Protección a menores

 

El Departamento de Protección puede ayudar a los connacionales en casos de procesos de custodia, adopción, pensiones alimenticias o de sustracción internacional de menores. La ayuda se brinda mediante orientaciones o canalizaciones con abogados especialistas que trabajan de manera estrecha con el Consulado.

 Sustracción internacional de menores

 Normalmente, la sustracción ocurre cuando uno de los padres, sin la autorización del otro padre (quien también ejerce derechos de custodia efectivos), traslada a su hija o hijo a un país distinto al de su residencia habitual. De igual manera, existe una retención ilícita cuando, aún con la autorización de ambos padres, el menor excede el tiempo de dicha autorización en su estancia en el país que es distinto al de su residencia habitual.

 Adopciones internacionales

 Se entiende por adopción internacional al proceso que emprenden personas que residen en un país y desean adoptar a un menor de edad que reside en otro país. El marco legal para este proceso legal se encuentra principalmente en el Convenio de La Haya de 1993, relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en Materia de Adopción Internacional.

 Una parte importante de los procesos en la que puede ayudar el Consulado consiste en solicitar la elaboración de un estudio socio-económico en el Estado de origen de México, a fin de que las partes del juicio puedan conocer las condiciones de vivienda en México de la familia que pretende adoptar a un menor. Lo anterior se hace mediante la red de Representaciones Consulares y Delegaciones Foráneas que tiene la Secretaría de Relaciones Exteriores dentro y fuera del territorio nacional.

 Pensiones alimenticias internacionales

 Se trata de los casos en los que la persona deudora y acreedora de una pensión alimenticia residen en países diferentes. En estas situaciones, el Consulado de México puede ayudar como facilitador en la recepción y envío de la recuperación de pensiones en el país de residencia de la persona deudora.

 Custodia internacional

 Son aquellos procesos en los que debe determinarse la custodia de los menores que permanecen en un país y sus padres o las personas que tienen derechos sobre ellos residen en otro país, o bien, pretenden trasladarse a otro país. Estos casos incluyen a los menores bajo tutela del Estado, que se refieren a aquellas situaciones donde existe negligencia o abandono por parte de los padres o tutores, y los Estados deben intervenir para garantizar el bienestar de los menores. En tales casos, las autoridades de bienestar infantil pueden iniciar procedimientos para obtener la custodia temporal o permanente de los menores, al tiempo que buscan familiares de los menores que puedan obtener su custodia.

 En estos casos, el Consulado puede realizar las siguientes gestiones:

  •      Comunicarse con los trabajadores sociales con el objetivo de obtener información sobre el estado que guarda el caso de custodia.
  •          Asistir en la búsqueda de opciones para que los menores regresen al lado de sus padres u otros familiares, de ser posible.
  •         Trabajar con el Sistema Integral para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) para que se lleven a cabo los estudios socioeconómicos necesarios para que permitan a los padres o familiares que se encuentran en México ejercer la custodia de los menores.

 Cabe destacar que la decisión sobre los procesos de custodia de menores recae en los jueces estadounidenses en la materia. El Consulado solamente se cerciora que el proceso se apegue a derecho y, sobre todo, que se cumpla en todo momento el interés superior del menor en cuestión.