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Es el acto mediante el cual una persona manifiesta de manera expresa y clara que desea rechazar la parte de la masa hereditaria que le corresponda en la sucesión. Sólo pueden repudiar la herencia las personas que tienen capacidad de disposición de sus bienes; tratándose de menores y demás incapacitados, la repudiación la hacen quienes ejercen la patria potestad o los tutores si cuentan con autorización judicial según lo dispuesto en los artículos 1653 y 1654 del Código Civil para el Distrito Federal.

La repudiación de la herencia no puede hacerse en parte ni en forma condicional o sujeta a plazos. La repudiación debe ser expresa y hacerse por escrito ante el juez, o por medio de instrumento público otorgado ante notario, cuando el heredero no se encuentre en el lugar del juicio conforme al Artículo 1661 del Código Civil para el Distrito Federal.

REQUISITOS:

  1. Llenar solicitud.
  2. Pasaporte vigente de la persona que repudiará la herencia, credencial para votar (IFE) y cartilla del servicio militar, Cédula profesional. 
  3. Señalar en la escripción del asunto de la solicitud de acto notarial el nombre completo del autor de la sucesión, el carácter que tiene el otorgante dentro de ésta (heredero o legatario), el tipo de sucesión que es (testamentaria o intestamentaria) y el tribunal o notaría pública donde la sucesión esté radicada.
  4. Pago de los derechos consulares en efectivo. Ver tarifas de servicios consulares.

PROCEDIMIENTO:

Una vez que cuente con la documentación completa, remitir copias fotostáticas al Consulado  por correo postal o por correo electrónico en archivo digitalizado a la siguiente dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Una vez recibida y verificada la documentación completa, el Consulado le contactará para fijar fecha y hora para la firma de la escritura.

El día de la cita, procede lo siguiente: Comparecencia de la persona que repudiará la herencia, Presentación de todos los documentos originales.

Pago de servicios consulares en efectivo el día de la cita en el Consulado.  Ver tarifas servicios consulares