Poder general es el documento con el que una persona (poderdante) faculta a otra (apoderado) a realizar un(os) acto(s) jurídico(s) en su nombre y representación.
Clasificación del poder general
A) Poder general para pleitos y cobranzas. se le faculta al apoderado en cuestiones de representación en juicios y efectuar cobros.(ejemplo. divorcio)
B) Poder general para actos de administración. sirve para administrar bienes e interés (ejemplos. arrendamiento, comodato, administrar empresa)
C) Poder general para actos de dominio. tiene el alcance de trasladar el dominio o propiedad de un bien. (ejemplo. venta, hipoteca, permuta, donación, etc.)
Poder especial es para un determinado negocio, es necesario se exprese de forma muy precisa para lo cual se autoriza al apoderado.
Requisitos para la elaboración de los poderes generales o especiales.
- Identificación oficial vigente. ( en caso que el nombre sea distinto al que aparece en dicha identificacion con el acta de nacimiento, deberán presentar éste ultimo para que sea agregado a su poder)
- Pago de derechos.
- Si quieren que sea limitado en cuanto a un determinado negocio, por ejemplo la venta de una propiedad, deberá presentar copia simple de la escritura del bien inmueble.
Representacion, si una persona comparece a nombre de otra, debe acreditar su legítima representación, por tanto:
A) Si representa a una persona física, presentara el testimonio o documento notarial similar que lo faculta a celebrar el acto pretendido y que tenga facultades expresas ( originales o copias certificadas por notario público/apostilla)
Son representantes naturales de los menores de edad, sus padres o quienes ejerzan la patria potestad; o en caso de las personas incapaces, sus tutores.
B) Si representa a una persona moral, deberá presentar documentos públicos, en original o copia certificada del acta constitutiva de la sociedad y la ultima acta de asamblea.