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Se levanta el acta de defunción mexicana de aquellas personas que a su fallecimiento tenían la nacionalidad mexicana; con base en el acta certificada de defunción extranjera que certifique la muerte y sus causas. Si el fallecimiento ocurrió fuera de la circunscripción del Consulado de Nueva Orleans, se requerirá de apostilla (autentificación del documento por parte de la Secretaría de Estado correspondiente).
REQUISITOS PARA REGISTRO DE DEFUNCIÓN:
1.- Acta de defunción expedida por la autoridad correspondiente expedida por la Oficina de “Vital Statistics”.
2.- Comprobante de la nacionalidad mexicana de la persona fallecida e identificación oficial. (Por ejemplo, acta de nacimiento, declaratoria de nacionalidad, pasaporte de la persona fallecida).
3.- Se requiere de la presencia e identificación del declarante y de dos testigos.
4.- Se requiere original y dos fotocopias de todos los documentos antes señalados.
5.- Pago de Derechos: El trámite de Registro de Defunción es gratuito. El costo por Copia Certificada del Acta de Defunción es $19.00 US Dólares cada una.
Después de dos años, también puede solicitar copias certificadas del acta de defunción en:
Archivo Central del Registro Civil del DF
Arcos de Belén y Dr. Andrade
Col. Doctores, 06700
México, D. F.
Teléfonos 5578-7140 y 5578-7143
901 Convention Center Blvd. Suite 119, New Orleans, La. 70130
Tel.: 504-528-3722 Ext. 6250
Fax: 504-528-3724
https://consulmex.sre.gob.mx/nuevaorleans
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El registro de matrimonio celebrado en una Representación Consular, tiene plena validez, por lo que una vez efectuado el trámite no se requiere de ninguna inscripción ante autoridad mexicana o estadounidense.
REQUISITOS PARA CONTRAER MATRIMONIO EN ESTE CONSULADO:
1. Solicitud por escrito expresando su voluntad de contraer matrimonio.
2. Ambos contrayentes deben ser de nacionalidad mexicana.
3. Cada contrayente debe presentar su acta de nacimiento original.
4. Identificación vigente de los contrayentes y testigos: pasaporte o matrícula consular; credencial de elector con fotografía o cartilla del servicio militar; licencia de conducir o identificación del estado.
5. Testigos. Se requieren dos testigos por cada contrayente, deben ser mayores de 18 años.
6. Certificado de Salud firmado por médico titulado, en cual se manifiesta que los contrayentes no padecen enfermedad alguna que sea crónica, incurable, contagiosa o hereditaria. Si el certificado está en inglés, tiene que ser traducido al español.
7. Consentimiento por escrito de las personas que ejercen la patria potestad o tutela. Cuando se trate de matrimonio de menores de 18 años. En dicho caso también deberán aprobar el convenio de capitulaciones y firmar las solicitudes.
8. Acta de defunción del cónyuge fallecido. Si alguno o ambos contrayentes son viudos, acompañar copia certificada del documento. Si el acta de defunción se efectuó en país diferente de México ó Estados Unidos de América, deberá estar apostillada ó legalizada (autentificación del documento por parte de la autoridad correspondiente).
9. Acta de divorcio o de la sentencia de divorcio ejecutoriada conteniendo los puntos resolutivos de la misma, o en su caso, de la nulidad de matrimonio. Si alguno de los pretendientes es divorciado. En caso de que dichos documentos hayan sido expedidos en país diferente a México ó Estados Unidos de América deberán ser apostillados ó legalizados (autentificación del documento por parte de la autoridad correspondiente.
10. Acta Convenio firmado sobre las capitulaciones matrimoniales. (Sociedad conyugal o separación de bienes).
Pago de Derechos:
Ceremonia $64.00 US DLS.
Copia Certificada del acta de matrimonio $19.00 US dls. cada una
Después de dos años, también puede solicitar copias certificadas del Acta de Matrimonio en:
Archivo Central del Registro Civil del DF
Arcos de Belén y Dr. Andrade
Col. Doctores, 06700
México, D. F.
Teléfonos 5578-7140 y 5578-7143
901 Convention Center Blvd. Suite 119, New Orleans, La. 70130
Tel.: 504-528-3722 Ext. 6250
Fax: 504-528-3724
https://consulmex.sre.gob.mx/nuevaorleans
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Actas de Matrimonio
Actas de Defuncion
Recuperacion de la Nacionalidad
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Actuaciones Matrimoniales
El registro de matrimonio celebrado en una Representación Consular, tiene plena validez, por lo que una vez efectuado el trámite no se requiere de ninguna inscripción ante autoridad mexicana o estadounidense.
REQUISITOS PARA CONTRAER MATRIMONIO EN ESTE CONSULADO:
1.- Solicitud por escrito expresando su voluntad de contraer matrimonio.
2.- Ambos contrayentes deben ser de nacionalidad mexicana.
3.- Cada contrayente debe presentar su acta de nacimiento original.
4.- Identificación vigente de los contrayentes y testigos: pasaporte o matrícula consular; credencial de elector con fotografía o cartilla del servicio militar; licencia de conducir o identificación del estado.
5.- Testigos. Se requieren dos testigos por cada contrayente, deben ser mayores de 18 años. Si el testigo conoce a ambos contrayentes entonces sólo es necesario un testigo por cada pretendiente. Si el testigo sólo conoce a uno de los contrayentes entonces se requieren dos testigos por cada pretendiente.
6.- Certificado de Salud firmado por médico titulado, en cual se manifiesta que los contrayentes no padecen enfermedad alguna que sea crónica, incurable, contagiosa o hereditaria. Si el certificado está en inglés, tiene que ser traducido al español.
7.- Consentimiento por escrito de las personas que ejercen la patria potestad o tutela. Cuando se trate de matrimonio de menores de 18 años. En dicho caso también deberán aprobar el convenio de capitulaciones y firmar las solicitudes.
8.- Acta de defunción del cónyuge fallecido.- Si alguno o ambos contrayentes son viudos, acompañar copia certificada del documento. Si el acta de defunción se efectuó en país diferente de México ó Estados Unidos de América, deberá estar apostillada ó legalizada (autentificación del documento por parte de la autoridad correspondiente).
9.- Acta de divorcio o de la sentencia de divorcio ejecutoriada conteniendo los puntos resolutivos de la misma, o en su caso, de la nulidad de matrimonio. Si alguno de los pretendientes es divorciado. En caso de que dichos documentos hayan sido expedidos en país diferente a México ó Estados Unidos de América deberán ser apostillados ó legalizados (autentificación del documento por parte de la autoridad correspondiente.
10.- Acta Convenio firmado sobre las capitulaciones matrimoniales. (Sociedad conyugal o separación de bienes).
Pago de Derechos: Ceremonia $43.00 US DLS., Copia Certificada del acta de matrimonio $13.00 US DLS. cada una
Después de dos años, también puede solicitar copias certificadas del Acta de Matrimonio en:
Archivo Central del Registro Civil del DF
Arcos de Belén y Dr. Andrade
Col. Doctores, 06700
México, D. F.
Teléfonos 5578-7140 y 5578-7143
Horario para tramite de lunes a viernes de 9:00am a 1:00pm. Posteriormente y de comun acuerdo se fijará la fecha y hora del matrimonio en las oficinas del consulado.
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Requisitos:
- Llenar solicitud. (Click para descargar)
- ACTA DE NACIMIENTO DEL MENOR. Debe ser el formato grande, (long form birth certificate). El acta debe contener la ciudad, el condado y la hora en la que nació el niño. No se aceptan versiones cortas (abstracts), debido a que no aparecen todos los datos que se necesitan para el registro. Si el menor nació en otro país diferente a los Estados Unidos de América se deberá presentar el acta de nacimiento “apostillada”.
- IDENTIFICACION OFICIAL VIGENTE DEL REGISTRADO. En original, debe contener nombre completo tal como aparece en su acta de nacimiento. En caso de menores de 7 a 18 años de edad se debe presentar uno de los siguientes documentos: pasaporte estadounidense vigente; ID vigente de cualquier Estado de la Unión Americana; credencial escolar vigente con foto; constancia de estudios oficial debidamente firmada, con el nombre tal y como aparece en el acta de nacimiento. Menores de 6 años: Deberá presentar constancia membretada y firmada por su pediatra conteniendo nombre del menor, fecha de nacimiento, nombre completo de ambos padres (coincidiendo con el acta de nacimiento), dicho documento deberá contar con fotografía reciente del menor -con ropa clara-, y el sello y/o firma del médico cruzando la fotografía sin tapar la cara.
- ACTAS DE NACIMIENTO DE AMBOS PADRES. Si uno de los padres falleció presentar el acta de defunción.
- IDENTIFICACIÓN OFICIAL CON FOTOGRAFÍA VIGENTE DE AMBOS PADRES. Cualquiera de las siguientes: Pasaporte, Matricula Consular, Credencial de Elector, Carta de Naturalización Mexicana, Declaración o Certificado de Nacionalidad Mexicana.
- ACTA DE MATRIMONIO. Obligatoria si están casados por lo Civil. SI NO ESTÁN CASADOS: tendrá que comparecer el padre al Registro Civil de este Consulado y/o Presentar un Poder Especial otorgado ante un Notario Público mexicano o ante una Representación Consular de México en el que conste la autorización del padre para otorgar su apellido al registrado.
- DOS TESTIGOS mayores de edad con identificación oficial vigente.
- AGENDA TU CITA en 💻https://citas.sre.gob.mx o manda un mensaje vía Whatsapp👉 1-424-309-0009 También puedes llamar al 📲1(424)-309-0009
Derechos Consulares:
El trámite de registro de nacimiento y la primera copia certificada son gratuitas, si usted desea copias certificadas adicionales tienen un costo de $19.00 dólares.
Una vez que los niños hayan sido registrados como mexicanos y obtengan sus copias certificadas del acta de nacimiento, es muy importante que los niños viajen a México con sus documentos mexicanos (Por ejemplo: pasaportes o acta de Nacimiento). Cuando regresen a los Estados Unidos, tendrán que utilizar su pasaporte estadounidense.
Preguntas frecuentes:
¿Qué pasa si no se registra a los niños como mexicanos? En caso de viajar a México, los niños ingresarían al país como extranjeros y, por lo tanto, sólo podrían permanecer seis meses en el país. Si prolongaran su estancia por un período de más de seis meses, al regresar a los Estados Unidos, las autoridades migratorias cobrarían una multa por cada día extra de la fecha autorizada. Además, en las escuelas públicas, o cualquier institución pública (como los hospitales mexicanos) los niños tendrán problemas para ser admitidos en virtud de que son extranjeros y estos servicios únicamente son gratuitos para los ciudadanos mexicanos.
¿Qué ventajas obtienen al registrarse como mexicanos? La principal ventaja que le otorgan a sus hijos, es la posibilidad de adquirir una segunda nacionalidad, lo cual significa que ellos podrán vivir en cualquiera de los dos países, gozando de todos los derechos. Es decir, sus hijos podrán elegir en dónde quieren residir, estudiar o trabajar: en México y/o en los Estados Unidos.
¿Y si el padre no puede asistir al registro? Si el padre no se presenta el día del registro, se puede entregar el acta de matrimonio original de los padres y dos copias, siempre y cuando el matrimonio se haya celebrado antes del nacimiento del registrado. Si el matrimonio se efectuó fuera de México o de los Estados Unidos de América, el acta debe estar apostillada.
¿Y si el registrado es hijo de madre soltera? Si el registrado aparece como hijo de madre soltera en el acta de nacimiento estadounidense, no son necesarios los documentos del padre ni su comparecencia, y el registrado llevará los dos apellidos de la madre.
¿Y si la madre no puede asistir al registro? Siempre y cuando se presenten todos los documentos y asista el padre, no es necesario que asista la madre al registro.
¿Y si el registrado es mayor de 18 años? Se necesitan exactamente los mismos requisitos, más dos fotocopias de una identificación oficial vigente del registrado (en donde aparezca nombre, fotografía, y firma). Además, no es necesario que ninguno de los padres asista al registro, siempre y cuando se presente el acta de matrimonio de los padres.
¿Se aceptan actas en mal estado? No se aceptan actas que estén deterioradas (rotas, tachadas o borradas) o que no sean legibles.
¿Y si hay un error o alguna omisión en alguna de las actas presentadas? En caso de errores u omisiones, usted tiene que solicitar primero la corrección ante las autoridades correspondientes.
¿Dónde se apostillan las actas? La apostilla se tramita en la Oficina de la Secretaría de Estado (Secretary of State) del Estado en donde se expidieron las actas. La oficina de la Secretaría de Estado de Luisiana está ubicada en el 8585 Archives Ave. Baton Rouge, LA. 70809. Tel. (225)922-0330, y en el Estado de Mississippi está ubicada en 700 Norte Street, Jackson, MS. 39202. Tel. (601) 359-1615.
El Registro de Nacimiento de sus hijos también lo puede realizar en México. Sólo tiene que seguir los siguientes pasos:
1. Obtener una copia certificada reciente del Acta de Nacimiento de su hijo(a).
2. Obtener la Apostilla en la Copia Certificada del Acta de Nacimiento (forma larga) de su hijo(a):
3. En México traducir el Acta Apostillada al español ante un perito traductor.
Presentarse a la oficina del Registro Civil más cercana a su domicilio con el Acta Apostillada y la traducción, así como con los requisitos de identificación de los Padres que les sean solicitadas.
NOTA IMPORTANTE: Los hijos nacidos en TERRITORIO NACIONAL (dentro de la República Mexicana), siempre deben de registrarse en el lugar de nacimiento.
Dado que los requisitos de los servicios pueden cambiar frecuentemente, se aconseja a los usuarios contactar personalmente a las oficinas de este Consulado para asegurarse que esta información sea exacta antes de realizar cualquier trámite.
IMPRIMIR SOLICITUD DE REGISTRO DE NACIMIENTO
901 Convention Center Blvd. Suite 119, New Orleans, La. 70130
Tel.: 504-558-3722 Ext. 6250
Fax: 504-528-3724
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