MATRÍCULA CONSULAR

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La matrícula consular es un documento que expiden las Oficinas Consulares que certifica la nacionalidad e identidad de una persona mexicana que reside en el exterior.

La matrícula consular sirve para identificarse ante algunas instituciones gubernamentales locales y ante cualquier autoridad mexicana.

Todos los documentos que se entreguen para el trámite de Matrícula Consular deberán ser legibles y estar en buen estado, sin tachaduras, enmendaduras, deterioro o alteración que impida tener certeza jurídica de su validez.  Documentos laminados no son aceptados.

Requisitos


1. Probar nacionalidad mexicana con alguno de los siguientes  documentos:
  • Acta de nacimiento;
  • Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento;
  • Certificado de nacionalidad mexicana;
  • Carta de naturalización;
  • Pasaporte mexicano sin observaciones (expedido después de 1995 territorio nacional o después 2006 en consulado.

2. Probar su identidad con alguno de los siguientes documentos:

  • Credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral
  • Cartilla de identidad del Servicio Militar Nacional
  • Cédula profesional
  • Título profesional
  • Certificado de Nacionalidad Mexicana
  • Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento
  • Carta de naturalización mexicana
  • Matrícula consular de alta seguridad
  • Pasaporte mexicano
  • Credencial del INAPAM
  • Credencial de afiliación al IMSS o ISSSTE
  • Tarjeta de cruce fronterizo (visa estadounidense)
  • Cédula de identidad mexicana
  • Licencia de conducir estadounidense con medidas de alta seguridad. Si la licencia de conducir fue expedida por un estado distinto a Texas, ésta deberá estar vigente.
  • Tarjeta de residente permanente con medidas de alta seguridad
  • Pasaporte extranjero vigente
  • Permiso de trabajo estadounidense
  • Credenciales con fotografía de escuelas de Estados Unidos
  • Tira de calificaciones (Transcript) con fotografía expedidos por escuelas y distritos escolares estadounidenses (la fotografía debe estar sellada por la escuela o el distrito escolar y firmado por la persona responsable en la institución educativa)
  • Carta expedida por pediatras locales (exclusivamente para menores de 7 años). Debe tener una fotografía firmada o sellada por el médico o la institución de salud y debe estar firmada por el médico tratante. Haz clic para observar un ejemplo.
  • Certificado de primaria, secundaria o bachillerato expedido por autoridad escolar mexicana (con fotografía y sello de la SEP)
  • Constancia de origen y/o identidad. Ver ejemplo

3. Probar domicilio en la circunscripción consular:

  • Recibo de renta o servicios públicos: agua, luz, teléfono, recibos de servicios médicos, cuentas de banco, cheques personales con domicilio del interesado, etc.;
  • Comprobantes de seguridad social expedidos por la autoridad correspondiente.
  • Correspondencia postal a su nombre, sellada por el Servicio Postal;
  • Licencia de conducir vigente;
  • Registro original de un vehículo ante el departamento de tránsito o automotores;
  • Contrato original de renta.

 

 Preguntas Frecuentes


  • ¿Qué pasa si en mi identificación aparece el apellido de mi cónyuge?
    Si desea que en su matrícula consular aparezca el apellido de su cónyuge, deberá presentar el original del acta de matrimonio.
    Si en su identificación tiene el apellido de su cónyuge, deberá presentar el original del acta de matrimonio.

 

  • ¿Los menores de edad también pueden tramitar una matrícula consular? Si. Los progenitores deben otorgar su autorización para que se pueda expedir una matrícula consular a un menor de edad.
    Los progenitores deben presentar una identificación oficial vigente con fotografía y firma, en la que su nombre se encuentre asentado exactamente como lo está en el acta de nacimiento del menor.
    En caso de que alguno de los progenitores se encuentre en una ciudad distinta tendrá que acudir a un Consulado u oficina de la SRE para firmar la autorización para la expedición de una matrícula consular.
    Si alguno de los progenitores falleció, presentar acta de defunción.
    En casos de divorcios o progenitores desaparecidos, se podrá presentar la resolución judicial en el que se haya decretado la pérdida de la patria potestad a alguno de los progenitores. En caso de no contar con dicho documento, solicite la asesoría del Departamento de Protección del Consulado General.