ASUNTOS NOTARIALES
La función notarial consular es de carácter limitado, por consiguiente, los cónsules de México, no desempeñan todas las funciones que efectúa un notario público en territorio nacional. Las funciones autorizadas son:
Poderes;
Revocaciones de poderes;
Testamentos Públicos Abiertos;
Repudio de derechos hereditarios; y,
Autorizaciones que otorguen las personas que ejerzan la patria potestad o la tutela sobre menores o incapaces.
Los actos notariales se emiten a petición de parte, sólo pueden otorgarse cuando vayan a surtir efectos jurídicos en territorio nacional y, no requieren de legalización, apostilla o protocolización alguna para surtir efectos jurídicos inmediatos en nuestro país.
PROGRAMACIÓN DE CITAS PARA SERVICIOS NOTARIALES Para su conveniencia sólo se programarán citas a las personas que lo soliciten al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o dejar mensaje al teléfono 602-242-7398,exts. 235 y 248.
REQUISITOS PARA PODERES NOTARIALES, REVOCACIONES, TESTIMONIOS SUBSECUENTES Y REPUDIO DE DERECHOS HEREDITARIOS ☐ Llenar la solicitud en papel o computadora, puede encontrar la solicitud en el siguiente enlace: SOLICITUD 2024 ☐ Identificación del poderdante o poderdantes NOTA: si usted nació en México, envíe alguno de estos documentos pasaporte mexicano, matrícula consular, credencial de elector, cartilla militar, credencial del IMSS, entre otras. También puede enviar como identificación tarjeta de residencia permanente, visa, permiso de trabajo, licencia de manejo, etc., siempre y cuando el nombre en la identificación sea idéntico al nombre asentado en el acta de nacimiento. ☐ Acta de nacimiento ☐ Acta de matrimonio (en su caso) ☐ Foto de la identificación del apoderado en México ☐ Información adicional. Según sea el trámite que llevará a cabo en México, proporcionar información adicional que pueda ser de utilidad para la redacción del poder notarial. (Favor de revisar la siguiente tabla). TRÁMITE RELACIONADO CON INFORMACIÓN ADICIONAL Propiedades: casa, lote, terreno (vender, comprar, escritura, administrar, etc.) Copia o foto de escrituras, título de propiedad, que contenga la información sobre los datos catastrales: lote, manzana, superficie, límites y colindancias, además del domicilio de la propiedad, así como la información de cómo fue adquirida. Ejido, parcela Certificado parcelario, datos sobre la parcela o ejido. Vehículo Factura, tarjeta de circulación, carta factura, concesión, etc. Cuenta bancaria Estado de cuenta, contrato con el banco, información sobre los números de cuenta, nombre de la institución bancaria o financiera Divorcio -Acta(s) de nacimiento de hijo(s) menores. -Decreto de divorcio emitido por juez fuera de México en casos de homologación de sentencia de divorcio Cobro de seguro de vida -Nombre Institución ante la que se hará el reclamo del seguro, número de póliza. Herencia o sucesiones (intestados) Indicar en la solicitud: -Si acepta o repudia la parte de la herencia que le pueda corresponder -Nombre de la persona fallecida – - Parentesco del fallecido con el interesado Repudio de derechos hereditarios -Nombre de la persona fallecida y parentesco con el interesado Carta de no antecedentes Datos de la autoridad y del estado de la República ante el que se hará el trámite. NOTA: Se recomienda consultar a la autoridad correspondiente si requiere únicamente oficio emitido por este Consulado General, para obtener dicho oficio, escriba: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. Revocación de poder notarial - Copia del testimonio emitido por el notario público en territorio nacional o consulado de México en el exterior. Corrección de Actas del Registro Civil (nacimiento, matrimonio, defunción) - Copia del acta a corregir en la que aparezca el error Menores de edad -Acta de nacimiento del/de los menor(es) Testimonios subsecuentes - Copia del testimonio emitido por este Consulado General IMPORTANTE: Posterior a la revisión de la solicitud y requisitos, podrá requerirse documentación complementaria.
TESTAMENTOS PÚBLICOS ABIERTOS El testamento público abierto es un acto personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos, y declara o cumple deberes para después de su muerte. El testamento es un acto revocable. Cuando se expide un nuevo testamento, se revoca el anterior y, el último otorgado será el válido. Requisitos ☐ Solicitud completa SOLICITUD DE TESTAMENTO 2024 ☐ Identificación del testador/testadora NOTA: si usted nació en México, envíe alguno de estos documentos pasaporte mexicano, matrícula consular, credencial de elector, cartilla militar, credencial del IMSS, entre otras. También puede enviar como identificación tarjeta de residencia permanente, visa, permiso de trabajo, licencia de manejo, etc., siempre y cuando el nombre en la identificación sea idéntico al nombre asentado en el acta de nacimiento. ☐ Acta de nacimiento ☐ Acta de matrimonio (en su caso) ☐ Información adicional. Nombres completos y correctos de: Testigos* Únicamente se requerirán dos testigos para el otorgamiento del testamento, cuando: - El testador así lo solicite - Lo solicite el titular de la OC en funciones de notario público - El testador sea sordo y no sepa o no pueda leer - El testador fuera enteramente sordo - El testador sea ciego Se requerirá de intérprete: - Si el testador: no sabe o no entiende el idioma español - Si el testador: no sabe o no entiende el idioma español y además no puede o no sabe escribir - Si el testador: no sabe o no entiende el idioma español y además no puede o no sabe leer * Los testigos deben ser dos personas designadas por el testador y no podrán ser parientes de éste o los beneficiarios instituidos en el testamento.
CASOS ESPECIALES En los siguientes casos será necesaria la intervención de terceras personas: Si el otorgante: no sabe leer o no puede leer (en español) y no conoce ni entiende el idioma español Requiere intérprete Si el otorgante: es ciego, no sabe o no puede leer o sólo lee en sistema braille, pero habla y entiende el idioma español Sólo requiere lector Si el otorgante: es ciego, no sabe o no puede leer (en español) o sólo lee en sistema braille y no habla ni entiende el idioma español Sólo requiere intérprete Si el otorgante: es sordo/sordomudo/mudo, puede leer o escribir, no supiere o pudiere leer, si sabe/no sabe leer (en español), si entiende el idioma español Sólo requiere intérprete en lenguaje de señas (en español) Si el otorgante: es sordo/sordomudo/mudo, si sabe/no sabe leer (en español o en su idioma) y no entiende el idioma español Sólo requiere intérprete en lenguaje de señas (en su idioma) Importante: Los intérpretes deberán llenar la SOLICITUD 2024 y enviar identificación oficial vigente. En caso de alguna duda o comentario envie un correo electronico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
TESTIMONIOS SUBSECUENTES (COPIAS) Para solicitar copias de un poder (testimonio subsecuente): ☐ Enviar solicitud llena SOLICITUD 2024 ☐ Identificación de la persona poderdante ☐ Copia o foto del poder. Favor de enviar los documentos antes mencionados a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
COSTOS TRÁMITE COSTO Poder Persona Física $168.00 USD (POA granted by an Individual) Poder Persona Moral $251.00 USD (POA granted by a Corporation)(within 20 days) Repudio de Derechos Hereditarios $168.00 USD (Resignation to receive inheritance) Testamento Público Abierto $427.00 USD (Public Opened Will) Revocación de Poder Física $168.00 USD (Revoking a POA by an Individual) Revocación de Poder Persona Moral $251.00 USD (Revoking a POA by a Corporation) Segundo Testimonio (por hoja) $11.00 USD (Second Certified copy) (per sheet) Testamento Público Abierto nacionales mexicanos $213.50 USD
RATIFICACIÓN DE FIRMAS Los cónsules de México no/no tienen facultades para ratificar firmas ni dar fe de hechos. Si usted requiere que algún documento sea firmado para que adquiera validez en México, se sugiere otorgar un poder notarial ante este Consulado para ser representado en dicho trámite en territorio mexicano.
VERIFICACIÓN DE PODERES (INFORMACIÓN PARA NOTARÍAS EN MÉXICO) Requisitos Enviar al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. con copia a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., los siguientes documentos: - Copia digitalizada del Testimonio (poder notarial) elaborado en este Consulado General, a verificar. - Copia de la Patente del Notario Público solicitante - Copia de la identificación con fotografía del notario - Copia digitalizada del Oficio dirigido al Cónsul Adscrito, Armando Manuel Esparza Miranda, firmado por el Notario con la solicitud específica de verificación, elaborado en papel membretado de su notaría.