El día de su cita, por favor llegue a la hora exacta. Únicamente cuenta una tolerancia de 15 min.

 

¿Cuál es la visa de Residencia Temporal Inversionistas?

Es la visa que se otorga a personas extranjeras que pretendan internarse a México como residentes temporales (estancia mayor a 180 días) por haber realizado inversiones en México. 

 

Requisitos y documentación que deben presentar el día de su cita

  1. Solicitud de visa llenada en todos sus campos de forma legible. La firma deberá ser igual a la del pasaporte (enlace para la descarga).

    2. Pasaporte o documento de viaje, en ambos casos vigente en original y copia de la página de datos personales.

    3. Una fotografía con fondo blanco y de frente, con el rostro visible y sin anteojos, a color, las medidas deberán ser de 32 milímetros x 26 milímetros o de 39 milímetros x 31 milímetros.

    4. En caso de ser una persona de nacionalidad diferente a la italiana, deberá presentar el original y una copia simple del documento que acredite su estancia legal en este país “Permesso di soggiorno” (Permiso de Estancia).

    NO SE ACEPTA LA PRESENTACIÓN DEL RECIBO POSTAL DE OTORGAMIENTO DE CITA ANTE LA CUESTURA.

    Las personas de nacionalidad italiana no/no deben presentar ningún documento relacionado con este punto. Si el permiso de estancia o residencia no es italiano, deberá presentar la copia acompañada de una traducción oficial al español debidamente apostillada o legalizada.

    5. Presentar los documentos que lo acrediten como inversionista.
    6. Acreditar la inversión realizada en México mediante la siguiente documentación:
  • Original y copia de la escritura o póliza de la persona moral mexicana otorgada ante Fedatario Público, o documento debidamente certificado por el órgano de administración o funcionario competente de éste, en el que conste que la persona extranjera participa en el capital social de dicha persona moral mexicana, y que el monto de la inversión efectivamente erogado para la participación de la persona extranjera en la persona moral mexicana exceda de veinte mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, (5,576,000.00 pesos o 261.000 euros) lo cual podrá acreditarse, enunciativa mas no limitativamente, mediante contrato de compraventa de acciones o partes sociales, contrato de transmisión de bienes o derechos en favor de la persona moral mexicana o documento expedido por esta última que acredite el monto aportado por concepto de la participación en el capital social, y
  • Original y copia del documento que acredite la titularidad de bienes muebles o activos fijos en favor de la persona moral extranjera, utilizados para fines económicos o empresariales, con un valor que exceda de veinte mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal   (5,576,000.00 pesos o 261.000 euros)
  • Original y copia de la documentación que acredite el desarrollo de las actividades económicas o empresariales en territorio nacional, lo cual podrá acreditarse, enunciativa mas no limitativamente, con contratos, órdenes de servicio, facturas, recibos, planes de negocio, licencias o permisos, y constancia expedida por el Instituto Mexicano del Seguridad Social que acredite que la persona moral extranjera es empleador de al menos tres trabajadores.

NOTAS

  • Si la documentación presentada no ha sido expedida en Italia, los documentos deberán exhibirse apostillados por la autoridad gubernamental del país emisor, si éste es miembro de la Convención de La Haya por la que se Suprime el Requisito de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros. Si el país emisor de documentos no es miembro de la Convención de La Haya en comento, los documentos deberán estar legalizados por la oficina consular mexicana que le corresponda.
  • Los documentos redactados en idioma diferente al español o italiano deben estar acompañados de una traducción oficial al español.
  • Los documentos que se adjunten para acreditar requisitos deber ser legibles.
  • La visa que se expide tiene una vigencia de 180 días y permite múltiples entradas.
  • Los boletos de avión o paquetes de viaje no/no forman parte de los requisitos para el trámite de visa y no condicionan la aprobación o tiempos de expedición. 

Pago de derechos:

La solicitud de visa genera un pago de derechos que se realiza el día de la cita, en efectivo y con el monto exacto (consulte la Tabla de Derechos).

Visa negada:

Si la visa ha sido negada, significa que la decisión es definitiva para su solicitud en esta ocasión; sin embargo, esto NO es un rechazo permanente.  Podrá solicitar una nueva cita para presentar de nueva cuenta su solicitud con los requisitos necesarios. 

En el caso de negativa de visa no se realizará el reembolso, ya que el cobro se efectúa por la recepción y análisis de la solicitud. 

 

INFORMACIÓN DE INTERÉS GENERAL

La visa se entrega el mismo día en que su trámite es autorizado, dentro del horario de atención al público.

No obstante lo anterior, esta Representación cuenta con 10 días hábiles para darle una respuesta sobre su visado, conforme a los lineamientos correspondientes.

La visa no garantiza la internación a territorio nacional. La internación a México está condicionada a la aprobación de la autoridad migratoria en el lugar destinado al tránsito internacional de personas. Para más información, consulta nuestro díptico informativo aquí.

 

Si usted cuenta con toda la documentación para el trámite solicitado, ingrese al portal MICONSULADO para agendar una cita en el siguiente enlace: 

https://citas.sre.gob.mx/ 

Tenga en cuenta que la cita es personal e intransferible.

La entrevista consular requiere la comparecencia física de la persona solicitante. No es posible hacer el trámite a distancia.

El día de su cita la persona solicitante debe acudir sin acompañantes. Para su ingreso debe presentar el comprobante de cita para trámite de visa.

El día de su cita la persona solicitante para su ingreso debe presentar el comprobante de cita para trámite de visa.