Visa de Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (Visa Electrónica)
Aplicable a personas extranjeras de nacionalidades autorizadas que pretendan viajar a México por vía aérea.
Requisitos
| I. | Pasaporte o documento de identidad y viaje: Debe estar vigente, ser válido conforme al derecho internacional y acreditar una nacionalidad permitida para este esquema electrónico. |
| II. | Solicitud digital: Llenar la solicitud de Visa Electrónica proporcionando la información requerida por la autoridad migratoria. |
| III. | Fotografía digital: Imagen del rostro del solicitante (sin lentes, fondo blanco, formato .jpg, .jpeg o .png, con un peso de 2 a 5 MB). |
| IV. | Hoja de datos del pasaporte: Imagen nítida y completa de la hoja de datos del documento (formato .jpg, .jpeg o .png, con un peso de 2 a 5 MB). |
| V. | Medio de transporte: El viaje hacia territorio mexicano debe realizarse obligatoriamente por vía aérea. |
Pago de Derechos Consulares
Efectuado de conformidad con el Artículo 22 de la Ley Federal de Derechos vigente.
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Programar Cita en LíneaInformación Importante
Contar con una visa electrónica aprobada no garantiza el ingreso a territorio nacional. Sólo permite que la persona extranjera se presente en el punto de entrada aéreo para solicitar su internación al país.
El ingreso a México está condicionado a la aprobación de las autoridades sanitarias y migratorias en los filtros migratorios. Dichas autoridades podrán, en todo momento, realizar una entrevista sobre el motivo de su viaje y verificar los requisitos establecidos en las disposiciones jurídicas aplicables (Art. 37 de la Ley de Migración y Art. 60 de su Reglamento).