REQUISITOS REQUISITOS PASAPORTE PRIMERA VEZ Mayores de 18 años
* Si el Acta de Nacimiento fue expedida por el Registro Civil en México, el registro debe haberse efectuado durante los primeros tres años en que tuvo lugar el nacimiento; de lo contrario será considerada como acta extemporánea, por lo que el interesado tendrá que presentar además alguno de los documentos complementarios. Las mujeres casadas que presenten en su identificación únicamente el apellido del cónyuge, se deberá presentar acta de matrimonio que vincule la asignación del apellido del cónyuge en la identificación, para comprobar que se trata de la misma persona. En caso de presentar certificado de matrimonio estadounidense, este tendrá que ser emitido por la Oficina de Vital Records del Departamento de Salud y Servicios para Personas Mayores de Missouri, o la Clínica de Vital Statisctics del Departamento de Salud y Medio Ambiente de Kansas.
3 Años - 74.00 USD 6 Años - 101.00 USD 10 Años - 136.00 USD MENORES DE EDAD Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD Además de cumplir con los requisitos anteriores, deberán comparecer ambos padres o tutores legales con el menor.
Los menores de edad pueden presentar una de las siguientes identificaciones:
* Condados de Texas, Beaver, Harper, Woods, Alfalfa, Ellis, Woodward, Mayor, Roger Mills, Dewey, Blaine, Kingfisher, Custer, Canadian, Beckham, Washita, Caddo, Grady, Greer, Harmon, Kiowa, Comanche, Stephens, Jefferson, Cotton, Tillman, Jackson. Si uno de los padres o tutores no puede comparecer en el Consulado porque se encuentra en una ciudad distinta, puede otorgar su consentimiento mediante:
Documentos complementarios para Actas de Nacimiento Extemporáneas: I. Copia certificada del acta de matrimonio de los padres expedida por la oficina del registro civil mexicano, si éstos contrajeron matrimonio en territorio nacional antes del nacimiento del solicitante;
II. Copia certificada del acta de nacimiento de un hermano mayor, expedida por la oficina del registro civil mexicano, siempre y cuando éste haya nacido en territorio nacional y registrado dentro de los tres años posteriores al nacimiento;
III. Copia certificada del acta de nacimiento del padre o madre mexicano, expedida por la oficina del registro civil mexicano, si fueron registrados dentro de los tres años posteriores al nacimiento;
IV. Documento expedido por la autoridad migratoria de la fecha de internación al país de la madre extranjera, si ésta ocurrió antes de la fecha de nacimiento del interesado.
INFORMACIÓN QUE USTED DEBE CONOCER Todos los documentos que se entreguen para el trámite de pasaporte, deberán ser legibles y encontrarse en buen estado sin mutilaciones, tachaduras, enmendaduras, deterioro o alteración que impida tener certeza jurídica de su validez. Cuando existan inconsistencias o irregularidades en la documentación o información presentadas, el Consulado está facultado para verificar su autenticidad ante la autoridad emisora y podrá requerirle pruebas adicionales que demuestren fehacientemente su nacionalidad e identidad. La verificación ante la autoridad emisora está supeditada al tiempo de respuesta de cada autoridad, por lo que la expedición del pasaporte quedará sujeta al tiempo que ocupe este proceso.
|