REPUDIO DE DERECHOS HEREDITARIOS
Este trámite es para las personas que cuenten con algún derecho de herencia al cual desean renunciar para que pase a favor de los demás herederos.
TRAMITE
1.- Deberá obtener una cita a través de Mexitel al teléfono 1-877-639-4835 o por internet en la siguiente dirección https://mexitel.sre.gob.mx/citas.webportal/
2.- A la cita deberá acudir el interesado con la documentación requerida, y en caso de ser procedente su solicitud deberá realizar el pago de derechos por la cantidad de $115.00 dólares en efectivo.
Posteriormente se procede a redactar el proyecto de repudio, el cual deberá ser aprobado y autorizado por el interesado y por el funcionario consular. Una vez que ha sido aprobado, se imprime y firma.
3.- A los tres días hábiles después de haber firmado, el solicitante o la persona autorizada por éste deberá acudir al consulado con identificación oficial vigente entre las 12:30 y 13:20 horas a recoger el testimonio (repudio).
REQUISITOS
1. Llenar la solicitud de Repudio de Derechos Hereditarios. En caso de que el trámite de la sucesión intestamentario o testamentaria ya haya iniciado se solicita proporcione los datos de relativos a esta, tales como Juzgado y ciudad en donde se está llevando el trámite y número de expediente o en su defecto el número de notaria y el nombre del notario.
1. Presentar una Identificación Oficial Vigente y una copia. Solamente se aceptan como identificaciones válidas para este trámite las siguientes:
· Pasaporte mexicano vigente.
· Matrícula consular vigente.
· Credencial para votar vigente expedida por el Instituto Nacional Electoral antes Instituto Federal Electoral.
· Cartilla Militar Liberada.
· Licencia de conducir o identificación expedida por el Departamento de Vehículos Motorizados de Wisconsin o Michigan. Si el otorgante es mexicano, la identificación presentada deberá tener el nombre completo, con apellido paterno y materno, además deberá acompañar su acta de nacimiento. En el caso de extranjeros, el poder notarial se elaborará con el nombre tal y como aparezca en la identificación.
2. Casos especiales:
Situación del otorgante |
¿Qué requiere? |
Si el otorgante: no sabe leer o no puede leer (en español) y no conoce ni entiende el idioma español |
Requiere adicionalmente una persona con identificación vigente que le sirva como intérprete |
Si el otorgante: es ciego, no sabe o no puede leer o sólo lee en sistema braille, pero habla y entiende el idioma español |
Requiere adicionalmente una persona con identificación vigente que le sirva como lector |
Si el otorgante: es ciego, no sabe o no puede leer (en español) o sólo lee en sistema braille y no habla ni entiende el idioma español |
Requiere adicionalmente una persona con identificación vigente que le sirva como intérprete |
Si el otorgante: es sordo/sordomudo/mudo, puede leer o escribir, no supiere o pudiere leer, si sabe/no sabe leer (en español), si entiende el idioma español |
Requiere adicionalmente una persona con identificación vigente que le sirva como intérprete en lenguaje de señas (en español) |
Si el otorgante: es sordo/sordomudo/mudo, si sabe/no sabe leer (en español o en su idioma) y no entiende el idioma español |
Requiere adicionalmente una persona con identificación vigente que le sirva como intérprete en lenguaje de señas (en su idioma) |
NOTAS ADICIONALES:
· En situaciones excepcionales, se le podrá solicitar documentación complementaria para completar su trámite.
· Todas las fotocopias que se presenten deben leerse claramente y en el caso de la identificación, la fotografía y la firma debe verse claramente. No olvide fotocopiar la parte de la identificación donde aparece la firma.
Si tiene alguna duda o pregunta adicional favor de comunicarse a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.