PODER NOTARIAL

 

REQUISITOS PARA PERSONA MORAL 

 

Información sobre los requisitos y solicitud para la expedición de un poder notarial se encuentra disponible en siguiente archivo.

Se recomienda solicitar a los abogados o representantes en México que le indiquen el tipo de poder que necesita otorgar. En caso de que se trate de un poder para venta, compra o escrituración de un bien inmueble, se sugiere entregar copia de la escritura en donde aparezca el domicilio exacto y colindancias de la propiedad.

Documentos públicos (con antigüedad NO mayor a 6 meses) en original o copia certificada y una copia simple, que acrediten la legal constitución de la compañía, nombre, denominación o razón social de la persona moral, su funcionamiento, el objeto  social, el domicilio, importe del capital social, los estatutos en los que se determinen sus órganos administrativos y sus facultades, y el nombramiento del compareciente o representante legal, a fin de determinar si tiene facultades para el otorgamiento de poderes.

En el caso de que la persona moral se haya constituido legalmente en el extranjero, deberán:

o   Comprobar que se han constituido de conformidad con las leyes del lugar del que sean nacionales, para lo cual deberán exhibir copia auténtica del contrato social y/o los demás documentos que, conforme a la legislación de su país de origen, sean necesarios para su constitución. (original y una copia).

o   Demostrar que el contrato social y demás documentos constitutivos no sean contrarios a preceptos de orden público establecidos por la ley mexicana.

o   Comprobar que el representante legal tiene los poderes y facultades necesarias para el otorgamiento del acto.

o   Dichos documentos, en el caso de estar en idioma distinto al español, deben traducirse al idioma español. (original y una copia). Si los documentos no son de autoridades de Hong Kong, deberán estar apostillados.

En caso que el poderdante NO entienda el idioma español. deberá estar acompañado de un intérprete (tiene que ser el mismo intérprete durante todo el trámite). El (la) intérprete llenará la sección correspondiente en la solicitud y presentará su pasaporte (vigente, con foto y firma) y una copia.

En el caso que el poderdante otorgue un Poder General para Actos de Dominio o un Poder Especial que se refiera a administración y/o a disposición de bienes, deberá hacerse acompañar de su cónyuge, con pasaporte original y una copia.

 

NOTAS ADICIONALES: 

·        En situaciones excepcionales, se le podrá solicitar documentación adicional para completar el trámite.

 

En caso de duda, favor de comunicarse al +852-2511-3305.