Visa de Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (Larga duración)

Aplicable a personas extranjeras que deseen internarse a México como visitantes y que no tengan como propósito residir en territorio nacional.

Requisitos

I. Pasaporte o documento de identidad y viaje: Debe ser válido conforme al derecho internacional y estar vigente (presentar en original).
II. Legal estancia: Original del documento que la acredite, en caso de que la persona extranjera no sea nacional del país donde solicita la visa.
III. Documentación complementaria: Presentar los documentos oficiales que acrediten alguno de los siguientes supuestos:
  • Solvencia económica (amplia).
  • Viajero Frecuente.
  • Persona prominente.
  • Familiar de mexicano (cónyuge, concubina, concubinario o figura equivalente).
  • Familiar de persona extranjera residente temporal o residente permanente.
  • Familiar de funcionario o funcionaria diplomático o consular acreditado en México (portador de pasaporte ordinario).
  • Supervisor de empresa extranjera con filial en territorio nacional o personal ejecutivo de oficinas comerciales o empresas mexicanas en el exterior.

Pago de Derechos Consulares

Por la recepción, solicitud y, en su caso, autorización de la visa.

$53.00 USD

¿Cómo solicitar su cita?

Una vez que reúna todos los requisitos necesarios, deberá agendar una cita oficial seleccionando el trámite requerido y la sede de la Embajada o Consulado de México donde se presentará.

Agendar Cita

Información Importante

Contar con una visa no garantiza el ingreso a territorio nacional. Sólo permite que la persona extranjera se presente en el punto de entrada para solicitar su internación al país.

El ingreso a México está condicionado a la aprobación de las autoridades sanitarias y migratorias en los filtros migratorios. Dichas autoridades podrán, en todo momento, realizar una entrevista sobre el motivo de su viaje y verificar los requisitos establecidos en las disposiciones jurídicas aplicables (Art. 37 de la Ley de Migración y Art. 60 de su Reglamento).