Programa 287(g) del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de EUA (ICE)
Permite que ICE colabore con departamentos de policía estatales y locales para identificar a personas extranjeras indocumentadas, así como aquellas con antecedentes penales que se encuentran en el país con el fin de deportarlas.
Si la persona es detenida y está bajo custodia de la policía local o estatal, el programa permite que ICE:
- Revise sus datos y antecedentes.
- Determine su estatus migratorio.
- Tome medidas para iniciar un proceso de deportación, si corresponde.
¿A quiénes afecta este programa?
- A personas indocumentadas o con estatus migratorio incierto.
- A quienes han tenido contacto con la policía, aunque sea por delitos o infracciones menores (manejar sin licencia, tener una luz del carro fundida o conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas o drogas).
- A personas que ya tienen una orden de deportación, pero aún están viviendo en EUA.
Importante saber:
- No todas las policías estatales y locales colaboran con ICE. Depende del estado o del condado (revisar mapa; sujeto a cambios).
- La custodia de las personas detenidas puede ser transferida a ICE.
- Si tienes dudas sobre tu situación migratoria, es importante que contactes a tu Consulado de México más cercano.
- Conoce y ejerce tus derechos, independientemente de si existe o no un programa 287(g) en donde te encuentras.
Más información
La Sección 287(g) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés) se promulgó como parte de la Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad del Inmigrante de 1996. La Sección 287(g) de INA autoriza al Departamento de Seguridad Nacional (DHS) a establecer acuerdos formales por escrito —conocidos como Memorandos de Acuerdo (MOA)— con agencias policiales estatales o locales, mediante los cuales se designa a ciertos agentes seleccionados para llevar a cabo funciones específicas propias de agentes federales de migración.
Características del Programa
Este programa opera bajo tres esquemas principales:
- Aplicación en Cárceles y Centros Penitenciarios (Jail Enforcement Model - JEM)
- Este modelo autoriza a oficiales locales, previamente capacitados y certificados por ICE, a identificar y procesar a personas extranjeras que se encuentran detenidas en cárceles locales por cargos criminales activos o pendientes.
- Los oficiales pueden interrogar a los detenidos sobre su estatus migratorio y emitir detenciones administrativas (detainers) para retenerlos hasta 48 horas adicionales, facilitando su transferencia a ICE para procedimientos de deportación.
- Programa de Oficiales de Órdenes de Arresto (Warrant Service Officer - WSO)
- En este programa, ICE capacita y autoriza a oficiales locales para ejecutar órdenes administrativas de arresto dentro de las instalaciones carcelarias de su jurisdicción. A diferencia del modelo JEM, los oficiales en el programa WSO no están autorizados a interrogar a los detenidos sobre su estatus migratorio; su función se limita a ejecutar las órdenes emitidas previamente por ICE.
- Grupo de fuerza operativa (Task Force Model - TFM)
- Este modelo permite a los oficiales locales y estatales dotar de atribuciones operativas en materia migratoria limitada durante sus funciones policiales rutinarias, como patrullajes o puntos de control.
- Bajo la supervisión de ICE, estos oficiales pueden identificar a personas que no cuenten con una situación migratoria regular y colaborar en su detención.
Al 30 de mayo de 2025, el Observatorio de Leyes y Medidas Antiinmigrantes tiene registrados 635 acuerdos 287(g) con cobertura en 40 estados:
- 100 acuerdos de Aplicación en Cárceles y Centros Penitenciarios (Jail Enforcement Model - JEM) en 25 estados
- 228 acuerdos del Programa de Oficiales de Órdenes de Arresto (Warrant Service Officer - WSO) en 31 estados
- 307 acuerdos del Grupo de fuerza operativa (Task Force Model - TFM) en 30 estados
La información en esta sección se actualizará de manera mensual. Si requieres más información o tienes alguna duda en torno a la aplicación del programa 287(g) en donde resides, contacta al Consulado de México más cercano.

