REGISTRO CIVIL

PODER NOTARIAL

¿QUÉ ES UN PODER NOTARIAL?

Es un instrumento mediante el cual usted confiere poder a una persona, para que en su nombre y representación, realice diversos trámites legales y/o administrativos en México, tales como comprar, vender, escriturar o administrar propiedades; manejar o cancelar cuentas bancarias; representarlo en un juicio, reconocimiento y/o registro de menores; no se termina su validez, a menos que se haga una “Revocación”, fallezca el otorgante o el apoderado, o bien el acto se haya ejecutado (por ejemplo en el caso del divorcio).

TIPOS DE PODERES

Especiales: Se otorga para ser representado en uno o más asuntos determinados y se extingue con la conclusión del asunto. Este tipo de poderes es el que proporciona mayor seguridad al otorgante, ya que el apoderado no puede intervenir en otros asuntos que no sean los específicamente conferidos. Se puede otorgar con o sin limitaciones para los siguiente ámbitos: 

  1. Pleitos y Cobranzas: Sirve para que el apoderado lo represente en toda clase de juicios y para efectuar cobros.
  2. Actos de Administración: Se otorga para que su apoderado administre sus bienes o intereses, por ejemplo cuentas bancarias o negocios.
  3. Actos de Dominio: Sirve para que su apoderado pueda comprar, vender, rentar, donar, hipotecar, etc., bienes inmuebles.

COSTOS DE ACTOS NOTARIALES:

Trámite Costo
Poder Notarial (Persona Física) $173.00 USD
Poder notarial (Persona Moral) $257.00 USD
Testamento $219.50 USD
Testamento para extranjeros $439.00 USD
Renuncia de Derechos Hereditarios $173.00USD
Testimonio Subsecuente (cada hoja) $12.00 USD
Revocación de Poderes $173.00 USD
Convenio sobre Patria Potestad $65.00 USD

 

Una vez impresa y firmada la Escritura, no es posible hacerle cambios ni correcciones, si desea algún cambio será necesario hacer un nuevo trámite y cubrir nuevamente el costo; Por lo tanto es importante que lea detalladamente el documento antes de firmarlo.

COTEJO

Las representaciones consulares de México en el exterior expiden Certificados de cotejo de documentos, destinados a constatar que el personal consular tuvo a la vista documentos públicos o privados mexicanos presentados en original, y cuyas copias son reproducciones fieles de ellos.

Dichos certificados son un recurso adicional para la realización de trámites ante los Departamentos de Motores y Vehículos estatales de EUA, ante el Servicio de Rentas Internas de los Estados Unidos (IRS), así como ante otras instancias extranjeras y nacionales.

Nota importante: El Certificado de cotejo se expide en español, no prejuzga sobre la validez o autenticidad de los documentos presentados, y su aceptación depende enteramente de la oficina ante la que desee presentar el documento consular.

Los requisitos son los siguientes:

  1. La comparecencia personal del poseedor de los documentos SIN REQUERIRSE LA PROGRAMACIÓN DE CITA, con su identificación oficial vigente;
  2. Llenar la solicitud que puede descargar AQUÍ, misma que también le puede ser entregada en el área de Recepción de esta Sección Consular;
  3. Presentar en original el(los) documentos públicos o privados mexicanos cuya copia desea certificar;
  4. Cubrir el pago de $19 dólares por documento el día de su visita. El pago es únicamente con tarjeta bancaria de débito o crédito, excepto American Express. Es importante señalar que un documento, dependiendo de su naturaleza, puede componerse de una o varias hojas y estaría cubierto por la misma tarifa. 

MENAJE DE CASA

Las Embajadas y Consulados de México en el exterior expiden Certificados de lista de menaje de casa tanto a nacionales mexicanos como a ciudadanos extranjeros que se dispongan a residir en territorio nacional, y que deseen trasladar a México sus bienes domésticos que posean en los Estados Unidos. Dichos certificados permiten la importación (por tierra o vía marítima) de las pertenencias, libres del pago de impuestos.

La importación al amparo de tales certificados precisa la contratación de un agente aduanal, que es la persona intermediaria entre el usuario y la autoridad aduanera mexicana. Es importante señalar que el “agente aduanal” es distinto de las autoridades aduaneras; el agente aduanal es la persona que cuenta con una patente otorgada por el gobierno para gestionar ante las autoridades aduaneras el trámite de importación de sus bienes, y, si bien la importación no generaría pago de impuestos, está facultado para cobrar por sus servicios en la forma de honorarios, que son variables.

En el caso de que se hayan contratado los servicios de una compañía de mudanzas y/o empresa transportista, los servicios de un agente aduanal suelen estar incluidos en el contrato respectivo, por lo que únicamente suele bastar hacer la entrega a dicha compañía de los certificados que expida la oficina consular mexicana; se sugiere clarificar este tema con su compañía de mudanza. Si el usuario transportará por su cuenta –vía terrestre– el menaje de casa a México, será necesario contratar a un agente aduanero que preste servicios en el punto fronterizo por el que se importarán los bienes.

Nota importante: los vehículos de motor tales como automóviles, Pick Up, camionetas, motocicletas y similares no/no son sujetos a importación mediante el trámite de menaje de casa, por lo que se deberá consultar a un agente aduanal de su preferencia para saber si dicho vehículo puede ser importado y el costo del procedimiento, impuestos incluidos.

Descargar requisitos aquí