REGISTRO CIVIL 

NACIONALIDAD MEXICANA  -  REGISTRO NACIMIENTO

¿Quiénes tienen derecho a obtener la nacionalidad mexicana?

Las personas en alguno de los siguientes supuestos que establece el artículo 30 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, inciso A, podrán solicitar su registro de nacimiento ante las oficinas consulares:

Capítulo II De los Mexicanos Artículo 30.

La nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o por naturalización.

A) Son mexicanos por nacimiento:

I.-  Los que nazcan en territorio de la República, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres.

II.- Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos, de madre mexicana o de padre mexicano;

III.-Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos por naturalización, de padre mexicano por naturalización, o de madre mexicana por naturalización, y

IV.- Los que nazcan a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas, sean de guerra o mercantes.

Requisitos

  • Original del acta de nacimiento extranjera (birth certificate) de la persona a registrar. 

El acta en formato largo (long form) debe tener la siguiente información:

a) la ciudad, condado, estado y país de nacimiento;

b) nombre hospital de nacimiento,

c) hora y fecha de nacimiento

d) nombre(s) completos del padre y de la madre, que coincidan con las identificaciones oficiales

 

  • Original del documento que acredite la nacionalidad mexicana de los padres (padre o madre):

 

  • Acta de Nacimiento mexicana
  • Certificado de Nacionalidad Mexicana
  • Carta de Naturalización
  • Pasaporte Mexicano
  • Cédula de Identidad Ciudadana
  • Matrícula Consular (con fotografía digitalizada; banda magnética, e identificación holográfica).

 

  • Identificación oficial de las personas que comparecen a realizar el trámite:

 

  • pasaporte estadounidense,
  • pasaporte mexicano,
  • matrícula consular,
  • credencial para votar INE,
  • credencial escolar,
  • licencia o identificación oficial emitida por la autoridad local (DMV),
  • carta de la escuela o del pediatra.

Para el registro de los menores de edad, el trámite puede realizarlo cualquiera de los progenitores (padre o madre). Si el solicitante es mayor de edad (18 años) puede hacer su registro de manera personal.

El trámite no genera pago de derechos conforme a la Ley Federal de Derechos, la primera copia certificada es gratuita. Si se requieren más copias certificadas si causa derechos

La documentación debe estar en buen estado, sin enmendaduras ni tachaduras, toda la información en los documentos deberá verse claramente

ES NECESARIO CUMPLIR CON TODOS LOS REQUISITOS PARA REALIZAR EL TRÁMITE.

ESCANEA LOS DOCUMENTO Y AGENDA UNA CITA, a través de la página web https://www.miconsulado.sre.gob.mx

 

Procedimiento

  1. Entra a la plataforma Mi Consulado    https://www.miconsulado.sre.gob.mx/
  2. Selecciona Agenda tu Cita
  3. Presiona  -  Registro Civil
  4. Presiona Doble Nacionalidad
  5. Presiona Agenda tu Cita
  6. Crea tu cuenta Llave MX (identidad digital) para cargar tu información
  7. Sube tus documentos escaneados en línea y selecciona enviar
  8. Una vez revisada y validada tu información, tu cita será agendada
  9. El día de tu cita, acude a tu Consulado con todos tus requisitos para concluir el trámite y obtener tu registro de nacimiento.