REQUISITOS PARA CELEBRAR MATRIMONIO.
- Para realizar este trámite en el Consulado deberá de:
Los contrayentes deberán entregar personalmente los siguientes documentos originales de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 1:00 p.m. (no es necesario que vengan los testigos, solo copias de sus identificaciones)
- a) Ambos contrayentes deben ser mexicanos
- b) Presentar identificaciones oficiales vigentes
- c) Copia certificada del acta de nacimiento de cada contrayente
- d) Ser mayores de edad
Los contrayentes deberán ser mayores de edad, es decir que hayan cumplido los 18 años.
*En caso de matrimonio entre menores de edad, se requerirá la autorización por escrito de ambos padres
- e) Solicitud escrita y firmada por ambos contrayentes
Las personas que pretendan contraer matrimonio deberán presentar solicitud por escrito dirigida al titular de la representación.
En esta solicitud se deberá manifestar que no tienen ningún impedimento legal para casarse y que es su voluntad unirse en matrimonio y solicitan al Titular de la Oficina Consular les fije la fecha y hora para la celebración del matrimonio.
Nota: Si alguno de los contrayentes ha estado casado anteriormente, debe presentar copia certificada del acta de divorcio, o en su caso, de la nulidad de matrimonio; Sí alguno de los contrayentes es viudo, deberá presentar copia certificada del acta de defunción del cónyuge fallecido
- f) Cada contrayente tiene que presentar 2 testigos y deben de traer su identificación oficial vigente.
- g) Presentar certificado de saluden papel membretado firmado por médico titulado en donde asegure, bajo protesta de decir verdad, que los contrayentes no padecen sífilis, tuberculosis o alguna enfermedad alguna crónica e incurable. El certificado se obtiene después de haberse realizado los estudios clínicos y que deben estar anexos al certificado.
- h) Convenio que especifique el tipo de régimen patrimonial que requiera el matrimonio.En el convenio se expresará con toda claridad si el matrimonio se contrae bajo el régimen de sociedad conyugal o bajo el de separación de bienes.
- i) Presentar certificado de salud firmado por médico titulado: De conformidad con el artículo 98, fracción IV, del Código Civil Federal, las personas contrayentes deberán presentar “un certificado suscrito por un médico titulado en el que asegure, bajo protesta de decir verdad, que las personas contrayentes no padecen sífilis, tuberculosis, ni enfermedad alguna crónica e incurable, que sea además contagiosa y hereditaria”.
- Una vez aceptada su solicitud, se les dará una cita para llevar a cabo el acto matrimonial y firmar el acta respectiva en el Consulado. (Deberán de presentarse tanto los contrayentes como los testigos)
Pago de derechos consulares. ($62 dlls)