El pasaporte es el documento de identidad y viaje que la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de sus oficinas de emisión de pasaportes y representaciones consulares, expide a los mexicanos para acreditar su nacionalidad e identidad y solicitar a las autoridades extranjeras permitan el libre paso. Además de permitirle viajar a otros países, es un medio aceptado universalmente como identificación y prueba de nacionalidad.
PASAPORTE POR PRIMERA VEZ
- Acudir al Consulado con cita por WhatsApp o llamanda al sistema MiConsulado (1-424-309-0009) ó en la página web https://citas.sre.gob.mx
- Presentar en ORIGINAL de uno de los siguientes documentos:
- Acta de nacimiento (opcional siempre y cuando se encuentre disponible en línea)
- Certificado de nacionalidad mexicana
- Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento
- Carta de naturalización
- Matrícula consular expedida al menos después de 2005
- ORIGINAL de uno de los siguientes documentos oficiales con fotografía cuyos datos deberán coincidir fielmente con los del documento con el acta de nacimiento mexicana.
- Matrícula consular de alta seguridad
- Credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral
- Cartilla o Precartilla de identidad del Servicio Militar Nacional
- Cédula profesional
- Título profesional
- Certificado de nacionalidad mexicana
- Declaratoria de nacionalidad mexicana
- Carta de naturalización
- Licencia de conducir o Id oficial de Estados Unidos de América
- Tarjeta de Residencia de Estados Unidos de América
- Certificado de primaria, secundaria, preparatoria con fotografía y sello oficial
- Boleta certificada de algún año escolar con fotografía y sello oficial
- Credencial del IMSS, del ISSSTE
- Cubrir el costo correspondiente (Consulte aquí las tarifas vigentes)
RENOVACIÓN DE PASAPORTE
- Acudir la Oficina Consular con cita vía WhatsApp o llamando al teléfono MiConsulado (1-424-309-0009) o en la página web https://citas.sre.gob.mx
- Presentar pasaporte para renovar.
- Cubrir el pago correspondiente (Consulte aquí las tarifas vigentes)
Si el Pasaporte tiene alguna restricción u observación, deberá cumplir con el requisito que se indique; si tiene la leyenda NO CANJEABLE, deberá presentar la documentación completa como si se tratara por primera vez.
¿Qué pasa si no encuentro mi pasaporte anterior o me lo robaron?
- Deberá acudir al Departamento de Policía de la ciudad donde radica y levantar un reporte de pérdida o robo de su pasaporte, mismo que deberá presentar en el Consulado y con los requisitos de expedición por primera vez.
Vigencia
- Los pasaportes tienen una vigencia de uno (menores de tres años de edad), tres, seis y diez años (mayores de 18).
- A los menores de tres años se les podrá expedir pasaporte por un año o por tres años según sea el deseo de los padres.
Tiempo de entrega
- Una vez que usted acude a su cita en el Consulado y cumple con todos los requisitos, el pasaporte es entregado el mismo día en un máximo de dos horas.
Apellido del cónyuge
- Si en su comprobante de identidad aparece el apellido de su cónyuge, deberá presentar original del acta de matrimonio.
- De igual manera si desea que en su pasaporte aparezca el apellido de su cónyuge, deberá presentar el original del acta de matrimonio.
- El apellido del cónyuge se incluye en un apartado especial del pasaporte.
Menores de edad
Para la expedición de pasaporte a menores de edad, los padres o quienes ejerzan la patria potestad o tutela deberán presentarse personalmente con los siguientes requisitos:
- Ambos padres acompañarán a la persona menor de edad en el Consulado con cita, por WhatsApp o llamando al teléfono de MiConsulado (1-424-309-0009) o en la página web https://citas.sre.gob.mx
- Presentar ORIGINAL de alguno de estos documentos:
- Acta de nacimiento (opcional siempre y cuando aparezca en línea)
- Certificado de nacionalidad mexicana
- Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento
- Carta de naturalización
- Acreditar la identidad del menor presentando ORIGINAL de alguno de estos documentos:
- Certificado escolar de educación primaria, secundaria o bachillerato expedido por autoridad escolar mexicana
- Boleta certificada de algún año escolar con fotografía y sello oficial, expedida por autoridad escolar mexicana
- Credencial de estudiante emitida por la institución educativa local. En caso de que el nombre del menor de edad asentado en la credencial no coincida fielmente con el acta de nacimiento, deberán solicitar a las autoridades del distrito escolar donde estudia el menor, la impresión del documento llamado “transcript”, en el que debe aparecer el nombre completo y la fotografía del menor.
- Constancia de grado de estudios que cursa debidamente sellado por la institución educativa y con fotografía del menor
- Identificación oficial emitida por autoridad de Estados Unidos de América
- Tarjeta de Residencia de Estados Unidos de América
- Para menores de 7 años, presentar constancia con fotografía y sello de una institución médica o de un médico particular del lugar donde radica el menor.
- Otorgar el consentimiento de ambos padres a través de la firma del formato OP-7 (se llena en el Consulado)
- Presentar identificación oficial mexicana vigente de ambos padres, con fotografía y firma, donde los nombres coincidan con el que aparece en el acta de nacimiento del menor.
- Cubrir el pago correspondiente (Consulte aquí las tarifas vigentes).
¿Qué es la OP7 y qué pasa si uno de los padres no se encuentra en la ciudad?
La OP7 es el formato que deben llenar los padres a través del cual dan su autorización para que el menor pueda obtener un pasaporte.
Si ambos o alguno de los padres no pueden presentarse personalmente a realizar el trámite de expedición de pasaporte para su menor hijo, deberán acudir a la Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores más cercana a su domicilio, en el caso de que se encuentren en México y llenar el formato OP7 para ser enviado a este Consulado General o deberán acudir al consulado mexicano que le corresponda si vive en el extranjero, para llenar el formato OP7.
La patria potestad que ejercen los padres sobre los menores hijos no se pierde por el hecho de que vivan separados o se hayan divorciado. Solamente si un juez establece la pérdida de la patria potestad o le da a alguno de los padres la facultad de sacarle el pasaporte sin el consentimiento del otro padre, podrá realizar el trámite. En ausencia de esta sentencia, ambos padres tienen que firmar la OP7
¿Dónde puedo obtener los formatos para el pasaporte y la OP7?
Usted ya no tiene que llenar a mano ninguno de estos formatos. Corresponde al personal de la Oficina Consular llenar dichos formatos con la información que se encuentre en sus documentos y que usted proporcione. Solo tendrá que leerlos cuidadosamente cuando se los den para su revisión y firma.
ACTAS DE NACIMIENTO EXTEMPORÁNEAS
Si usted fue registrado de manera EXTEMPORÁNEA, es decir, que el registro se realizó pasados los años de gracia que tuvieron para registrarlo, sólo podrá tramitar pasaporte presentando una PRUEBA COMPLEMENTARIA.
Importante: Antes de visitar la Oficina Consular, verifique si su acta es extemporánea y lo que necesitaría:
Período máximo de extemporaneidad: 10 años.
Si su registro de nacimiento se pasa del periodo de extemporaneidad, deberá presentar UNO de los siguientes documentos COMPLEMENTARIOS:
- Certificado o constancia de alumbramiento que manifieste que un menor nació vivo y el nombre de sus progenitores.
- Partida parroquial de bautismo del interesado.- Deberá estar cotejada en los libros de la parroquia correspondiente por Notario Público o autoridad legalmente facultada para ejercer dichas funciones en territorio nacional.
- Copia certificada del acta de matrimonio del padre o madre del interesado, expedida por el oficial del Registro Civil, donde se asiente que al menos uno de ellos es mexicano y que se casaron en territorio nacional, antes de la fecha de nacimiento del solicitante.
- Copia certificada del acta de nacimiento del padre o de la madre del interesado, expedida por el oficial del Registro Civil. La fecha de registro no deberá rebasar la extemporaneidad señalada de un año y la propia acta deberá hacer constar la nacionalidad mexicana del registrado.
- Copia certificada del acta de nacimiento de un hermano mayor del interesado que haya nacido en territorio nacional. Igual que en el caso anterior, la fecha de registro no deberá rebasar la extemporaneidad señalada de un año y la propia acta deberá hacer constar la nacionalidad mexicana del registrado.
- Certificado de educación primaria o boleta de calificaciones del mismo nivel, expedido por la Secretaría de Educación Pública o alguna otra institución reconocida por dicha Dependencia del Ejecutivo.
De no contar con alguno de estos documentos, la Oficina Consular podrá verificar por medios electrónicos o por escrito la validez del acta de nacimiento ante la oficina del Registro Civil que la expidió, lo cual puede retrasar la expedición del pasaporte.
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La entrada es por la 17th St.