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- check_circle Formulario. haga clic aquí Usted podrá imprimirlo y llenarlo a mano.
- check_circle Pasaporte válido y vigente en original y copia (vigencia mínima de 6 meses)
- check_circle Fotografía de estudio tamaño cédula: rostro visible y de frente, sin anteojos, a color y fondo blanco.
- check_circle En caso de que él o la solicitante tenga nacionalidad diferente a la guatemalteca deberá presentar original y copia del documento que acredite legal estancia en el país.
-
label_importantVisa 10 añosREQUISITOS PARA TRAMITAR UNA VISA Descripción General:
La visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas con vigencia de 10 años se otorga a personas extranjeras que pretendan internarse en México en la condición de estancia de visitante y que no tengan como propósito residir en territorio nacional. Está dirigido a las personas extranjeras que se encuentren dentro de las siguientes categorías:- radio_button_checked Personas extranjeras con amplia solvencia económica.
- radio_button_checked Viajeros frecuentes.
- radio_button_checked Personas prominentes.
- radio_button_checked Cónyuge, concubina o concubinario de mexicano o residente temporal o permanente.
- radio_button_checked Familiar de residente temporal o permanente.
- radio_button_checked Familiar de funcionario diplomático o consular acreditado en México.
- radio_button_checked Supervisores de una empresa extranjera con filial en México.
- radio_button_checked Personal ejecutivo de filiales u oficinas comerciales de empresas mexicanas en el extranjero.
-
label_important¿Cómo solicitarla?
- Asegúrese de contar con todos los requisitos.
- Programe una cita por cada solicitante en citas.sre.gob.mx o escriba un correo a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Formato para solicitud de cita
- Consulte el video tutorial de apoyo para programar una cita en Cómo solicitar cita
- Comparezca personalmente el día y hora de la cita asignada para entregar la documentación señalada.
- En caso de ser aprobada se le darán indicaciones para la entrega de su pasaporte y visa.
-
label_importantInformación Importante para el solicitante:
- El otorgamiento de la visa supone múltiples entradas a territorio mexicano durante su vigencia, pero no garantiza el ingreso. La autorización de internación es una facultad exclusiva de la autoridad migratoria mexicana en el puerto de entrada respectivo.
- La vigencia de la visa es de 10 años con múltiples entradas, pero con una estancia máxima de 180 días.
- Si el solicitante es dependiente económico (hijo menor o cónyuge) presentar:
- fiber_manual_record Original y copia del pasaporte del titular que demostrará la solvencia económica, el documento que acredita el vínculo familiar (certificado de matrimonio, de unión de hecho o nacimiento según corresponda) emitido por el Registro Nacional de las Personas.
- fiber_manual_record La visa sólo será emitida si el solicitante es menor de 18 años de edad o si la persona se encuentra en estado de interdicción y se encuentra bajo tutela jurídica.
- Los documentos de soporte que los interesados entreguen el día de su cita no serán devueltos independientemente de que la visa sea otorgada o no.
- En caso de considerarlo necesario, se le podrá pedir documentos complementarios.
-
label_importantVisa 6 meses
- Sub-elemento 3
- Sub-elemento 4
| Ingresos MENSUALES a Comprobar para Visa de Turismo (Sin Permiso para realizar actividades remuneradas) | Total a comprobar | Monto en Pesos | Monto en Quetzales |
|---|---|---|---|
| Con empleo: antigüedad mínima un año. | 100 días de SMM durante últimos 3 meses | $ 27,880.00 | GTQ 10,197.89 |
| Sólo por cuenta bancaria: los ingresos no deben bajar en el tiempo requerido del monto descrito. | 300 días de SMM durante últimos 3 meses (visa 6 meses) o durante últimos 6 meses (visa de 10 años) | $ 83,640.00 | GTQ 30,593.66 |
| Estudiantes que trabajen: menores de 25 años inscritos en el año en curso en universidades guatemaltecas, presentar constancia de estudios. | 60 días de SMM durante últimos 3 meses | $ 16,728.00 | GTQ 6,118.73 |
| Por invitación de una empresa o institución: Presentar estados de cuenta de los últimos 12 meses de la empresa o institución que cubrirá los gastos | 1000 días de SMM durante últimos 12 meses | $ 278,880.00 | GTQ 102,008.12 |
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PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL TRÁMITE DE VISAS
Sobre el uso y programación de citas en Línea
¿Necesito una cita para el trámite de visa?
Sí. El sitio oficial para la programación de citas es a través del siguiente enlace: https://citas.sre.gob.mx/
El sistema de citas no me permite llenar los campos/concluir con la programación de la cita ¿qué puedo hacer?
Si usted sigue todos los pasos que deben cumplirse, no debe haber inconveniente para que programe su cita.
Le compartimos el siguiente video informativo para que pueda usarlo de referencia: Tutorial para programación de citas
Mi usuario y correo fueron bloqueados por el portal de citas ¿Cómo me puede apoyar el Consulado a resolverlo?
Los Consulados y Embajadas de México no tienen control o inspección de la plataforma de citas en línea, sin embargo, le compartimos las siguientes advertencias para que las tome en cuenta:
Su cuenta se bloquea por 24 horas si:
- Inició sesión 5 veces en un día; deberá esperar 24 horas para volver a iniciar.
- Se estableció en el paso 1 y realizó varios cambios entre oficinas (otros Consulados) buscando disponibilidad; esto bloquea la cuenta por 24 horas.
Su cuenta se bloquea por mal uso si:
- El usuario genera un proceso de cita del paso 1 al 5 en menos de un minuto.
- El usuario termina sus 5 accesos al día y continúa intentando más veces.
- El usuario invoca los servicios de la aplicación sin pasar por los pasos de manera ordenada y correctamente.
Al programar la cita ingresé información incorrecta ¿puedo cancelar la cita?
No. Una vez programadas las citas, independientemente del trámite que solicite, no pueden cancelarse.
Se recomienda dejar pasar la fecha que programó y volver a agendar una nueva.
Tenga a la mano su pasaporte para ingresar correctamente sus datos.
Cuando intento programar mi cita, me aparece el calendario del mes en blanco ¿Qué significa eso?
Si el calendario del mes correspondiente le aparece en blanco, es que ya no hay fechas disponibles y debe esperar el siguiente mes.
¿Puedo programar una cita familiar en el sistema de citas?
No. Las citas que programe en esta plataforma deben ser gestionadas una por una.
En el mismo sistema encontrará la opción de agregar familiar, con el fin de que todos los miembros del núcleo tengan una cita.
Deseo solicitar la visa mexicana en calidad de turista, pero al programar la cita seleccioné un trámite diferente ¿Aun así puedo asistir a mi entrevista?
No. Recuerde que es importante seleccionar el trámite que requiere correctamente.
Si presenta una cita para un trámite que no corresponde al que requiere no podrá ser atendido.
Sobre el trámite y documentos que debo presentar el día de mi entrevista
¿Cómo puedo llenar el formato de la solicitud?
Debe llenar el formato a mano o digitalmente y presentarlo el día de su cita.
¿Qué tipo de fotografía debo llevar el día de mi solicitud?
Una fotografía tamaño cédula, reciente, de frente con el rostro visible, sin anteojos, sin accesorios en el cabello, a color y fondo blanco.
Después de haber presentado mi solicitud ¿Cuánto tiempo tardan en entregar la visa?
Regularmente son emitidas y entregadas el mismo día por la tarde, sin embargo, de conformidad con la normatividad vigente en materia de expedición de visas, el tiempo establecido es de hasta 10 días hábiles como plazo máximo de resolución, siempre y cuando se haya presentado la documentación de manera completa y satisfactoria.
Existen excepciones para algunos solicitantes, por lo que se recomienda seguir las instrucciones del personal en ventanilla.
Me informaron de que mi visa fue aprobada pero no puedo asistir a recoger mi pasaporte y visa ¿Puedo enviar a un familiar/conocido?
Sí. Se recomienda que el titular del documento mediante un escrito simple, solicite la entrega de su pasaporte con visa a su familiar o conocido.
Quiero volver a solicitar mi visa mexicana porque extravié/sufrí el robo de mi pasaporte con la visa ¿Qué tengo que hacer?
Las visas mexicanas perdidas o robadas no pueden ser reemplazadas, por lo que deberá nuevamente programar una cita y volver a aplicar presentando los documentos señalados en el apartado de requisitos y volver a pagar si es el caso.
El primer paso es acudir a la autoridad competente y levantar la denuncia respectiva por robo o extravío del documento.
Contacte a la Embajada o Consulado que le expidió su visa presentando el reporte policial para dar de baja la visa en comento.
¿El Consulado emite otro tipo de permisos para viajar a México?
No. El único documento que emite el Consulado a un extranjero para visitar México es la visa.
Países y regiones que requieren visa de clic aquí
Países y regiones que no requieren visa de clic aquí
¿Cuánto tiempo de vigencia debe tener mi constancia laboral?
En los casos en los que se requiera este documento, se recomienda que las constancias laborales no superen los 40 días de haber sido emitidas, deben contener firma autógrafa y no digital o escaneada y selladas por su empleador.
Vivo en Unión de hecho y mi pareja se quiere hacer responsable de mi trámite ¿cómo puedo aplicar a la solicitud de visa?
Existen dos posibilidades para emitir la visa bajo este supuesto:
- En el caso de que como concubina o concubinario (sin que exista matrimonio) se encuentre bajo la dependencia económica de su pareja quien es titular de una visa mexicana de visitante con o sin permiso para realizar actividades remuneradas válida y vigente podrá expedirse la visa siempre y cuando acredite el vínculo familiar mediante un certificado de unión de hecho emitido por el Registro Nacional de las Personas.
- Al depender económicamente de su pareja sin que tenga visa mexicana de visitante con o sin permiso para realizar actividades remuneradas deberá presentar los documentos señalados en el apartado de requisitos, así como un certificado de unión de hecho emitido por el Registro Nacional de las Personas que acredite el vínculo familiar.
Soy menor de edad y mis padres no se encuentran en Guatemala ¿Cómo puedo tramitar la visa mexicana?
Cuando los menores acudan solos o con un tercero mayor de edad, deben presentar documento otorgado por la autoridad competente en el que conste la autorización de ambos padres o de quienes ejerzan la patria potestad o la tutela, para que le sea tramitada una visa mexicana y en su caso, expedírsela.
Deseo solicitar la visa mexicana para mi hijo menor de edad, pero el padre/madre no se encuentra presente ¿Cómo puedo tramitar la visa?
Existen dos posibilidades para emitir la visa bajo este supuesto:
- El progenitor 1 que acuda con el menor deberá presentar la autorización notarial reciente del progenitor 2 en donde se haga constar su consentimiento para obtener visa mexicana.
- En el caso de niñas, niños o adolescentes cuya patria potestad sólo corresponda a uno de los padres por sentencia judicial, deberá presentarse copia certificada (no mayor a 6 meses) del documento oficial que así lo determine.
- Si alguno de los progenitores falleció, debe adjuntar el certificado de defunción correspondiente a la solicitud del menor.
El formato de solicitud de visa ante la oficina consular deberá ser firmado por ambos padres o por quien ejerza la patria potestad o tutela en presencia del funcionario o empleado consular.
¿Puede otro familiar que no sean mis padres hacerse responsable de mi trámite de visa?
- Si el solicitante es menor de edad: Los padres o quienes ejerzan la patria potestad podrán presentar la documentación requerida.
- Resto de solicitantes: El propio interesado, el cónyuge o pareja de hecho (si la tiene) o quienes tengan hijos mayores con estabilidad laboral y amplia solvencia.
Puede un amigo/amiga mexicana o familiar enviarme una carta de invitación para solicitar mi visa mexicana?
No. La Visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas mediante carta de invitación será tomada en cuenta únicamente cuando sea emitida por organización o institución mexicana pública o privada en la que se invite a participar en alguna actividad no remunerada en territorio nacional.
Tengo 21 años, soy estudiante y actualmente no tengo empleo, pero dependo económicamente de mis padres ¿Cómo puedo aplicar a la solicitud de visa mexicana?
En el caso de los solicitantes mayores de 18 años, deberán acreditar su propia solvencia presentando la documentación señalada en el apartado de requisitos de Visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas, salvo los casos de solicitantes mayores de edad en estado de interdicción con representación legal.
Tengo 24 años y fui aceptado/aceptada en una universidad para cursar estudios de educación superior ¿Qué tipo de visa necesito?
Quienes han sido aceptados en alguna universidad para cursar estudios de educación superior solicitarán la Visa de Residente Temporal Estudiante.
Los solicitantes podrán aplicar bajo el amparo de sus padres siempre que tengan hasta 25 años de edad.
¿Puedo delegar a un tercero para que realice mis trámites de solicitud de visa?
No. El Consulado no se hace responsable de lo que tramitadores, gestores o agencias de viaje puedan informarle sobre un trámite de visa ya que estos son estrictamente personales.
Crear el expediente y acudir a su entrevista es su responsabilidad.
Tengo dos nacionalidades ¿Cuál debo usar para solicitar mi visa?
Puede presentar la solicitud de visa con la nacionalidad de su elección, sin embargo, si usted está solicitando una visa por Oferta de Empleo, deberá utilizar el pasaporte de la nacionalidad con la que se gestionó y autorizó el NUT ante el Instituto Nacional de Migración ya que de lo contrario no se podrá continuar con el trámite.
Me gané un viaje con todos los gastos pagados a México ¿Puedo aplicar a la visa solo presentando los boletos de avión y las reservas?
No. Los boletos aéreos, reservas o paquetes vacacionales que adquiera por su cuenta o como premios NO son parte de los requisitos para expedir una visa de visitante y tampoco son garantía de que se le emita una visa.
Solicité los servicios de un tramitador y me indicó que solo debo presentar mi pasaporte para mi aplicación de visa mexicana ¿es verdad?
No. El consulado no se hace responsable de lo que pueda informarle un tramitador, gestor o agencias de viaje.
Revise los documentos a presentar según lo señalado en el apartado de requisitos para una visa de visitante con o sin permiso para realizar actividades remuneradas.
Soy guatemalteco/guatemalteca y trabajo para una empresa extranjera, toda la documentación está en el idioma de ese país ¿Existen inconvenientes al presentar mi solicitud?
No, siempre y cuando la documentación original que presente también esté acompañada de la respectiva traducción, apostilla o legalización por las instancias correspondientes del país extranjero que los emite.
Si no es el caso no se continuará con su trámite.
Soy extranjero y no programé la cita en mi país de origen ¿Puedo solicitar la visa mexicana en alguna de las Representaciones Consulares de Guatemala?
Sí. Siempre que presente original y copia del documento que acredite su legal estancia en Guatemala mediante el sello de entrada, así como acreditar solvencia según los documentos señalados en el apartado de requisitos para visa de visitante con o sin permiso para realizar actividades remuneradas.
Debe tomar en cuenta que los documentos provenientes del extranjero en idioma distinto al español requieren traducción y su debida apostilla o legalización.
¿Debo realizar el pago de la visa antes de asistir a mi entrevista?
No. El pago de la visa lo realizará única y exclusivamente en ventanillas autorizadas por instrucción del personal consular.
¿Un adulto mayor de 65 años requiere una cita?
No. Podrá presentarse de lunes a viernes de 8:00 a 12:00 horas
Sobre el ingreso y estancia en México
¿Cuántos días puedo permanecer en México si voy de turista?
La temporalidad de estancia permitida en territorio nacional será determinada por la autoridad migratoria en el punto de internación y no podrá ser mayor a 180 días.
¿Debo pagar un impuesto si permanezco más de 7 días en México?
Sí, el Instituto Nacional de Migración determinará la tarifa y forma de pago.
¿Es obligatorio que tramite una visa para viajar a México?
Cuando se trate de una visa de visitante para realizar actividades remuneradas (turismo) será necesario que tramite una visa, sin embargo, es importante que sepa que hay países y regiones que están exentos de tramitarla.
Conozca el listado de países que sí requieren visa pulsando aquí
¿Puedo ingresar a México si tengo visa de otro país?
Sí. Los siguientes documentos son una alternativa a la visa mexicana, los cuales el extranjero podrá presentar:
- Documento que acredite residencia permanente en Canadá, Estados Unidos de América, Japón, el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, cualquiera de los países que integran el Espacio Schengen, así como Chile y Colombia.
- Visa válida y vigente de Canadá, de los Estados Unidos de América, Japón, el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte o cualquiera de los países que integran el Espacio Schengen.
- Tarjeta de Viajero de Negocios de APEC (ABTC) aprobada por México (únicamente para ingresos vía aérea y con motivo de viaje negocios).
- Certificado que lo acredite como miembro de la tripulación de la aeronave en que arriba
- Libreta de mar, si es miembro de la tripulación de la embarcación que arriba a puerto mexicano en travesía internacional.
- Si el tripulante arriba por vía área para enrolarse en un buque surto en puerto nacional, deberá presentar además de la libreta de mar, documento que acredite su enrolamiento, los datos de la embarcación y el puerto mexicano en el que ésta se encuentra.
Haré un viaje a otro país y tendré escala en México ¿Aun así necesito visa mexicana?
Sí.
A partir del 22 de octubre de 2023 se deberá cumplir con este requisito si pretende transitar por los aeropuertos internacionales de México; se deberá portar una visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas, independientemente del tiempo que dure tu tránsito aeroportuario.
¿Qué documentos necesito para ingresar a México?
El ingreso a territorio mexicano es previa presentación de los siguientes documentos:
- un pasaporte válido con seis meses de vigencia.
- Un formulario de información turística (FMM) debidamente cumplimentado. Este documento lo proporciona su aerolínea o servicios de migración con antelación.
En el punto de entrada, los funcionarios de migración podrán solicitar documentos adicionales dependiendo del propósito del viaje.
El Consulado no tiene la última palabra y no puede garantizar el ingreso a territorio mexicano, lo cual sigue siendo responsabilidad de las autoridades migratorias.
Si me fue negado el ingreso a México ¿a dónde puedo comunicarme si necesito una aclaración sobre este asunto?
Comunicarse al Instituto Nacional de Migración
- Contacto electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- Módulo electrónico de consultas: http://www.inm.gob.mx/consultas/
- Teléfono: +52 1 55 5387 2400
- Dirección en México: Avenida Homero 1832, Los Morales Polanco, Alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México.
- Caja 11510
- Página Institucional: https://www.gob.mx/inm#1839
¿Puedo viajar a México si mi pasaporte está vencido pero mi visa mexicana sigue vigente?
No. Una visa mexicana válida estampada en un pasaporte vencido sigue siendo válida, a menos que ésta sea cancelada.
Una visa es válida hasta su fecha de vencimiento.
Si tiene una visa mexicana válida en un pasaporte vencido, puede usarla junto con un nuevo pasaporte válido para su ingreso a México.
¿Puedo viajar a México si tengo antecedentes penales?
Recuerde que las autoridades de migración pueden negar su entrada si parece ser objeto de un proceso penal o si ha sido condenado por un delito.
Tome en cuenta que, aunque se le haya aprobado la visa mexicana, el Consulado no puede garantizar su entrada a México, pues la autoridad en los puertos de entrada tiene la prerrogativa exclusiva de autorizar o negar la entrada de cualquier visitante.
Otras consultas
¿Puedo solicitar una visa de readmisión después de la negación en el puerto de entrada a México?
No. La visa de readmisión está reservada para casos de deportación.
¿Puedo viajar con mascotas a México?
Sí.
Sin embargo, aconsejamos visite el siguiente enlace para corroborar información adicional al respecto: https://www.gob.mx/senasica/documentos/si-viajas-con-tu-mascota-194177?state=published
No pude asistir al Consulado el día de mi cita ¿puedo reprogramarla?
Sí. Consulte el calendario disponible en el sistema para reprogramar su cita.
Contacto con el Consulado
¿A qué número puedo comunicarme en dado caso necesite resolver dudas o presentar una consulta sobre el trámite de visa?
No hay atención telefónica sobre este trámite. Las consultas y dudas que tuviera para trámites de visa las puede realizar mediante correo electrónico, mismas a las que se le dará puntual atención y seguimiento.
¿Por cuál medio electrónico puedo consultar o resolver alguna duda con el Consulado?
El Consulado de México en Quetzaltenango atenderá sus consultas o dudas en la siguiente dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
No aplica para el resto de Consulados y Embajadas de México en el resto del mundo.
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REQUISITOS PARA TRAMITAR UNA VISA
Requisitos
- Formulario. haga clic aquí Usted podrá imprimirlo y llenarlo a mano.
- Pasaporte válido y vigente en original y copia (vigencia mínima de 6 meses)
- Fotografía de estudio tamaño cédula: rostro visible y de frente, sin anteojos, a color y fondo blanco.
- En caso de que él o la solicitante tenga nacionalidad diferente a la guatemalteca deberá presentar original y copia del documento que acredite legal estancia en el país.
Elija una de las siguientes opciones para conocer los requisitos específicos:
VISA DE VISITANTE SIN PERMISO PARA REALIZAR ACTIVIDADES REMUNERADAS HASTA POR 10 AÑOS
Descripción General
La visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas con vigencia de 10 años se otorga a personas extranjeras que pretendan internarse en México en la condición de estancia de visitante y que no tengan como propósito residir en territorio nacional. Está dirigido a las personas extranjeras que se encuentren dentro de las siguientes categorías:
- Personas extranjeras con amplia solvencia económica.
- Viajeros frecuentes.
- Personas prominentes.
- Cónyuge, concubina o concubinario de mexicano o residente temporal o permanente.
- Familiar de residente temporal o permanente.
- Familiar de funcionario diplomático o consular acreditado en México.
- Supervisores de una empresa extranjera con filial en México.
- Personal ejecutivo de filiales u oficinas comerciales de empresas mexicanas en el extranjero.
Ver países que SÍ requieren visa
- Asegúrese de contar con todos los requisitos.
- Programe una cita por cada solicitante en citas.sre.gob.mx o escriba un correo a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Formato para solicitud de cita
- Consulte el video tutorial de apoyo para programar una cita en Cómo solicitar cita
- Comparezca personalmente el día y hora de la cita asignada para entregar la documentación señalada.
- En caso de ser aprobada se le darán indicaciones para la entrega de su pasaporte y visa.
- El otorgamiento de la visa supone múltiples entradas a territorio mexicano durante su vigencia, pero no garantiza el ingreso. La autorización de internación es una facultad exclusiva de la autoridad migratoria mexicana en el puerto de entrada respectivo.
- La vigencia de la visa es de 10 años con múltiples entradas, pero con una estancia máxima de 180 días.
- Si el solicitante es dependiente económico (hijo menor o cónyuge) presentar:
- Original y copia del pasaporte del titular que demostrará la solvencia económica, el documento que acredita el vínculo familiar (certificado de matrimonio, de unión de hecho o nacimiento según corresponda) emitido por el Registro Nacional de las Personas.
- La visa sólo será emitida si el solicitante es menor de 18 años de edad o si la persona se encuentra en estado de interdicción y se encuentra bajo tutela jurídica.
- Los documentos de soporte que los interesados entreguen el día de su cita no serán devueltos independientemente de que la visa sea otorgada o no.
- En caso de considerarlo necesario, se le podrá pedir documentos complementarios.
- Cuando el solicitante no cumpla con los requisitos de la visa, la autoridad consular le prevendrá para que subsane los requisitos omitidos.
- El plazo máximo para resolver el trámite de conformidad con la normatividad vigente en materia de expedición de visas, es de 10 días hábiles.
- El costo de la visa de 10 años es de $52 USD para nacionales guatemaltecos y de $53 USD para terceras nacionalidades con residencia regular en Guatemala. Consultar en ventanilla la forma de pago.
- Se negarán los trámites de solicitud de visa conforme lo dispuesto en el Artículo 43 de la Ley de Migración.
- Solicitantes de 18 años en adelante, deberán acreditar su propia solvencia y demás requisitos.
Para menores de edad, se requiere la presencia de los padres para firmar la solicitud de visa en presencia de la autoridad consular, a reserva de lo siguiente:
- Si uno de los padres no puede presentarse a la Oficina Consular, deberá presentar poder notarial con la autorización del progenitor ausente para requerir visa mexicana en favor del menor y para que viaje a territorio mexicano. El poder notarial deberá acompañarse de copia simple de la identificación de la persona ausente. Ó
- Presentar copia certificada del documento oficial o sentencia judicial que confiera patria potestad a alguno de los padres sobre el menor. Ó
- Cuando se trate de un documento otorgado en un tercer país, deberá ser legalizado o apostillado según sea el caso con traducción cuando el idioma sea distinto al español. Ó
- Si el menor o la persona que requiere de guarda legal acude solo o acompañado por terceros, deberán presentar autorización firmada por fedatario otorgada por sus padres o guardianes legales autorizándolos para obtener la visa.
- Formulario rellenado manuscrito, a máquina o computadora.
- Pasaporte válido y vigente en original y copia (vigencia mínima de 6 meses)
- Fotografía tamaño cédula: rostro visible y de frente, sin anteojos, a color y fondo blanco.
- En caso de que él o la solicitante tenga nacionalidad diferente a Guatemala deberá presentar original y copia del documento que acredite regular estancia en el país.
A continuación, se muestra una lista de opciones, cada una con información detallada sobre la documentación necesaria que deberá presentar para el trámite de solicitud de visa. Por favor elija solo UNA de las siguientes opciones.
Acreditar la solvencia económica presentando la documentación de UNO de los siguientes supuestos:
- Supuesto a) Presentar obligatoriamente los siguientes documentos:
- Documento 1: Constancia original de empleo o de pensión que incluya: puesto, antigüedad mayor a un año y salario mensual igual o mayor a Q.33,669.52
- Documento 2: Comprobantes de salario como váucher, recibos, planillas de pago, firmadas y selladas de los últimos 6 meses y
- Documento 3: Original de estados de cuenta de los últimos 6 meses, firmados y sellados por la institución bancaria, en los que se refleje el ingreso por salario mensual
- Supuesto b) Presentar obligatoriamente los siguientes documentos:
- Documento 1: Original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias de los últimos 6 meses a nombre del interesado con saldo promedio mensual de Q.33,669.52 y
- Documento 2: Carta de referencia bancaria con saldo promedio mensual (Últimos 6 meses) emitida por su banco.
Un viajero frecuente es la persona extranjera que en el plazo de un año haya efectuado tres viajes internacionales que pueda acreditar a través de visas estampadas o sellos de entrada, siempre y cuando no se trate de países limítrofes con Guatemala.
- Presentar Únicamente: Copia de las páginas correspondientes al pasaporte que porta (vigente) que contengan tres visas vigentes o tres sellos de ingreso de control migratorio.
- Presentar Únicamente: Escrito del solicitante acompañado de documentación soporte en la que se señalen las actividades o especialidades con reconocimiento internacional, o bien, que se trata de una persona de reconocido prestigio nacional o internacional u otra persona prominente, o sea científico, investigador, humanista, artista, deportista, o periodista de prestigio nacional o internacional.
Seleccionar UNA de las siguientes opciones según corresponda su caso.
- Si el solicitante es cónyuge, concubina o concubinario de mexicano:
- Documento 1: Original y copia del acta de matrimonio o unión de hecho emitido por el Registro Nacional de las Personas.
- Si el solicitante es hijo de mexicano, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal:
- Documento 1: Original y copia del acta de nacimiento del solicitante.
- Si el solicitante tiene hijo mexicano, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal:
- Documento 1: Original y copia del acta de nacimiento del hijo mexicano.
- Si la persona solicitante es hermano de mexicano, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal:
- Documento 1: Original y copia del acta de nacimiento de ambos.
Nota: Comprobar con original y copia del documento que acredite la nacionalidad mexicana de la persona con quien tiene el vínculo familiar. Acta de nacimiento, credencial de elector o pasaporte mexicano.
Seleccionar UNA de las siguientes opciones según corresponda su caso.
- Si la persona solicitante es cónyuge, concubina o concubinario de la persona extranjera que se encuentre en territorio nacional en la condición de estancia de residente temporal o residente permanente:
- Documento 1: Original y copia del acta de matrimonio o unión de hecho emitido por la autoridad competente del que es originario el solicitante.
- Si la persona solicitante es hijo de la persona extranjera que se encuentre en territorio nacional en la condición de estancia de residente temporal o residente permanente, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal:
- Documento 1: Original y copia del acta de nacimiento del solicitante.
- Si el solicitante tiene hijo extranjero que se encuentre en territorio nacional en la condición de estancia de residente temporal o residente permanente:
- Documento 1: Original y copia del acta de nacimiento del hijo extranjero
- Si la persona solicitante es hermano de extranjero que se encuentre en territorio nacional en la condición de estancia de residente temporal o residente permanente, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal
- Documento 1: Original del acta de nacimiento de ambos.
Nota: Comprobar con original y copia de la tarjeta de residente temporal o de residente permanente vigente, de la persona extranjera que se encuentre en territorio nacional.
Seleccionar UNA de las siguientes opciones según corresponda su caso.
- Si el solicitante es cónyuge, concubina o concubinario de funcionario diplomático o consular acreditado ante el gobierno de México y no pretende residir en territorio nacional:
- Documento 1: Original y copia del acta de matrimonio o unión de hecho emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico.
- Si el solicitante es hijo del funcionario diplomático o consular acreditado ante el gobierno de México y no pretende residir en territorio nacional:
- Documento 1: Original y copia del acta de nacimiento del solicitante.
- Si el solicitante es padre o madre del funcionario diplomático o consular acreditado ante el gobierno de México y no pretende residir en territorio nacional:
- Documento 1: Original y copia del acta de nacimiento del funcionario acreditado.
- Si el solicitante es hermano de funcionario diplomático o consular acreditado ante el gobierno de México y no pretende residir en territorio nacional:
- Documento 1: Original y copia del acta de nacimiento de ambos.
Nota: Comprobar con copia sobre los documentos o carné de acreditación del funcionario diplomático o consular ante el gobierno de México.
Seleccione UNO de los siguientes supuestos según corresponda su caso.
- Supuesto a)
- Documento 1: Original y copia del acta constitutiva o del documento que acredite la constitución legal de la empresa o filial; y original de la carta de la empresa o filial en la que indique expresamente que es un supervisor de ella y que el pago de los servicios que prestará en el país correrá por cuenta de la misma.
- Supuesto b)
- Documento 1: Original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias de los últimos 6 meses a nombre del interesado con saldo promedio mensual de Q.33,669.52 y
- Documento 2: Original y copia del acta constitutiva o del documento que acredite la constitución legal de la filial de empresa mexicana o del documento que acredite la representación comercial; y original de la carta de la empresa u oficina comercial en la que se indique expresamente que es ejecutivo de la misma, o que tiene nombramiento como representante comercial.
VISA DE VISITANTE SIN PERMISO PARA REALIZAR ACTIVIDADES REMUNERADAS HASTA POR -180 DÍAS-
Descripción General
Este tipo de visa es aplicable a personas extranjeras que pretendan internarse en México en la condición de estancia de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas. Algunos ejemplos de actividades permitidas con esta visa de visitante:
- Turismo
- Visitas con familiares o amigos
- Negocios (consultar con socios comerciales, liquidar una propiedad, negociar un contrato, asistir a una conferencia profesional o de negocios)
- Asuntos religiosos (para ministros de culto)
- Asuntos médicos
- Tránsito
- Participación de aficionados en eventos, concursos musicales o deportivos
- Estudios de corta duración (cursos de vacaciones)
Ver países que SÍ requieren visa
- Asegúrese de contar con todos los requisitos.
- Programe una cita por cada solicitante en citas.sre.gob.mx o escriba un correo a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Formato para solicitud de cita
- Consulte el video tutorial de apoyo para programar una cita en Cómo solicitar cita
- Comparezca personalmente el día y hora de la cita asignada para entregar la documentación señalada.
- En caso de ser aprobada se le darán indicaciones para la entrega de su pasaporte y visa.
- El otorgamiento de la visa supone múltiples entradas a territorio mexicano durante su vigencia, pero no garantiza el ingreso. La autorización de internación es una facultad exclusiva de la autoridad migratoria mexicana en el puerto de entrada respectivo.
- La vigencia de la visa es de 180 días y múltiples entradas.
- Si el solicitante es dependiente económico (hijo menor de edad o cónyuge) presentar:
- Original y copia del pasaporte del titular que demostrará la solvencia económica, el documento que acredita el vínculo familiar (certificado de matrimonio, de unión de hecho o nacimiento según corresponda) emitido por el Registro Nacional de las Personas.
- La visa sólo será emitida si el solicitante es menor de 18 años de edad o si la persona se encuentra en estado de interdicción y se encuentra bajo tutela jurídica.
- Solicitantes de 18 años en adelante, deberán acreditar su propia solvencia y demás requisitos.
- Los documentos de soporte (las copias) que los interesados entreguen el día de su cita no serán devueltos independientemente de que la visa sea otorgada o no.
- En caso de considerarlo necesario, se le podrá pedir documentos complementarios.
- Cuando el solicitante no cumpla con los requisitos de la visa, la autoridad consular le prevendrá para que subsane los requisitos omitidos.
- Adultos mayores de 65 años, no se les requerirá acreditar solvencia económica, siempre y cuando comprueben que el propósito del viaje es realizar actividades de turismo.
- El plazo máximo para resolver el trámite de conformidad con la normatividad vigente en materia de expedición de visas, es de hasta 10 días hábiles.
- El costo de la visa es de y $53 USD para terceras nacionalidades.
- Se negarán los trámites de solicitud de visa conforme lo dispuesto en el Artículo 43 de la Ley de Migración.
TIPO DE CAMBIO DE PESO A QUETZAL: 2.7339 CORRESPONDIENTE AL MES DE FEBRERO, 2025
| Ingresos MENSUALES a Comprobar para Visa de Turismo (Sin Permiso para realizar actividades remuneradas) | Total a comprobar | Monto en Pesos | Monto en Quetzales |
|---|---|---|---|
| Con empleo: antigüedad mínima un año. | 100 días de SMM durante últimos 3 meses | $ 27,880.00 | GTQ 10,197.89 |
| Sólo por cuenta bancaria: los ingresos no deben bajar en el tiempo requerido del monto descrito. | 300 días de SMM durante últimos 3 meses (visa 6 meses) o durante últimos 6 meses (visa de 10 años) | $ 83,640.00 | GTQ 30,593.66 |
| Estudiantes que trabajen: menores de 25 años inscritos en el año en curso en universidades guatemaltecas, presentar constancia de estudios. | 60 días de SMM durante últimos 3 meses | $ 16,728.00 | GTQ 6,118.73 |
| Por invitación de una empresa o institución: Presentar estados de cuenta de los últimos 12 meses de la empresa o institución que cubrirá los gastos | 1000 días de SMM durante últimos 12 meses | $ 278,880.00 | GTQ 102,008.12 |
*SMM(Salario mínimo mexicano)
Tipo de cambio de acuerdo con POP/0105/2024.- Tipos de cambio FEBRERO 2025.
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VISA DE VISITANTE SIN PERMISO PARA REALIZAR
ACTIVIDADES REMUNERADAS
Visa de turista por seis meses para nacionales de Guatemala
ADVERTENCIAS
-
La visa obtenida en la oficina consular no garantiza la internación a territorio nacional. La aprobación final corresponde a la autoridad migratoria en el punto de internación.
-
Le recomendamos no hacer planes de viaje a México sin tener posesión de una visa previamente.
Antes de iniciar el trámite de visa, considere:
-
La recepción de documentos se realiza previa cita a través de MI CONSULADO, la cual se deberá programar con anticipación ingresando al sitio https://citas.sre.gob.mx
-
El trámite de solicitud de visa es estrictamente personal y gratuito. El Consulado no reconoce intermediarios.
-
El otorgamiento de la visa está sujeto a la aprobación del funcionario consular.
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La visa por una duración de 180 días es gratuita para los nacionales guatemaltecos. En el caso de nacionales de terceros países, el costo de la visa es de $52 USD.
-
En caso de considerarlo necesario, el Consulado podrá solicitar documentos adicionales.
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Dependientes económicos. Para los efectos de la solicitud de visa, se considerarán dependientes económicos a los padres, hijos menores de 18 años (Independientemente de si son o no estudiantes), cónyuge, concubina o concubinario del solicitante, quien deberá comprobarlo con los documentos que acrediten tales vínculos familiares.
-
Los documentos de soporte que los interesados entreguen el día de solicitud no serán devueltos, independientemente de que la visa sea otorgada o no.
-
El otorgamiento de la visa supone múltiples entradas a territorio mexicano durante su vigencia (Diez años), pero no garantiza el ingreso. La autorización de internación a territorio mexicano es una facultad exclusiva de la autoridad migratoria mexicana en el puerto de entrada respectivo.
-
Las siguientes personas NO requieren visa para ingresar a territorio mexicano (temporalidad menor a 180 días):
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Portadores de visa vigente y válida de Canadá, Estados Unidos, Japón, el Reino Unido de la Gran Bretaña Irlanda del Norte y cualquiera de los países del Espacio Schengen (Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Suecia, Suiza).
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Residentes permanentes de Canadá, Estados Unidos de América, Japón, el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, cualquiera de los países que integran el Espacio Schengen, así como los países miembros de la Alianza del Pacífico (Chile, Colombia y Perú).
DOCUMENTOS INDISPENSABLES
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Pasaporte con vigencia mínima de 6 meses.
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DPI en original y copia
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Fotografía tamaño cédula con rostro visible, sin anteojos, a color y con fondo blanco.
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Formulario de solicitud debidamente llenado.
Comprobantes y/o constancias requeridas. (Elija una de las siguientes opciones y presente los documentos requeridos en original y copia).
l. Sobre ingresos e inversiones
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Estados de cuenta bancarios. Sobre cuentas de ahorro, cheques o inversiones de los últimos 6 meses, firmados y sellados por la institución bancaria, en los que se adviertan ingresos mensuales mayores a Q 11,223.17 en los últimos seis meses o un saldo promedio mayor a Q 33,669.52 por inversiones en los últimos seis meses.
- Carta de referencia bancaria. Sellada y firmada por el banco emisor;
-
Comprobante de ingresos mensuales. En caso de que realice actividad económica independiente, el comprobante deberá ser emitido por un Contador (incluya copia de la identificación, así como del RTU o carné del Perito Contador acreditante).
ll. Sobre ingresos y empleo estable
-
Constancia de empleo estable o de pensión. Debe incluir puesto, antigüedad mayor a un año y monto del salario mensual;
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Comprobantes de salario o ingresos mensuales mayores a Q 11,223.17 (talones o fichas de pago);
-
Estados de cuenta bancarios. De los últimos 6 meses, firmados y sellados por la institución bancaria, en los que se advierta el ingreso por salario mensual;
-
Acuerdo de jubilación cuando se trate de personas jubiladas.
lll. Sobre bienes inmuebles en propiedad y empleo estable
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Escritura del bien inmueble. Registrado a nombre del solicitante, con antigüedad mínima de 2 años y
-
Constancia de empleo estable. Antigüedad mínima de 2 años. Debe especificar: Puesto, antigüedad y sueldo mensual.
lV. Sobre bienes inmuebles en propiedad, inversiones e ingresos
-
Escritura del bien inmueble. Registrado a nombre del solicitante, con antigüedad mínima de 2 años; -
Patente de comercio o documento que acredite propiedad o participación en negocios del solicitante, expedido por la autoridad competente, con antigüedad mínima de dos años; -
Constancia de ingresos. Emitida por un Contador (incluya copia de la identificación, así como del RTU o carné del Perito Contador); -
Registro Tributario Unificado (RTU).
V. Invitación de una organización o de una institución pública o privada.
- Original de la carta responsiva de una organización o de una institución pública o privada que invite a la persona extranjera a participar en algún evento o actividad no remunerada en territorio nacional. La carta deberá contener los siguientes datos:
Nombre completo del solicitante y nacionalidad;
Denominación o razón social de la organización;
Número de registro oficial, según corresponda;
Objeto de la organización o institución privada o pública;
Domicilio completo y datos de contacto de la organización o institución;
Información sobre la actividad que realizará o el proyecto en el que participará la persona extranjera. La actividad de la persona extranjera deberá estar relacionada con los fines de la organización o institución que invita;
Duración estimada o fecha aproximada de terminación de la actividad que realizará;
El compromiso de hacerse cargo de la manutención de la persona extranjera durante su estancia en México y de su retorno a su país de origen o de residencia, y
Copia de identificación oficial con firma y fotografía de quien suscriba la carta responsiva.
- A efecto de acreditar que cuenta con recursos para cumplir la obligación a que se refiere el inciso viii del numeral anterior, la organización o institución privada que invita presentará original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a mil días de salario mínimo vigente para el Distrito Federal, durante los últimos doce meses.
Las instituciones públicas y las instituciones privadas pertenecientes al Sistema Educativo Nacional en México, no requieren acreditar solvencia económica.
- Los documentos con los que la persona extranjera acredite que cuenta con la experiencia, capacidad, habilidades o conocimientos necesarios para desarrollar la actividad para la cual es invitado, en original y copia
Menores de edad
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Para menores de edad, se requiere la presencia de los padres, que presenten original y copia de documento de identificación y que acrediten vínculo familiar con documento oficial.
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Deberá presentar el formato de solicitud de visa, firmado por ambos padres en presencia del funcionario consular. Si uno de los padres no puede presentarse en la Oficina consular, deberá presentar poder notarial con la autorización del padre ausente para requerir visa en favor del menor y para que el menor viaje a territorio mexicano. El poder notarial deberá acompañarse de copia de la identificación del padre ausente que autoriza el viaje del menor.
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En su caso, deberá presentarse copia certificada del documento oficial o sentencia judicial que confiera patria potestad a alguno de los padres sobre el menor. Cuando se trate de un documento otorgado en un tercer país, deberá ser legalizado o apostillado según sea el caso, con traducción cuando se trate de idioma distinto al español.
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Cuando los menores acudan solos o con un tercero mayor de edad, deben presentar documento emitido por fedatario público o por autoridad competente, en el que conste la autorización de ambos padres o de quienes ejerzan sobre ellos la patria potestad o la tutela, para tramitar la visa y para viajar a territorio mexicano.
Estudiantes (Educación superior tiempo completo)
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Constancia de estudios emitida por la institución educativa.
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Constancia de empleo Antigüedad mínima de 1 año. Debe incluir: Puesto, Antigüedad y sueldo mensual, con ingresos mensuales mayores a Q 6,733.90.
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Estados de cuenta bancarios (Últimos 3 meses).
Adultos mayores de 65 años
Si el solicitante de visa de seis meses (turista) es mayor de 65 años y lo acredite fehacientemente, y el propósito es visitar territorio mexicano con fines turísticos, no será necesario acreditar solvencia económica (opciones I a IV de comprobantes o constancias requeridas).
Especificaciones para fotografía
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Rostro Visible.
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Sin anteojos o sujetador de cabello.
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Tamaño pasaporte (Medidas 32x26 Milímetros mínimo y 39x31 Milímetros máximo)
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Fondo blanco.
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A color.
