¿Qué puedo hacer si un familiar intentó cruzar a los Estados Unidos y no he tenido comunicación con él?
Llama al Centro de Atención y Asistencia a Mexicanos (CIAM) al teléfono 520-623-7874. Los operadores te pedirán la mayor información posible de tu familiar y harán una búsqueda con distintas autoridades y te orientarán sobre qué pasos debes seguir.
Si un familiar fue detenido por la policía, ¿qué puedo hacer?
- Si tu familiar se comunica contigo, infórmale sobre su derecho a contactar al Consulado para que le oriente sobre su situación legal.
- Dependiendo de la condena que reciba, es probable que después de cumplir con ésta, pase a custodia de las autoridades de migración.
- Una vez estando bajo la custodia de las autoridades migratorias, se recomienda que no firme ningún documento que no entienda o sin la asesoría de un abogado.
- Los detenidos por migración no tienen derecho a un abogado público o defensor de oficio, por lo que deben contratar los servicios de un abogado privado o de una organización que esté en posibilidades e tomar su caso.
¿Qué puedo hacer si un familiar intentó cruzar a los Estados Unidos y no he tenido comunicación con él?
Llama al Centro de Atención y Asistencia a Mexicanos (CIAM) al teléfono 520-623-7874. Los operadores te pedirán la mayor información posible de tu familiar y harán una búsqueda con distintas autoridades y te orientarán sobre
¿Necesito estar legalmente en Estados Unidos para acercarme al Consulado?
El único requisito es ser mexicano(a). El Consulado y su Departamento de Protección trabajan para garantizar que los derechos de los mexicanos sean respetados, independientemente de su condición migratoria.
¿El Consulado puede sacar a mi familiar de la cárcel?
No. El Consulado de México puede verificar que el proceso sea justo, y que los derechos de la persona involucrada, y su integridad física sean garantizados. Sin embargo, el proceso jurídico y la sentencia impuesta por las cortes federales se deben cumplir.
Si fui detenido en Estados Unidos o un familiar fue detenido, ¿Cómo recuperar las pertenencias?
Las autoridades migratorias en esta ciudad nos han informado que, para estar en posibilidades de ubicar y entregar pertenencias retenidas al momento de detener a una persona, es necesario contar con uno de los siguientes requisitos:
- El recibo entregado a la persona al momento en que se le retuvieron las pertenencias.
- El número de la bolsa de resguardo en la que fueron depositadas las pertenencias.
- El número de caso (llamado “número de incidente”) de la detención correspondiente. Este número se puede encontrar tanto en los documentos entregados a los connacionales al momento de su detención como en los documentos que se les entregan a su salida de Estados Unidos.
Es de suma importancia que el propio interesado envíe el Formato de Recuperación de Objetos Personales, el cual el Consulado les entregará dentro de la Corte Federal, y mismo que deberá ser enviado desde el centro de detención donde se encuentra al Consulado.
¿Tengo que programar una cita para asuntos de protección?
No, el departamento de protección trabaja de 8:00 am a 5:00 pm, y no es necesario agendar una cita para ser atendidos. Adicionalmente, los servicios brindados son gratuitos.