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El Testamento es el acto personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos y declara o establece deberes para después de su muerte.

 

TESTAMENTOS PÚBLICOS ABIERTOS:

Se otorga ante el Cónsul, el interesado manifiesta su voluntad y el Cónsul toma nota de ésta.

 

Se deben presentar los siguientes REQUISITOS:

 

TESTAMENTO PÚBLICO CERRADO:

El testamento se presentará en un sobre cerrado y sellado, en presencia de tres testigos ante el titular de la Representación Consular en funciones de Notario Público.

Nota: Los que no saben o no pueden leer, no pueden testar de esta manera.

 

Se deben presentar los siguientes REQUISITOS:

 

TESTAMENTO OLÓGRAFO:

Es el testamento escrito de puño y letra por el testador, que deberá estar totalmente escrito y firmado por él mismo, debiendo señalar el día, mes y año en que lo otorga, asimismo, deberá imprimir su huella digital. Este testamento se hace por duplicado cerrando cada ejemplar en un sobre lacrado.

 

Se deben presentar los siguientes REQUISITOS:

 

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Tienen validez los poderes que se otorgan ante los Notarios Públicos Extranjeros (americanos, etc. )?


En el caso de poderes otorgados ante notarios públicos extranjeros (por ejemplo, del Estado de Luisiana y Mississippi) y que se pretenda surtan efectos en México, deberán aplicarse lo siguiente:

De conformidad con el artículo 140 de la Ley del Notariado para el Distrito Federal, los poderes otorgados fuera de la República Mexicana, una vez legalizados o apostillados y traducidos, en su caso, por perito, deberán protocolizarse para que surtan sus efectos con arreglo a la ley.

Por lo que se recomienda que si tienes la necesidad de otorgar un Poder Notarial que surta efectos en México, este lo realices ante un Consulado Mexicano, ya que los Poderes Notariales otorgados ante el Cónsul Mexicano, surte automáticamente efectos en la República Mexicana; no requiere apostillar el documento, ni llevarlo con un perito traductor, ya que estos son redactados en idioma español y tampoco requiere protocolizarse.   ¡Te ahorras tiempo y dinero!

 

¿Para los poderes relacionados con sucesiones o herencias (de padres, esposos o familiares fallecidos) que necesito presentar?

Deberá proporcionar el nombre completo de la persona que falleció.

 

¿Para los poderes relacionados con cuentas de banco o cajas populares, que necesito presentar?

Deberá proporcionar la razón social del banco (nombre del banco o caja popular) y el número de su cuenta (si es posible traer el estado de cuenta).

 

¿Para poderes relacionados con el registro o reconocimiento de hijos en México, que necesito presentar?

Deberá proporcionar nombre completo, lugar y fecha de nacimiento de los hijos.

 

¿Para poderes relacionados con divorcios, que necesito presentar?

Deberá proporcionar el nombre completo de la esposa o esposo y del abogado que llevará el juicio. (si es posible traer copia del acta de matrimonio).

 

901 Convention Center Blvd. Suite 119, New Orleans, La. 70130

Tel.: 504-528-3722 Ext. 6250

Fax: 504-528-3724

https://consulmex.sre.gob.mx/nuevaorleans