CIVIL

 

 

·         Menores en custodia del estado

·         Orientación sobre demandas civiles

·         Pensiones alimenticias

 

 

 

 

 

 

Menores en custodia del estado

 

Objetivo: Orientar y ayudar a las personas mexicanas en casos en los que las autoridades estadounidenses tengan la custodia temporal de un menor de nacionalidad mexicana que no esté acompañado de sus padres o de aquellas personas que posean su custodia legal. Estas situaciones pueden originarse porque el menor sea detenido, viaje sin compañía de quienes ostenten su custodia o porque sus padres hayan sido detenidos.

 

Requisitos:   a) Que la persona sea de nacionalidad mexicana.

                        b) Que la persona solicite o acepte expresamente la protección y asistencia.

c) Presentar la documentación requerida y cumplir con las disposiciones establecidas.

 

 

(Fuente: Guía de procedimientos de protección consular / Dirección de Protección a Mexicanos en el Exterior. México. Secretaría de Relaciones Exteriores, Dirección General de Protección a Mexicanos en el Exterior, 2013, 95 pp.)

 

 

 

Orientación sobre demandas civiles

 

Objetivo: Brindar orientación general a personas mexicanas que pretendan iniciar una demanda civil en casos de negligencias, daños, entre otros.

 

El Consulado no puede representar a las personas mexicanas en un juicio ni ante autoridades, ni puede cubrir el costo del proceso legal. La asesoría brindada por el Consulado es de carácter informativo y en ningún caso sustituye la asesoría legal de un representante legal o abogado. La contratación de un abogado (incluidos los abogados consultores y del PALE), constituye un convenio entre particulares. El Consulado da seguimiento al caso para vigilar del debido proceso pero no es responsable ni puede modificar el resultado de procesos legales. El Consulado no tiene la capacidad de hacer peritajes sobre la gravedad y causa de lesiones, modificar sentencias ni fijar montos de posibles indemnizaciones.

 

Requisitos:   a) Que la persona sea de nacionalidad mexicana.

                        b) Que la persona solicite o acepte expresamente la protección y asistencia.

c) Presentar la documentación requerida y cumplir con las disposiciones establecidas.

 

 

(Fuente: Guía de procedimientos de protección consular / Dirección de Protección a Mexicanos en el Exterior. México. Secretaría de Relaciones Exteriores, Dirección General de Protección a Mexicanos en el Exterior, 2013, 95 pp.)

 

 

 

Pensiones alimenticias

 

Objetivo: Orientar y ayudar con los procesos de solicitud y gestión de pensiones alimenticias. Los menores de 18 años tienen derecho a recibir de sus padres dinero para cubrir sus necesidades básicas, aun cuando éstos no residan en México.

 

El Consulado no cuenta con los medios para localizar al padre o la madre del menor en cuestión, ni puede obligarles directamente a pagar una pensión alimenticia. El proceso se lleva a cabo a través de las autoridades del país donde resida. El monto y forma en que se realizará el pago de las pensiones serán determinados por el juez competente.

 

Requisitos:   a) Que la persona sea de nacionalidad mexicana.

                        b) Que la persona solicite o acepte expresamente la protección y asistencia.

c) Presentar la documentación requerida y cumplir con las disposiciones establecidas.