Inicio


Información general

Información general

Los mexicanos que radican en el extranjero tienen derecho a internar su menaje de casa exento de impuestos de importación, cuando deciden restablecer voluntariamente su domicilio en territorio nacional, o bien, cuando son deportados por las autoridades migratorias extranjeras, siempre y cuando hayan residido fuera del país por un mínimo de seis meses.

Sólo se expide un certificado por familia. Cuando se trate de matrimonios celebrados entre mexicanos y extranjeros, los solicitantes podrán escoger entre el régimen aplicable al retorno de mexicanos o al de internación de extranjeros inmigrantes, según les convenga aunque, como se dijo antes, sólo se podrá importar un menaje de casa por familia.

Para efectos aduaneros en franquicia, se considera como menaje de casa el constituido por objetos usados, por el interesado o su familia, durante su residencia en el extranjero, como son: el ajuar y bienes muebles de una casa, que sirvan exclusiva y propiamente para el uso ordinario de una familia; ropa; libros; muebles; obras de arte o científicas (que no constituyan colecciones completas para la instalación de exposiciones o galerías de arte); los instrumentos científicos de profesionistas, así como las herramientas de obreros y artesanos, siempre que sean indispensables para el desarrollo de la profesión, arte u oficio. Los instrumentos científicos y las herramientas que gozarán de dicha exención, no podrán constituir equipos completos para la instalación de laboratorios, consultorios o talleres. La lista del menaje de casa no comprende mercancías que los interesados hayan tenido en el extranjero para actividades comerciales o industriales, ni tampoco vehículos automotores.

Cabe destacar que este Consulado expide el certificado independientemente de la calificación definitiva que las autoridades aduaneras hagan en cada caso.

 

Información adicional para estudiantes e investigadores mexicanos

Los estudiantes e investigadores que retornen al país después de residir por lo menos un año en el extranjero, si desean importar su menaje de casa, deberán solicitar la exención de pago de impuestos directamente ante la Administración Jurídica de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ya sea en el Distrito Federal o en la Administración Jurídica local de los Estados, siempre y cuando presenten un escrito que cumpla con los siguientes requisitos: 

1. Nombre del importador
2. Domicilio donde estableció su residencia en el extranjero
3. Descripción y cantidad de los bienes que integran el menaje de casa
4. Acreditar que el menaje de casa fue adquirido por lo menos seis meses antes de que se pretenda importar
5. Acreditar los estudios o las investigaciones que estuvo realizando.

Una vez obtenida la autorización por parte de la Administración Jurídica correspondiente, el interesado deberá presentar la lista de su menaje, personalmente o por intermediario ante la Oficina Consular del lugar donde residió, la cual expedirá el Certificado a la Lista de Menaje de Casa correspondiente de acuerdo a la tarifa consular vigente.

En el caso de que el interesado haya residido en el extranjero por más de seis meses, podrá hacer el trámite conforme se indica para el común de los nacionales.
Nota: no se recibirán documentos para trámites en forma parcial. Una vez recibidos completos, junto con los derechos consulares, se procederá a la expedición de la documentación solicitada.

 

Requisitos ante la Aduana

En el puerto de entrada a territorio nacional los repatriados solicitarán a la autoridad aduanera, a través de un agente aduanal, la franquicia de impuestos de su menaje de casa y/o de sus instrumentos científicos o herramientas usadas, debiendo exhibir el Certificado a la Lista de Menaje de Casa, en la que consta que residieron más de seis meses en el extranjero y que retornan definitivamente a México.

La exención de pago de impuestos por la importación de su menaje de casa usado se otorgará, cuando:

a) El interesado lo traiga consigo en el momento de su llegada a México.
b) Cuando el menaje llegue dentro de los tres meses anteriores a la llegada del interesado al país. En este caso, es necesario otorgar garantía ante alguna institución financiera mexicana por los gastos de almacenaje, contribuciones por el probable exceso de lo que pudiese ser considerado dentro del menaje de casa u otros que pudieran causarse.
c) Hasta 6 meses después de la fecha en que el interesado se haya internado al país. Cabe señalar que si el menaje de casa no se interna en este periodo, el interesado requerirá obtener, de la Administración General de Aduanas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la prórroga correspondiente.

 

Fundamentos legales:

La lista de menaje de casa se presenta para certificación con el objeto de acogerse a la franquicia a la que se tiene derecho conforme a lo establecido en los Artículos  61, Fracción VII de la Ley Aduanera, así como 90 y 91 de su Reglamento. Véase el Reglamento de la Ley Aduanera aquí

 

Requisitos

Requisitos:

Para realizar el trámite al certificado de menaje de casa, es necesario que nos envíe copia escaneada de los siguientes documentos:

  • Declaración de pedimento de importación libre de impuestos al comercio exterior de un menaje de casa para mexicanos repatriados (descargue aquí). En este documento, es absolutamente necesario rellenar todos los campos, incluido el de lugar de nueva residencia.
  • Lista de los artículos (detallando los bienes en cada caja o bulto, los equipos eléctricos y electrónicos deberán ir indicados con marca, modelo y número de serie) que comprenden el menaje, elaborada en computadora y firmada por el interesado (descargue aquí).
  • Copia de documento acreditativo de nacionalidad mexicana (preferiblemente Pasaporte), también el de la pareja en caso de estar casados.
  • Documentos que acrediten residencia de más de 6 meses fuera de México:
    • Aviso de alta en el registro de población de las autoridades del lugar de residencia – Anmeldung , y Aviso de baja en el registro de población de las autoridades del lugar de residencia – Abmeldung, o
    • Comprobantes de pago de servicios (teléfono de casa, electricidad, gas) de los últimos 6 meses, o
    • Copia del contrato de arrendamiento del domicilio en Alemania, traducido al español, o
    • Constancia del empleador que constate la fecha de llegada a Alemania y su regreso a México, en español o inglés.

 

 

Para más información acerca de la tarifa correspondiente, CLIQUE AQUÍ.

Con el objeto de poder concretar una cita para la realización del trámite, le recuerdo que es absolutamente necesario que el Consulado disponga de copia de toda la documentación con antelación (una semana aproximadamente, para evitar posibles fallos), en caso contrario, no se podrá concertar cita para la realización del trámite.

El día de la cita usted deberá traer consigo la documentación original (de la cual va a mandar copia escaneada) y copia por cuadruplicado del original, ya que a usted se le expide el “Certificado a Lista de Menaje de Casa” por cuadruplicado (el original para usted, una copia para el consulado, una copia para el agente aduanal y otra copia para la empresa transportista). Como norma general, la empresa transportista se encarga de facilitarle una de las copias al agente aduanal.

En caso de no presentar todos los originales, arriba mencionados, no se podrá emitir el certificado, ya que carecería de valor legal.

Preguntas frecuentes

Preguntas Frecuentes

¿Cuánto tarda todo el proceso y el trámite?

El proceso en sí suele durar una semana, si bien depende de que usted disponga de toda la documentación y si no dispone de ella, entonces depende del tiempo que usted tarde en conseguirla y en hacérnosla llegar.

El trámite de la realización del certificado por nuestra parte dura entre 30 y 60 minutos, si bien puede alargarse por imprevistos, tales como mantenimiento de la plataforma electrónica de emisión de certificados.

 

¿Quién puede solicitar el certificado?

El certificado solo se puede solicitar a título personal.

Nota importante: Cuando se trate de matrimonios celebrados entre una persona de nacionalidad mexicana y otra extranjera, los solicitantes pueden escoger entre el régimen de repatriado, tomando en consideración la calidad del mexicano o el régimen de importación definitiva o temporal del extranjero. Siendo sin embargo más cara, la emisión del certificado en calidad de extranjero.

 

¿Qué debo acreditar para solicitar mi certificado?

Para poder solicitar el certificado usted debe de poder acreditar lo siguiente:

  • Nacionalidad mexicana.
  • Identidad.
  • Residencia en el extranjero durante más de seis meses.
  • Qué es la primera vez que se solicita el Certificado.
  • Qué los bienes que quiere repatriar cumplen con los requisitos establecidos.

Además, para tener derecho a la exención del pago de impuestos al comercio exterior para la importación de los menajes de casa en franquicia, se requiere cumplir indistintamente con los siguientes plazos, para los cuales no hay prórroga:

  • Que el pasajero traiga o lleve consigo el menaje de casa.
  • Que el menaje de casa llegue o salga dentro de los tres meses anteriores a la entrada o salida del pasajero.
  • Que llegue hasta seis meses después de la fecha en que el interesado haya arribado o salido.

 

¿Cómo acredito la nacionalidad mexicana?

Como norma general se acredita la nacionalidad a través del Pasaporte, si bien usted puede acreditar su nacionalidad mexicana a través de cualquiera de los siguientes documentos:

  • Copia certificada del acta de nacimiento expedida por cualquier oficina del registro civil mexicano o por las oficinas consulares mexicanas;
  • Certificado de Nacionalidad mexicana;
  • Carta de Naturalización
  • Pasaporte;
  • Cédula de Identidad Ciudadana
  • Certificado de Matrícula Consular de Alta Seguridad; o
  • Declaratoria de Nacionalidad mexicana por nacimiento.

 

¿Cómo acredito la identidad?

Como norma general se acredita la identidad a través del Pasaporte, puesto que este documento acredita tanto la identidad como la nacionalidad mexicana, si bien usted puede acreditar su identidad a través de cualquiera de los siguientes documentos:

  • Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral;
  • Pasaporte mexicano;
  • Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional;
  • Cédula Profesional;
  • Título Profesional;
  • Carta de pasante expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública;
  • Certificado de nacionalidad mexicana;
  • Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento;
  • Carta de naturalización;
  • Cédula de Identidad Ciudadana;
  • Certificado de Matrícula Consular de Alta Seguridad;
  • Credencial vigente expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores o su equivalente;
  • Licencia de manejar extranjera valida en la circunscripción consular;
  • Identificación oficial extranjera valida en la circunscripción consular.

 

¿Cómo acredito la residencia en el extranjero superior a 6 meses?

Para acreditar su residencia en el extranjero superior a 6 meses, usted debe de presentar los documentos que demuestren, a juicio del funcionario consular, que usted estableció su domicilio en el extranjero y que a la fecha de su solicitud ha radicado por un plazo mínimo de seis meses, es por ello que como norma general se presentan la “Anmeldung” y la “Abmeldung”. La fecha recogida en la Anmeldung sería la fecha de inicio de su estancia, mientras que la fecha recogida en la “Abmeldung” sería la fecha de fin de su estancia. En caso de no disponer de estos documentos, siempre puede solicitar una “Anmeldebescheinigung”, que es un registro que evidencia desde cuando reside usted en su domicilio.

No obstante, y dado que a veces no se dispone de ninguno de los documentos citados con anterioridad, se permite la presentación de otros documentos que evidencien la residencia en el extranjero, haría pues falta un documento para fijar la fecha de inicio y otro para fijar la fecha de fin. Validos serían documentos del tipo: 

  • Recibos de pago de salarios o de servicios públicos
  • Cartas de trabajo
  • Contrato de arrendamiento
  • Contrato de trabajo

No es necesario que el connacional haya residido seis meses en su último domicilio en el extranjero, por lo que puede presentar recibos de los distintos lugares donde residió, pero debe demostrar que vivió seis meses en el extranjero sin interrupciones.

 

¿Cómo acreditar qué es la primera vez que solicita el Certificado?

Para acreditar que es la primera vez que usted solicita el certificado, debe de rellenar el documento “Declaración de pedimento de importación libre de impuestos al comercio exterior de un menaje de casa”. Señalar, que a través de este documento también se evidencia el nuevo lugar de residencia.

Nota importante: El interesado sólo tendrá derecho a solicitar una vez a la Oficina Consular el Certificado a Lista de Menaje de Casa. En caso de que sea el segundo o posterior menaje de casa que quiera importar al amparo de la fracción VII, del artículo 61 de la Ley Aduanera, deberá solicitar la autorización ante la autoridad correspondiente (SAT, Servicio de Administración Tributaria).

 

¿Cómo acreditar qué los bienes que se quieren repatriar cumplen con los requisitos establecidos?

El Reglamento de la Ley Aduanera señala que el menaje de casa se integra por las siguientes mercancías usadas:

  • Ajuar y mobiliario de una casa que sirvan exclusiva y propiamente para el uso y trato ordinario de una familia (lo que no estipula un límite o valor máximo).
  • Ropa, libros, libreros, obras de arte o científicas que no constituyan colecciones completas para la instalación de exposiciones o galerías de arte.
  • Instrumentos científicos de profesionales, herramientas de obreros y artesanos indispensables para el desarrollo de la profesión, arte u oficio del solicitante (no podrán constituir equipos completos para la instalación de laboratorios, consultorios o talleres); y
  • Las necesarias para el desempeño de las labores de periodismo para prensa, radio o televisión.

Se entienden como mercancías usadas aquellas que los interesados adquirieron seis meses antes de que pretenda importarse el menaje de casa.

La lista de menaje de casa no comprenderá mercancías que los interesados hayan tenido en el extranjero para actividades comerciales o industriales, ni las que puedan ser reguladas bajo el ámbito de la Ley del Registro Federal de Vehículos. No es procedente importar libre de impuestos, vehículos automotores dentro del menaje de casa.

Los bienes que integran el menaje serán recogidos en una Lista de menaje de casa, la cual será en español y estará firmada por el interesado. La lista deberá contener una descripción detallada de los bienes que la integran y su cantidad. En el caso de los artículos eléctricos, se deberá indicar marca, modelo y número de serie.

Esta lista es independiente de la lista que a usted le facilitará la empresa transportista, pero debe de ser coincidente con la lista de la empresa transportista.

 

¿Qué documentos debo de enviar previamente al Consulado para su evaluación?

Con el objeto de comprobar que la documentación esta en orden, es necesario que usted envíe por correo o por E-Mail, copia de la siguiente documentación:

  • Declaración de pedimento de importación libre de impuestos al comercio exterior de un menaje de casa para mexicanos.
  • Lista de los artículos que comprenden el menaje.
  • Documento acreditativo de identidad y de nacionalidad mexicana (preferiblemente Pasaporte).
  • Copia de documentos que acrediten que usted ha residido fuera de México durante más de 6 meses: como norma general se entregan.

Nota importante: una vez que se hayan recibido todos los documentos y se haya revisado que están correctos, usted deberá de enviar evidencia del pago de la tarifa correspondiente.

 

¿Qué documentos debo de presentar ante el Consulado el día de la cita?

El día de la cita el interesado deberá presentar consigo:

  • Original de la declaración de pedimento de importación libre de impuestos al comercio exterior de un menaje de casa para mexicanos y 3 copias.
  • Original de la Lista de los artículos que comprenden el menaje y 3 copias.
  • Documento acreditativo de identidad y de nacionalidad mexicana (preferiblemente Pasaporte) y 4 copias.
  • Originales de los documentos que acrediten que usted ha residido fuera de México durante más de 6 meses y 3 copias por documento.
  • Original de la evidencia de pago y una copia.

 

Linea de información: 069 299875 23, Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.