto con el Consulado

Todos los comentarios y consultas sobre tramites y servicios consulares se realizan exclusivamente a través del siguiente correo electrónico:

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