INFORMACIÓN GENERAL
Las personas extranjeras, sin importar su nacionalidad, están obligados a presentar un pasaporte o documento de viaje vigente al momento de ingresar a México, ya sea vía aérea, terrestre o marítima.
Para viajar a México con fines de turismo, negocios o cualquier actividad no remunerada en México que no exceda los 180 días, los nacionales extranjeros deberán considerar lo siguiente:
NO REQUIEREN VISA PARA INGRESAR A MÉXICO:
- Los ciudadanos o residentes permanentes de los siguientes países: Canadá, Estados Unidos de América, Japón, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, cualquiera de los países del espacio Schengen, así como de los países miembros de la Alianza del Pacífico (Chile, Colombia y Perú). Los individuos bajo este supuesto deben presentar sus documentos de residencia junto con sus pasaportes al momento de solicitar ingresar a México. Ambos documentos deben estar vigentes durante toda su estancia en México.
- No requiere visa mexicana si usted cuenta con una visa válida y vigente emitida por Canadá, Estados Unidos de América, Japón, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, o cualquiera de los países que integran el Espacio Schengen. Al ingresar a México deberá presentar su visa válida y vigente junto con su pasaporte. Ambos documentos deben ser válidos durante toda su estancia en México.
Si usted se encuentra en Estados Unidos de América y su visa o residencia ha expirado, pero cuenta con documentos o forma migratoria de estancia legal vigentes, sí requiere solicitar la visa mexicana ya que las tarjetas EAD, formas I-797 A, Advance Parole, formas I-20 ó DS-2019, etc., no son válidas para ingresar a México.
SÍ REQUIEREN VISA PARA INGRESAR A MÉXICO:
Los nacionales de los siguientes países: http://www.inm.gob.mx/gobmx/word/index.php/paises-requieren-visa-para-mexico/
Los extranjeros, sin importar su nacionalidad, que viajan a México por motivos de ocio/turismo y que visitan los puertos marítimos mexicanos en crucero, no están obligados a obtener un visado o sello consular. El pasajero debe llevar un pasaporte válido y vigente.
La visa mexicana le da la posibilidad de presentarse en un puerto de entrada al país pero no garantiza su ingreso. El ingreso está sujeto a la decisión final de la autoridad migratoria. Pulse aquí para más información.
REQUISITOS PARA SOLICITUD DE VISA
A continuación se presentan los requisitos necesarios para solicitar una visa, de acuerdo a la actividad que realizará en México. Las cantidades indicadas están sujetas al tipo de cambio vigente el día de su cita.
Para los menores de edad y personas sujetas a tutela jurídica, deberá considerar la siguiente información:
Todos los trámites de visa requieren presentar el formato de solicitud de visas lleno.
Descárguelo aquí: Español
CITAS
Para el trámite de visas en el Consulado General de México en Miami se atenderá única y exclusivamente con cita previa. Deberá solicitar su cita únicamente por correo electrónico a visasmia@sre.gob.mx. No se hacen citas por teléfono.
En su correo de solicitud de cita deberá indicar la siguiente información:
- Nombre completo
- Nacionalidad
- Correo electrónico y número telefónico
- Motivo o actividad a desarrollar en México y el tipo de visa que solicitará. En caso de oferta laboral, anexar copia escaneada del oficio de autorización del INM conteniendo el NUT.
- Fecha en la que le gustaría asistir a su entrevista consular (deberá de proporcionar al menos tres opciones de fecha). No se agendan citas con menos de 72 horas de anticipación.
El tiempo de respuesta o confirmación una vez que proporcione los datos, será de dos días hábiles. No hay respuestas ni confirmaciones durante los fines de semana y días festivos.
Importante: Las citas para entrevista consular con fines de visado son gratuitas, personales e intransferibles. El consulado no se hace responsable de las citas realizadas por terceras personas o gestores. La cita es responsabilidad del interesado.
VISAS
- Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (turismo, menor a 180 días)
- Estudiante (menor a 180 días)
- Residente temporal - Solvencia económica
- Residente temporal – Ministro de culto o asociado religioso
- Residente temporal – Unidad familiar
- Residente temporal – Por carta invitación
- Residente temporal – Bienes inmuebles en territorio nacional
- Residente temporal – Inversionista
- Residente temporal estudiante (mayor a 180 días)
- Residente permanente – Jubilado/pensionado
- Residente permanente – Unidad familiar
- Oferta laboral (con permiso previo del Instituto Nacional de Migración “NUT”)
- Unidad familiar (con permiso previo del Instituto Nacional de Migración “NUT”)
- Trámite para reposición de tarjeta de residente por robo, extravío o destrucción
- Trámite para solicitar acuerdo de readmisión
- Becario del gobierno de México y/o cooperante
- Oficiales y/o Diplomáticas
- Adopción
Preguntas Frecuentes 
Si aún tiene dudas después de haber leído los requisitos, contáctenos al correo: visasmia@sre.gob.mx.