Las Embajadas y los Consulados de México en el exterior no/no realizan la apostilla de documentos. Es un trámite que solamente se puede realizar en México. 

Información relativa a la apostilla y en donde se puede tramitar: 

La apostilla es una certificación sobre la autenticidad de la firma y la calidad en que actúa el signatario de un documento público, y en su caso la identidad del sello o del timbre del que esté revestido el documento.

Conforme al Convenio de la Haya del 5 de octubre de 1961 Suprimiendo la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros, los Estados Partes, entre ellos Türkiye y  México, designaron autoridades competentes ante las cuales se tramita la apostilla de documentos. 

 

La Dirección de Registro de Nombramientos, Legalización, Apostilla y Administración del Territorio Insular de la Secretaría de Gobernación (SEGOB) notificó que a partir del 1° de octubre de 2025, esa dependencia, en calidad de autoridad competente, inició la expedición de legalizaciones de firmas y Apostillas electrónicas para las constancias de antecedentes penales federales (CAPF) emitidas por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC). 

 

 Procedimiento de Trámite en línea de la legalización de firma y Apostillas de las CAPF:

  1. Ingresar al sitio web: https://apostillaylegalizacionmexico.segob.gob.mx/apostilla
  2. Ingresar la siguiente información que se solicitará en la página web:
  1. Número de folio de la CAPF emitida por la SSPC. La constancia no deberá tener mayor vigencia de expedición de tres días naturales.
  2. Clave Única de Registro de Población (CURP) de la persona titular de la CAPF.

1. Realizar la búsqueda de los datos personales y folio de la CAPF, para lo cual se deberá oprimir el botón de “Buscar”.

2. Verificar los datos que fueron identificados a través de la búsqueda.

3. Seleccionar el país donde se presentará el documento, el cual deberá ser Parte Contratante del Convenio sobre la Apostilla.

4. Colocar un correo electrónico y su verificación para recibir notificaciones.

5. Verificar el concepto de pago por la expedición de la Apostilla y generar la línea de captura.

6. Realizar el pago con la línea de captura generada en la ventanilla bancaria o banca en línea. El pago se acreditará en un período máximo de 72 horas hábiles posteriores al depósito realizado.

7. Recibir, vía correo electrónico, la Apostilla e imprimirla a color.

 

Autoridad competente para apostillar documentos públicos expedidos en México 

Documentos expedidos por autoridades federales (por ejemplo, la constancia federal de antecedentes penales):

Con fundamento en lo establecido por los artículos 27 fracción VII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 11 fracciones IX y X del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, la Dirección de Coordinación Política con los Poderes de la Unión apostilla los documentos públicos emitidos por autoridades federales.

La Secretaría de Gobernación ha indicado que el trámite de apostilla de documentos se realiza sin cita y sin necesidad de presentar carta poder, por lo que un familiar o conocido podría acudir en su nombre a apostillar documentos.

 Para mayor información sobre el trámite de apostilla de documentos federales, visite  el  sitio de Internet de la Dirección de Coordinación Política con los Poderes de la Unión: 

https://www.gob.mx/tramites/ficha/apostilla-de-documentos/SEGOB3000 

https://www.gob.mx/segob/acciones-y-programas/apostilla-de-documentos-80714 

Documentos expedidos por autoridades estatales (por ejemplo, actas de nacimiento mexicanas):

En caso de que el documento que desea Apostillar hubiera sido emitido por una Autoridad Estatal, deberá realizar su trámite de Apostilla ante la Secretaría de Gobierno de cada entidad federativa correspondiente.