- Del 1 de noviembre de 2013 al 8 de enero de 2014 se amplía la franquicia de 75 a 500 dólares para los pasajeros de nacionalidad mexicana que arriben al país por vía terrestre, igualándose a la que tienen derecho quienes arriban por vía marítima o aérea.
- Las franquicias de los integrantes de una misma familia pueden acumularse si arriban a territorio nacional simultáneamente y en el mismo medio de transporte, siempre y cuando no sean residentes de la franja o región fronteriza.
- Ahora, quienes viajan a México pueden llenar la Declaración de Aduana por internet antes de llegar al país; los pasajeros pueden ingresar a aduanas.gob.mx, llenar el formato, imprimirlo y entregarlo al momento de cruzar la aduana a México, con lo que se evitarán molestias durante su arribo.
- Si se rebasa la franquicia (pero no por más de 3,000 dólares o su equivalente en moneda nacional) debe pagarse el impuesto correspondiente de 16% del valor de las mercancías, utilizando el formato “Pago de contribuciones al comercio exterior” o la aplicación electrónica del mismo nombre disponible en aduanas.gob.mx. Este impuesto puede pagarse en la aduana con tarjeta de crédito, de débito o en efectivo.
- No declarar el traslado de más de 10,000 dólares estadounidenses o su equivalente en otras monedas, en efectivo o documentos por cobrar, constituye una infracción en términos de las disposiciones aduaneras.
- Las personas que vayan a ingresar su vehículo al país, pueden solicitar el permiso temporal de su vehículo con anticipación por internet en banjercito.com.mx, en los Consulados de México en Estados Unidos o en los módulos dispuestos en las aduanas de entrada a México y posteriormente, cancelarlo al regresar al extranjero.
- Para mayor información llamar a INFOSAT (01 800 46 36 728 en México, y 1 877 44 88 728 desde Estados Unidos y Canadá).
- Ante cualquier irregularidad en la atención, puede presentarse una queja o denuncia al Servicio de Administración Tributaria por internet en sat.gob.mx, o en DELITOS: 01 800 33 54 867.
Mercancía que se puede ingresar a México como parte del equipaje, entre otra:
- Bienes de uso personal, tales como ropa, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean acordes a la duración del viaje, incluido un ajuar de novia. Los artículos para el traslado, aseo y entretenimiento de los bebés, tales como silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, incluidos sus accesorios.
- Dos cámaras fotográficas o de videograbación; material fotográfico; tres equipos portátiles de telefonía celular o de las otras redes inalámbricas; un equipo de posicionamiento global (gps); un equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles; un quemador y un proyector portátil, con sus accesorios.
- Dos equipos deportivos personales, cuatro cañas de pesca, tres deslizadores con o sin vela y sus accesorios, trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados común y normalmente por el pasajero. Una caminadora fija y una bicicleta fija.
- Cinco discos láser, 10 discos dvd, 30 discos compactos, tres paquetes de software y cinco dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico.
- Cinco juguetes, incluidos los de colección, y una consola de videojuegos, así como cinco videojuegos.
- Un aparato para medir presión arterial y uno para medir glucosa o mixto y sus reactivos, así como medicamentos de uso personal (para las sustancias psicotrópicas debe mostrarse la receta médica correspondiente).
- Los pasajeros mayores de 18 años, un máximo de 10 cajetillas de cigarros, hasta tres litros de bebidas alcohólicas y seis litros de vino, y 25 puros o 200 gramos de tabaco.
- Un binocular y un telescopio.
- Dos instrumentos musicales y sus accesorios.
- Una tienda de campaña y demás artículos para campamento.
- Para los adultos mayores y las personas con discapacidad, los artículos que por sus características suplan o disminuyan sus limitaciones, tales como andaderas, sillas de ruedas, muletas, bastones, entre otros.
- Un juego de herramienta de mano con su estuche, que puede comprender un taladro, pinzas, llaves, dados, desarmadores, cables de corriente, entre otros.
La lista completa de los bienes que integran el equipaje personal se puede consultar en www.aduanas.gob.mx. |