El Observatorio de leyes y medidas antiinmigrantes en EE. UU. permite identificar y analizar normativas estatales que afectan a comunidades migrantes. Ofrece una tabla con legislaciones por estado, información general, el estatus actual de la medida y recomendaciones.

Conoce y Ejerce tus Derechos, Si eres una persona mexicana que vive o visita los Estados Unidos, es importante que conozcas y ejerzas tus derechos. Independientemente del lugar en donde te encuentres, el Gobierno de México te ofrece orientación. Para mayor información que aplica en todas las jurisdicciones, visita el sitio electrónico del Centro de Información y Atención a Personas Mexicanas (CIAM).

Las leyes varían en cada estado, por favor selecciona de qué estado requieres información.

¿En qué estado te encuentras?

Programa 287(g) del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de EUA (ICE)

 

Permite que ICE colabore con departamentos de policía estatales y locales para identificar a personas extranjeras indocumentadas, así como aquellas con antecedentes penales que se encuentran en el país con el fin de deportarlas.

 

Si la persona es detenida y está bajo custodia de la policía local o estatal, el programa permite que ICE:

  • Revise sus datos y antecedentes.
  • Determine su estatus migratorio.
  • Tome medidas para iniciar un proceso de deportación, si corresponde.

¿A quiénes afecta este programa?

  • A personas indocumentadas o con estatus migratorio incierto.
  • A quienes han tenido contacto con la policía, aunque sea por delitos o infracciones menores (manejar sin licencia, tener una luz del carro fundida o conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas o drogas).
  • A personas que ya tienen una orden de deportación, pero aún están viviendo en EUA.

Importante saber:

  • No todas las policías estatales y locales colaboran con ICE. Depende del estado o del condado (revisar mapa; sujeto a cambios).
  • La custodia de las personas detenidas puede ser transferida a ICE.
  • Si tienes dudas sobre tu situación migratoria, es importante que contactes a tu Consulado de México más cercano.
  • Conoce y ejerce tus derechos, independientemente de si existe o no un programa 287(g) en donde te encuentras.