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Registro CivilRegistro de Nacimiento de Hijos de Padres Mexicanos nacidos en el extranjero. (Doble Nacionalidad)

El Consulado de México en Boise ejerce funciones de registro civil concerniente al nacimiento, matrimonio y defunción de los mexicanos. Una vez realizado el registro del acto civil mediante un acta, el consulado puede expedir copias certificadas de las mismas que tendrán validez en México, sin necesidad de legalización o trámite posterior.

 Agendar una cita en MiConsulados al teléfono 1-424-309 0009 o en internet click aquí

 

 Seguir los siguientes pasos:

  • Presentarse en el Consulado de México en Boise de lunes a viernes en el horario establecido en su cita por MiConsulado (solo se atenderá con cita). Deberá estar presente el menor a registrar, ambos padres y testigos (opcional).
  • El registro de nacimiento se puede realizar con uno de los padres siempre y cuando se presente el original del Acta de matrimonio por lo Civil y el nacimiento se haya realizado después de los 180 días contados desde la celebración del matrimonio.

 Requisitos:

  • ACTA DE NACIMIENTO ORIGINAL (BIRTH CERTIFICATE) DE LA PERSONA A REGISTRAR. El acta debe contener la ciudad, el condado y la hora en la que nació el registrado.
  • IDENTIFICACIÓN OFICIAL DE LA PERSONA A REGISTRAR. ID del Estado, Licencia de manejo, Pasaporte Americano, transcript o tira de materias o carta del pediatra.
  • ACTAS DE NACIMIENTO DE AMBOS PADRES. Si uno de los padres falleció presentar el acta de defunción.
  • IDENTIFICACIÓN OFICIAL CON FOTOGRAFÍA VIGENTE DE AMBOS PADRES. Cualquiera de las siguientes: Pasaporte, Matricula Consular, Credencial de Elector, Carta de Naturalización Mexicana, Declaración o Certificado de Nacionalidad Mexicana, Licencia de la Circunscripción o USA siempre y cuando coincidan con los datos de las actas.
  • ACTA DE MATRIMONIO. Obligatoria si están casados por lo Civil. SI NO ESTÁN CASADOS: tendrá que presentarse el padre a este Consulado o Presentar un Poder Especial otorgado ante un Notario Público mexicano o ante una Representación Consular de México en el que conste la autorización del padre para otorgar su apellido al registrado.
  • SE NECESITAN DOS TESTIGOS. Mayores de edad con identificación oficial con fotografía (opcional).

 Derechos Consulares:
El trámite de registro de nacimiento y la primera copia certificada son gratuitas, si usted desea copias certificadas adicionales tienen un costo de $19.00 dólares (pago solo en efectivo).

Las copias certificadas las puede solicitar a través de:
• El consulado de México más cercano a su domicilio presentando el comprobante del registro mexicano.
• La Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores más cercana a su domicilio.
• En el Distrito Federal: Archivo Central del Registro Civil del DF.
• En las embajadas de México en el Exterior en la Sección Consular.

Arcos de Belén y Dr. Andrade
Col. Doctores, 06700
México, DF.
Teléfonos 55789-7140 y 5578-7143
 

Una vez que los niños hayan sido registrados como mexicanos y obtengan sus copias certificadas del Acta de nacimiento, es muy importante que los niños viajen a México con sus documentos mexicanos como su Pasaporte y a la hora de regresar a los Estados Unidos, puedes entrar con su pasaporte estadounidense.

Preguntas frecuentes:


¿Qué pasa si no se registra a los niños como mexicanos? En caso de viajar a México, los niños ingresarían al país como extranjeros y, por lo tanto, sólo podrían permanecer seis meses en el país. Si prolongaran su estancia por un período de más de seis meses, al regresar a los Estados Unidos, las autoridades migratorias cobrarían una multa por cada día extra de la fecha autorizada. Además, en las escuelas públicas, o cualquier institución pública (como los hospitales mexicanos) los niños tendrán problemas para ser admitidos en virtud de que son extranjeros y estos servicios únicamente son gratuitos para los ciudadanos mexicanos.
¿Qué ventajas obtienen al registrarse como mexicanos? La principal ventaja que se les otorga a sus hijos, es la posibilidad de adquirir una segunda nacionalidad, lo cual significa que ellos podrán vivir en cualquiera de los dos países, gozando de todos los derechos. Es decir, sus hijos podrán elegir en dónde quieren residir, estudiar o trabajar: en México y/o en los Estados Unidos.
¿Si el padre no puede asistir al registro? Si el padre no se presenta el día del registro, se puede entregar el acta de matrimonio original de los padres, siempre y cuando el matrimonio se haya celebrado antes del nacimiento del registrado.
¿Si el registrado es hijo de madre soltera? Si el registrado aparece como hijo de madre soltera en el acta de nacimiento estadounidense, no son necesarios los documentos del padre ni su comparecencia, y el registrado llevará los dos apellidos de la madre.
¿Si la madre no puede asistir al registro? Siempre y cuando se presenten todos los documentos y asista el padre, no es necesario que asista la madre al registro.
¿Si el registrado es mayor de 18 años? Se necesitan exactamente los mismos requisitos, más una identificación oficial vigente del registrado (en donde aparezca nombre, fotografía, y firma). Además, no es necesario que ninguno de los padres asista al registro, siempre y cuando se presente el acta de matrimonio de los padres.
¿Se aceptan actas en mal estado? No se aceptan actas que estén deterioradas (rotas, tachadas o borradas) o que no sean legibles.
¿Si hay un error o alguna omisión en alguna de las actas presentadas? En caso de errores u omisiones, usted tiene que solicitar primero la corrección ante las autoridades correspondientes.
El Registro de Nacimiento de sus hijos también lo puede realizar en México. Sólo tiene que seguir los siguientes pasos:

Paso No. 1. Obtener una copia certificada reciente del Acta de Nacimiento de su hijo(a).
Paso No. 2. Obtener la Apostilla en la Copia Certificada del Acta de Nacimiento (forma larga) de su hijo(a)
Paso No. 3. Traducir en México el Acta de nacimiento americana Apostillada al español ante un Perito Traductor.
Presentarse a la oficina del Registro Civil más cercana a su domicilio con el Acta Apostillada y la traducción, así como con los requisitos e identificación de los Padres que les sean solicitadas.

Dado que los requisitos de los servicios pueden cambiar frecuentemente, se aconseja a los usuarios contactar personalmente a las oficinas de este Consulado para asegurarse que esta información sea exacta antes de realizar cualquier trámite.
  

Contacto: Jessica Perez
E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Teléfono: 208-343-6228. Ext. 214

 

Aviso de Privacidad

De conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, El Consulado de México pone a su disposición el siguiente aviso de privacidad.

Las Secretaria de Relaciones Exteriores, es responsable del uso y protección de sus datos personales, en este sentido y atendiendo las obligaciones legales establecidas en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, a través de ese instrumento se informa a los titulares de datos, la información que de ellos se recaba y los fines que se le darán a dicha información.

Puede consultar el Aviso de Privacidad Integral de Registros de Nacimiento aquí 

 

 
 

El registro de matrimonio sólo procede cuando ambos contrayentes comprueban su nacionalidad mexicana. 

El registro de matrimonio celebrado en el Consulado de México en Boise tiene plena validez en territorio mexicano, por lo que, una vez efectuado, no se requiere de ninguna inscripción ante autoridad mexicana. 

Requisitos:

Para iniciar el trámite de registro de matrimonio se debe solicitar una cita, durante la que se deberán cumplir los siguientes requisitos: 

1.     Los contrayentes deberán acreditar la nacionalidad mexicana con alguno de los siguientes documentos:

§  Acta de nacimiento.

§  Pasaporte vigente.

§  Certificado de nacionalidad mexicana.

§  Declaratoria de nacionalidad mexicana.

§  Carta de naturalización mexicana.

§  Matrícula consular vigente.

2.     Identificación original y vigente de los contrayentes.

3.     Ser mayores de edad (18 años)*

4.     Cada contrayente tiene que presentar 2 testigos que cuenten con identificación oficial  vigente.

5.     Presentar las capitulaciones matrimoniales: bajo el régimen de sociedad conyugal o bajo el de separación de bienes (ejemplo de este texto se puede proporcionar en el Consulado).

§  Sociedad Conyugal: comprenderá todos los bienes muebles e inmuebles y los productos que los consortes adquieran durante su vida matrimonial, incluyendo el producto del trabajo.

§  Convenio de Separación de Bienes: cada conyugue conservará la administración de los bienes que en lo futuro adquieran e igualmente serán de su exclusiva propiedad, los frutos y acciones de los mismos.

6.     Presentar certificado de salud firmado por medico titulado en el que se asegure que los contrayentes no padecen sífilis, tuberculosis, ni enfermedad alguna crónica e incurable, que sea además contagiosa y hereditaria.

7.      Pago de derechos: $ 62.00 USD.

Notas adicionales:

En caso de que los contrayentes sean menores de edad se requerirá un consentimiento por escrito de las personas que ejercen la patria potestad o la tutela. La edad mínima para casarse es: varones mayores de 16 años y mujeres mayores de 14 años.

Si uno o ambos pretendientes son divorciados se deberá presentar la sentencia de divorcio ejecutoriada donde se contengan los puntos resolutivos de la misma; o, en su caso, de la nulidad de matrimonio.

Si la sentencia de divorcio hubiera sido dictada por juez extranjero, el o los solicitantes presentarán copia certificada del acta de divorcio mexicana o copia certificada de la sentencia extranjera homologada por juez mexicano, a fin de evitar la creación de derechos y obligaciones derivadas de un nuevo matrimonio afectado de entrada de nulidad por otro preexistente en México.

Procedimiento

El trámite se realiza en dos citas:

1.    Recepción de documentos.

Recepción y revisión de documentos, captura de firmas y verificación de datos del acta de matrimonio, los pretendientes así como los 4 testigos deben de estar presentes con sus respectivas identificaciones.        

2.     Celebración del matrimonio.

 

En el lugar, día y hora designados para la celebración del matrimonio deberán estar presentes ante el titular de la representación los contrayentes y los cuatro testigos.

Contacto:  Jessica Perez
E-mail:Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Teléfono: 208-343-6228. Ext. 214
 
 

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Puede consultar el Aviso de Privacidad Integral de Registros de Matrimonio en el exterior aquí 

 

 

 

El registro de defunción en el Consulado de México en Boise, únicamente se asienta cuando el finado es de nacionalidad mexicana. Los familiares podrán fungir tanto como declarantes como testigos en el levantamiento del ACTA, la cual surte efecto jurídico pleno en territorio mexicano sin necesidad de legalización.

Los registros de defunción son gratuitos. Los interesados sólo pagarán por las copias certificadas que soliciten de estos registros. Cada copia certificada tiene un costo de $19.00 USD. 

Requisitos:

1.     Acta de defunción original. 

2.     Comprobante de nacionalidad mexicana del difunto:

·       Acta de nacimiento

·       Pasaporte vigente

·       Matricula consular vigente  

3.     Identificación del declarante

4.     Identificación de dos testigos mayores de edad 

 

Contacto: Jessica Perez
E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Teléfono: 208-343-6228. Ext. 214
 
 

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Puede consultar el Aviso de Privacidad Integral de Registros de Defunción en el exterior aquí