CERTIFICADO DE DATOS REGISTRALES FEDERALES
(CERTIFICADO DE NO ANTECEDENTES PENALES)
PARA EXTRANJEROS
INDISPENSABLE SOLICITAR CITA PREVIA
Las citas se otorgan exclusivamente por correo electrónico después de recibir los documentos solicitados
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93.201.18.22 ext 215
El Certificado de Datos Registrales (Certificado de no antecedentes penales a nivel federal) es expedido por la Procuraduría General de la República (PGR) en la Ciudad de México y en sus Delegaciones Estatales en toda la República Mexicana.
A fin de que el interesado no tenga que trasladarse personalmente o enviar su documentación original a México para realizar este trámite, el Consulado de México en Barcelona lleva a cabo los buenos oficios de registrar las huellas dactilares de la persona, cotejar las fotocopias de la documentación original requerida y expedir una solicitud a la PGR para la elaboración del Certificado en cuestión.
Durante la cita en el Consulado, se le entregará al interesado la documentación que deberá enviar a un conocido, familiar, gestor o cualquier otra persona en territorio nacional para que lleve a cabo, en su nombre y representación, la gestión ante la PGR, y posteriormente le envíe de regreso al interesado el Certificado debidamente apostillado.
El Certificado tramitado ante la PGR se refiere a delitos FEDERALES que abarca a todos los estados de la República Mexicana, siendo esto lo que requiere el Gobierno de España para continuar con las gestiones de nacionalidad y/o residencia legal. Si aunado a este Certificado requiere el que expiden las autoridades estatales, favor de comunicarlo previo a su cita.
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REQUISITOS: (INDISPENSABLE PRESENTARSE EN BARCELONA)
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PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR CITA:
Enviar por correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. los siguientes datos y documentos:
3 días hábiles después de recibir los documentos, se le asignará una cita.
Debido a la gran demanda de este trámite por parte de la comunidad mexicana, la cita se otorgará, aproximadamente, al cabo de 15 días de solicitarla
EL DÍA DE LA CITA:
IMPORTANTE: SI NO SE PRESENTA LA DOCUMENTACIÓN COMPLETA Y CORRECTA EL DÍA DE LA CITA, SE REAGENDARA LA MISMA PARA OTRA FECHA |
MENAJE DE CASA A EXTRANJEROS
INDISPENSABLE SOLICITAR CITA PREVIA
Las citas se otorgan después de haber verificado que los documentos enviados previamente por correo electrónico, son correctos.
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93 201 1822 ext. 212
Los extranjeros con residencia legal en México autorizada por la Secretaría de Gobernación tienen derecho a importar su menaje de casa en la modalidad de Franquicia (definitiva) ó Temporal, libre de impuestos al comercio exterior en un plazo de seis meses a partir de la fecha de expedición de su documento migratorio.
Para este efecto, el menaje de casa comprende el ajuar y mobiliario de una casa, que sirvan exclusiva y propiamente para el uso y trato ordinario de una familia, además de los siguientes efectos: ropa, libros, libreros, obras de arte ó científicas, que no constituyan colecciones completas para la instalación de exposiciones ó galerías de arte. El Reglamento de la Ley Aduanera establece que el menaje comprenderá mercancías usadas adquiridas seis meses antes de efectuar la importación.
Las personas que realicen actividades de periodismo para prensa, radio o televisión, que importen menaje de casa en los términos de la Ley Aduanera, además de las mercancías indicadas en el párrafo anterior, podrán incluir los bienes necesarios para desempeñar sus labores.
En el menaje de casa no se incluyen mercancías que los interesados hayan tenido en el extranjero para actividades comerciales o industriales, ni las que puedan ser reguladas bajo la Ley del Registro Federal de Vehículos, por lo tanto no es procedente importar libre de impuestos, vehículos automotores dentro del menaje de casa.
REQUISITOS:
1. Documentación:
1. Pasaporte vigente (las fotocopias son de la hoja de datos personales)
2. Visa mexicana y/o Tarjeta Migratoria vigente expedida por el Instituto Nacional de Migración.
3. Identificación DNI o similar.
4. Indicar si ha obtenido pedimento de importación de algún menaje anterior, en cuyo caso deberá proporcionar copia de ese pedimento.
5. Lista de artículos que conforman el menaje de casa firmada por el interesado en original (4 ejemplares).
Nota: Los aparatos eléctricos y electrónicos deberán ser descritos detalladamente proporcionando Marca, Modelo y Número de Serie.
- El encabezado de la lista puede indicarse de la forma siguiente:
Lista de los efectos usados del menaje de casa de____________ (nombre completo del interesado), quien estableció domicilio en los últimos seis meses el siguiente:_________(dirección completa, ciudad, país).
- Al término de la lista, el interesado debe firmar la siguiente declaración:
Yo, _____(nombre completo del interesado)_____, declaro, bajo protesta de decir verdad, que estableceré mi residencia en territorio nacional, en el siguiente domicilio ______ (dirección completa si ya la tiene o indicar la Ciudad y el Estado) y que no he tenido pedimento de importación de algún menaje anterior.
- Firma
2. Procedimiento:
- Enviar por correo electrónico en UN SOLO archivo a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. los documentos.
- Indicar su nombre completo y teléfonos de contacto en el correo electrónico.
- Se acusará de recibidos dichos documentos. De ser el caso, se solicitará documentación complementaria.
- Cuando se confirme que la documentación es la correcta, se le notificará para que solicite cita previa.
3. Día de la cita:
Presentar los documentos anteriores en original y 4 copias
Cubrir el pago de derechos consulares por la visa del menaje de casa.
OBSERVACIONES IMPORTANTES:
Los interesados que obtengan un Certificado a Lista de Menaje de Casa, expedido a través de la presentación de la Visa mexicana, deberán canjearla por su Tarjeta Migratoria respectiva que debe obtener dentro de 30 días posteriores a su llegada a México ante el Instituto Nacional de Migración. En caso de no presentar este documento migratorio ante la autoridad aduanera, el interesado no podrá efectuar la internación de su menaje de casa a territorio nacional, de conformidad con el artículo 140 del Reglamento de la Ley Aduanera.
CARTILLA MILITAR PRIMERA VEZ Las citas se otorgan exclusivamente por correo electrónico después de recibir los documentos solicitados. Las citas para cartilla NO se solicitan vía sistema MiConsulado Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. IMPORTANTE: Si usted está solicitando la expedición de su Cartilla Militar únicamente para poder gestionar sus “no antecedentes penales”, deberá de darle continuidad y presentar documentación que se le pida para su Cartilla Militar, de lo contrario se reportará a la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) y quedará sujeto a posibles sanciones conforme a lo estipulado en la Ley y Reglamento del Servicio Militar, así como al instructivo para el Servicio Militar Nacional en Vigor. Enviar por email en un solo archivo en formato PDF: Día de la cita: Recuerde que si no presenta la documentación completa será imposible realizar el trámite y se le asignara cita para otro día. El Consulado General se reserva el derecho a solicitar más documentación complementaria a efectos de tramitación. DUPLICADO DE CARTILLA MILITAR Las citas se otorgan exclusivamente por correo electrónico después de recibir los documentos solicitados. Las citas para cartilla NO se solicitan vía sistema Mexitel Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. IMPORTANTE: Si usted está solicitando la expedición de su Cartilla Militar únicamente para poder gestionar sus “no antecedentes penales”, deberá de darle continuidad y presentar documentación que se le pida para su Cartilla Militar, de lo contrario se reportará a la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) y quedará sujeto a posibles sanciones conforme a lo estipulado en la Ley y Reglamento del Servicio Militar, así como al instructivo para el Servicio Militar Nacional en Vigor. Enviar por email en un solo archivo en formato PDF: Día de la cita: Recuerde que si no presenta la documentación completa será imposible realizar el trámite y se le asignara cita para otro día. EXCEPTUACIÓN SIN CARTILLA MILITAR Las citas se otorgan exclusivamente por correo electrónico después de recibir los documentos solicitados. Las citas para cartilla NO se solicitan vía sistema Mexitel Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. IMPORTANTE: Si usted está solicitando la expedición de su Cartilla Militar únicamente para poder gestionar sus “no antecedentes penales”, deberá de darle continuidad y presentar documentación que se le pida para su Cartilla Militar, de lo contrario se reportará a la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) y quedará sujeto a posibles sanciones conforme a lo estipulado en la Ley y Reglamento del Servicio Militar, así como al instructivo para el Servicio Militar Nacional en Vigor. La exceptuación del cumplimiento del SMN a los mexicanos que hayan rebasado la edad límite para cumplir con las obligaciones militares, las cuales concluyen el año en que cumple 40 años de edad. Requisitos para los que nunca tramitaron la cartilla de identidad militar : Enviar por email en un solo archivo en formato PDF: Día de la cita: Recuerde que si no presenta la documentación completa será imposible realizar el trámite y se le asignara cita para otro día. El Consulado de México se reserva el derecho a solicitar más documentación complementaria a efectos de tramitación. Cartilla Militar Primera Vez

Duplicado por robo o extravío
Exceptuación sin cartilla
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Trámite por primera vez |
Requisitos: |
Procedimiento: |
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RESIDENTES EN BARCELONA |
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RESIDENTES EN OTRA COMUNIDAD SIN CONSULADO HONORARIO |
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RESIDENTES QUE PUEDAN ACUDIR A CONSULADO HONORARIO |
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Renovación con mismos datos |
Requisitos: |
Procedimiento: |
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RESIDENTES EN BARCELONA |
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RESIDENTES EN OTRA COMUNIDAD SIN CONSULADO HONORARIO |
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RESIDENTES QUE PUEDAN ACUDIR A CONSULADO HONORARIO |
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CERTIFICADO PARA ACREDITAR SUPERVIVENCIA DE PENSIONISTAS
INDISPENSABLE SOLICITAR CITA PREVIA
Las citas se otorgan exclusivamente por teléfono
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93.201.18.22 ext 208
La función notarial consular que prevé la ley es de carácter limitado, toda vez que el Titular de la oficina, actuando en calidad de Notario público, únicamente puede expedir los actos notariales que se enlistan a continuación, siempre y cuando éstos vayan a tener efectos jurídicos en México:
- Poderes notariales.
- Revocación de poderes, siempre que estos se hayan otorgado en México o ante otro Consulado Mexicano.
- Testamento público abierto.
- Repudio de derechos hereditarios.
- Convenio en ejercicio de la patria potestad de menores e incapaces.
Estos actos se levantan en escritura pública y los testimonios que de éstos se expiden, no requieren de legalización o protocolización posterior para que surtan efectos jurídicos en México.
Descripción del trámite
El poder notarial se entiende como el acto jurídico a través del cual una persona confiere a otra las facultades necesarias para que realice actos jurídicos en su representación.
Los poderes se clasifican en Generales y Especiales
El Poder General sirve para una serie indefinida de actos jurídicos y no se agota con su uso, por lo tanto, el apoderado puede realizar múltiples gestiones en representación del poderdante hasta en tanto no sea revocado el poder, o bien, fallezca una de las partes.
Los Poderes Generales pueden ser de tres tipos:
- a) Poder General para Pleitos y Cobranzas:sirve para que el apoderado represente al poderdante en toda clase de juicios y para efectuar pagos/cobros asociados a dichos pleitos.
- b) Poder General para Actos de Administración:se otorga para que el apoderado administre bienes e intereses del poderdante, por ejemplo: cuentas bancarias o negocios.
- c) Poder General para Actos de Dominio:sirve para comprar, vender, rentar, donar, hipotecar, etc. bienes inmuebles. El Código Civil establece que a quien se le otorgue un poder que incluya actos de dominio, tendrá todas las facultades para actuar como si fuera dueño, tanto en lo relativo a los bienes como para hacer toda clase de gestiones sobre la totalidad del patrimonio del poderdante.
Nota: Los poderes generales pueden comprender los tres tipos o cualquier combinación de ellos y pueden ser limitados en sus alcances en cuanto a las facultades conferidas.
Poderes Especiales: se utilizan para un sólo acto o actos concretos y se extinguen automáticamente con la conclusión del asunto o asuntos.
Si desea solicitar esta modalidad de poder, deberá proporcionar plantilla con la redacción exacta del contenido del poder.
¿A quién está dirigido?
Personas mexicanas, españolas o de otra nacionalidad que no pueden viajar a México y requieren ser representadas en el país para alguna gestión.
Requisitos
- Formato de solicitud debidamente llenado. El formulario se puede descargar dando clic en este enlace.
- Identificación oficial vigente. Las personas mexicanas, con independencia de que posean otra nacionalidad, deberán presentar pasaporte mexicano, credencial de elector o matrícula consular. Las personas españolas pueden presentar pasaporte o DNI. Si usted tiene otra nacionalidad, deberá presentar pasaporte.
- Acta de Matrimonio si el estado civil es casado(a). Este requisito es opcional. No se acepta Libro de Familia.
- Plantilla con el texto del poder. Si dispone de alguna indicación escrita de su abogado, es recomendable enviárnosla para su revisión. Este requisito es opcional.
- En el caso de personas morales, se deberá acreditar la existencia legal de la empresa y acreditar la personalidad jurídica del representante, por lo que adicionalmente se deberá presentar:
- Testimonio, no mayor a seis meses, del acta constitutiva de la sociedad (deben estar incluidos los estatutos de la sociedad).
- Testimonio, no mayor a seis meses, de la escritura de nombramiento del Representante legal/Administrador único.
- Acta de la Asamblea en la que se designa al compareciente y se le den facultades para el otorgamiento del poder, y
- Certificado del Registro Mercantil (para sociedades españolas) o Certificado de Good Standing (para sociedades estadounidenses).
En caso de que los documentos estén en idioma distinto al español, deberán presentarse debidamente traducidos.
Toda la documentación extranjera debe estar apostillada.
El Consulado se reserva el derecho de solicitar documentación complementaria en caso de ser necesario.
Procedimiento para presentar la solicitud
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Enviar toda la documentación especificada en los requisitos en formato PDF, para su revisión, al siguiente correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
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Una vez revisada su documentación, y en caso de ser correcta y completa, se le hará llegar un borrador para su verificación. Las solicitudes de persona física se procesan de 1 a 5 días hábiles después de que sea remitido el acuse de recibo de sus documentos. Las solicitudes de persona moral pueden demorar hasta 15 días hábiles en procesarse. Será necesario manifestar por escrito su conformidad con el borrador.
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Cuando se tenga la confirmación del borrador por parte del interesado, recibirá un correo electrónico con la fecha asignada para realizar y concluir el trámite. El día de la cita deberá presentar los requisitos en original (solicitud con firma autógrafa, identificación, acta de matrimonio, etc.). Para el caso de personas morales, la documentación en original se debe remitir al Consulado con anterioridad a la cita.
¿Dónde se puede realizar el trámite?
Este trámite únicamente se realiza de manera presencial en el Consulado de México en Barcelona y/o en la Sección Consular de la Embajada de México en España (Madrid).
Verifique la circunscripción consular que corresponda a su domicilio para presentar correctamente su solicitud:
La Sección Consular de la Embajada de México cubre las siguientes Comunidades Autónomas: Andalucía, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, La Rioja, Madrid, Murcia, Navarra, el País Vasco y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. También atiende a personas residentes en el Principado de Andorra.
El Consulado de México en Barcelona cubre las siguientes Comunidades Autónomas: Aragón, Cataluña, Islas Baleares y Valencia.
Aspectos importantes a considerar
Realice el procedimiento señalado para una óptima atención a su solicitud.
Cuando el poderdante no pueda o no sepa firmar, sea sordo, mudo o ciego o no hable español, deberá escribir al correo electrónico señalado, a fin de consultar el procedimiento en dichas circunstancias especiales.
Cuando una persona casada bajo el régimen de sociedad conyugal desee otorgar un poder general o especial que incluya actos de administración y/o dominio, se recomienda que su cónyuge comparezca al otorgamiento del poder. En cualquier caso, es aconsejable acreditar el estado civil mediante la presentación de original y copia del acta de matrimonio.
Si una persona comparece en nombre y representación de otra, debe acreditar su legítima representación o personalidad jurídica.
Todos los comentarios y consultas se realizan exclusivamente a través del correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
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