REVOCACIÓN DE PODERES
Una de las formas de terminación de un poder es la revocación. El poderdante puede dirigirse a la Sección Consular de la Embajada de México en Francia para revocar los poderes que haya otorgado ya sea en territorio nacional o en algún Consulado de México en el extranjero.
REQUISITOS:
- Llenar la solicitud correspondiente (formulario), la cual se puede solicitar mediante correo electrónico a la dirección contactopar@sre.gob.mx;
- Enviar la solicitud requerida debidamente llenada y firmada a la Sección Consular anexando copias digitales legibles en formato PDF de identificación oficial vigente, con fotografía y firma (pasaporte, credencial de elector) y comprobante de domicilio del poderdante. (Las personas mexicanas, con independencia de que posean otra nacionalidad, deberán presentar pasaporte mexicano o credencial de elector vigentes. Las personas francesas o de otra nacionalidad deberán presentar pasaporte o tarjeta nacional de identidad vigentes);
- Acreditar su estado civil, ya sea con Acta de Matrimonio, Acta de Divorcio o Acta de Defunción del cónyuge, según sea el caso. En caso de contar con un acta francesa, deberá anexar una traducción al español;
- Enviar original o copia del testimonio de la escritura pública a revocar.
Nota: El día de la cita deberá presentar todos los documentos en original.
PROCEDIMIENTO:
Una vez que esta Sección Consular reciba el expediente completo, lo revisará y luego se comunicará con usted por vía electrónica para proponerle una cita en esta oficina en París a fin de firmar la escritura de revocación y recoger el testimonio correspondiente.
El pago del trámite se realiza el día de su cita preferentemente con tarjeta bancaria francesa. Si hará el pago en efectivo, deberá traer la cantidad exacta en euros (ver tarifas consulares.
Este trámite únicamente se realiza de manera presencial en esta Sección Consular
INFORMACIÓN RELEVANTE:
Únicamente el mandante o poderdante, en el caso de poderes otorgados por personas físicas, puede revocar el poder. En el caso de personas morales, se deberá acreditar la existencia legal de la empresa y la personalidad jurídica del representante.