Permisos humanitarios


 

¿Qué es un permiso humanitario?

Es una autorización que otorga el gobierno de Estados Unidos para ingresar a territorio estadounidense de forma temporal a personas extranjeras que no cumplen con los requisitos ordinarios de admisión. Este permiso se otorga solamente en casos de emergencia para familiares que requieren tomar decisiones medicas de un ser querido, para asistir a funerales de familiares directos o cuando una persona es requerida por autoridades judiciales para acudir a un juicio.

El permiso humanitario únicamente es concedido a familiares en primer grado (cónyuges, padres, hijos o hermanos) y en todos los casos, el Departamento de Seguridad Interna de Estados Unidos analiza la información y emite una resolución para permitir o negar el ingreso, la cual es inapelable. 

Las autoridades suelen negar el ingreso cuando la persona  solicitante cuenta con antecedentes de procesos migratorios.

Es importante saber que el Consulado de México funge como intermediario entre la persona solicitante y las autoridades estadounidenses, sin embargo, no es responsable del fallo emitido.  

Si necesitas tramitar un permiso humanitario por alguna de las razones antes mencionadas, comunícate con el Departamento de Protección.

 

Contacto:

Tel. de emergencia: 501 952 3462
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José Aguilar Salazar - Encargado Departamento de Protección
Tel. 501 372 6933 ext. 221
Patricia Orozco - Departamento de Protección
Tel. 501 372 6933 ext. 232
Josue Villa - Departamento de Protección
Tel. 501 372 6933 ext. 232