Las personas nacidas en México que no fueron registradas en su oportunidad, pueden acudir sin cita para iniciar el procedimiento de registro de nacimiento.
Horario: Lunes a viernes de 8:00 am a 12:00 pm.
Los documentos que deberá presentar según sea el caso, son los siguientes:
Hijo/a de padres, padre o madre mexicano (a)
- Certificado de Nacimiento emitido por el hospital o clínica de salud donde nació la persona a registrar, o por la partera debidamente registrada. De no contar con este documento se acepta la Constancia de parto o alumbramiento, o en su caso prueba de ADN para comprobar la filiación (solicitar información al respecto).
- Acta de nacimiento, Pasaporte, Matrícula Consular o Certificado de Naturalización del padre o madre de nacionalidad mexicana. En caso de que ambos sean mexicanos deberán presentar las dos actas.
- Acta de matrimonio de los padres.
- Identificación oficial de ambos padres.
- Identificación oficial de la persona a registrar o cualquier tipo de documentación oficial que acredite su identidad.
- Comprobante de domicilio.
- Dos testigos mayores de 18 años con identificación oficial.
Hijo/a de padres o madre extranjera, nacido en México.
- Certificado de Nacimiento emitido por el hospital o clínica de salud donde nació la persona a registrar, o por la partera debidamente registrada. De no contar con este documento se acepta la Constancia de parto o alumbramiento, o en su caso prueba de ADN para comprobar la filiación (solicitar información al respecto).
- Pruebas documentales del paso de la madre por México. Por ejemplo, documentos relativos a atención medica recibida en el país o bien, documentos migratorios.
- Acta de matrimonio de los padres.
- Identificación oficial de ambos padres.
- Identificación oficial de la persona a registrar o cualquier tipo de documentación oficial que acredite su identidad.
- Comprobante de domicilio.
- Dos testigos mayores de 18 años con identificación oficial.
Importante:
- Se requiere de la presencia de ambos padres y de la persona a registrar.
- Los documentos oficiales de un país diferente a Estados Unidos o México, deberán venir debidamente Legalizados o Apostillados, según corresponda. Este es el caso del acta de matrimonio.
- El trámite es gratuito. Únicamente se cobran las Copias Certificadas del Acta de Nacimiento, (Consulte las tarifas vigentes aquí)