CERTIFICADO DE MENAJE DE CASA
Se considera menaje de casa el constituido por mercancías usadas que comprenden:
El ajuar y bienes muebles de una casa que sirvan exclusiva y propiamente para el uso y trato ordinario de una familia, tal como ropa, libros, libreros, obras de arte o científicas que no constituyan colecciones completas para la instalación de exposiciones o galerías de arte, los instrumentos científicos de profesionistas, así como las herramientas de obreros y artesanos, siempre que sean indispensables para el desarrollo de la profesión, arte u oficio.
No se considera menaje de casa mercancías que los interesados hayan tenido en el extranjero para actividades comerciales o industriales, ni las que puedan ser reguladas bajo el ámbito de la Ley del Registro Federal de Vehículos. No es procedente importar libre de impuestos, vehículos automotores dentro del menaje de casa.
MENAJE DE CASA PARA MEXICANOS
El interesado deberá cubrir ante la oficina consular los siguientes requisitos:
1. Presentar uno de los siguientes documentos en original y copia para acreditar su nacionalidad mexicana.
a) Copia certificada del acta de nacimiento expedida por cualquier oficina del registro civil mexicano o por las oficinas consulares mexicanas.
b) Certificado de Nacionalidad mexicana;
c) Carta de Naturalización
d) Pasaporte;
e) Cédula de Identidad Ciudadana
2. Acreditar su identidad, presentando original y copia de alguno de los siguientes documentos con fotografía:
a) Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral;
b) Pasaporte mexicano;
c) Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional;
d) Cédula Profesional;
e) Título Profesional;
f) Carta de pasante expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública;
g) Certificado de nacionalidad mexicana;
h) Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento;
i) Carta de naturalización;
j) Cédula de Identidad Ciudadana;
k) Certificado de Matrícula Consular de Alta Seguridad;
l) Credencial vigente expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores o su equivalente;
m) Licencia de manejar extranjera valida en la circunscripción consular;
n) Identificación oficial extranjera valida en la circunscripción consular.
3. Acreditar con documentos que demuestren, a juicio del funcionario consular, que el interesado estableció su domicilio en el extranjero y que a la fecha de su solicitud ha radicado por un plazo mínimo de seis meses, por ejemplo:
a) Recibos de pago de salarios o de servicios públicos
b) Cartas de trabajo;
c) Contrato de arrendamiento;
d) Contrato de trabajo;
e) Estados de cuenta de tarjetas de crédito, de cheques u otra similar;
f) Licencia de conducir de la circunscripción consular o del país;
g) Certificado de Matrícula Consular de Alta Seguridad;
h) Constancias escolares;
i) Carta notariada del propietario del inmueble donde vivió.
4. Lista de menaje de casa firmada por el interesado, por cuadruplicado. Deberá contener una descripción detallada y la cantidad de los bienes que lo integran. Para los artículos electrónicos, se deberá indicar marca, modelo y número de serie. (Cada ejemplar deberá ser firmado de forma autógrafa.)
Descargar lista modelo aquí
5. Hacer una carta al Consulado General en la que declara haber vivido en el extranjero por al menos 6 meses y en donde señala su nuevo lugar de residencia en territorio nacional.
Descargar carta modelo aquí
6. Efectuar el pago de los derechos, de conformidad con la Ley Federal de Derechos en vigor.
NOTAS:
Para tener derecho a la exención del pago de impuestos al comercio exterior para la importación de los menajes de casa en franquicia, se requiere cumplir indistintamente con los siguientes plazos, para los cuales no hay prórroga:
1. Que el pasajero traiga o lleve consigo el menaje de casa.
2. Que el menaje de casa llegue o salga dentro de los tres meses anteriores a la entrada o salida del pasajero.
3. Que llegue hasta seis meses después de la fecha en que el interesado haya arribado o salido.