LABORAL

 

 

·         Orientación en casos de lesiones laborales

·         Orientación en casos de salarios no pagados

 

 

 

 

 

 

Orientación en casos de lesiones laborales

 

Objetivo: Interceder ante las autoridades locales a favor de las personas mexicanas que hayan sufrido una lesión o accidente en su lugar de trabajo. En los casos de aquellos mexicanos que sufren lesiones y que desean recurrir a un juicio para obtener una indemnización, el Consulado los canaliza con las autoridades correspondientes para proceder legalmente.

 

El Consulado no puede representar a las personas mexicanas en un juicio ni ante autoridades, ni puede cubrir el costo del proceso legal. La asesoría brindada por el Consulado es de carácter informativo y en ningún caso sustituye la asesoría legal de un representante legal o abogado. La contratación de un abogado (incluidos los abogados consultores y del PALE), constituye un convenio entre particulares. El Consulado da seguimiento al caso para vigilar del debido proceso pero no es responsable ni puede modificar el resultado de procesos legales.

 

El Consulado no tiene la capacidad de hacer peritajes sobre la gravedad y causa de las lesiones, modificar sentencias ni fijar montos de indemnizaciones.

 

Requisitos:   a) Que la persona repatriada sea de nacionalidad mexicana.

                        b) Que la persona solicite o acepte expresamente la protección y asistencia.

c) Presentar la documentación requerida y cumplir con las disposiciones establecidas.

 

 

(Fuente: Guía de procedimientos de protección consular / Dirección de Protección a Mexicanos en el Exterior. México. Secretaría de Relaciones Exteriores, Dirección General de Protección a Mexicanos en el Exterior, 2013, 95 pp.)

 

 

 

Orientación en casos de salarios no pagados

 

Objetivo: Interceder ante autoridades locales a favor de personas mexicanas que no hayan recibido salarios por parte de sus patrones o recibieron menos de lo establecido por la ley. En aquellos casos en que la persona mexicana desee interponer una queja, puede recibir orientación del Consulado y ser referido a las autoridades locales correspondientes.

 

El Consulado no puede representar a las personas mexicanas en un juicio ni ante autoridades, ni puede cubrir el costo del proceso legal. La asesoría brindada por el Consulado es de carácter informativo y en ningún caso sustituye la asesoría legal de un representante legal o abogado. La contratación de un abogado (incluidos los abogados consultores y del PALE), constituye un convenio entre particulares. El Consulado da seguimiento al caso para vigilar del debido proceso pero no es responsable ni puede modificar el resultado de procesos legales.

 

Requisitos:   a) Que la persona repatriada sea de nacionalidad mexicana.

                        b) Que la persona solicite o acepte expresamente la protección y asistencia.

c) Presentar la documentación requerida y cumplir con las disposiciones establecidas.

 

 

(Fuente: Guía de procedimientos de protección consular / Dirección de Protección a Mexicanos en el Exterior. México. Secretaría de Relaciones Exteriores, Dirección General de Protección a Mexicanos en el Exterior, 2013, 95 pp.)