Requisitos

1. Comparecer personalmente ante la Oficina Consular con cita previamente agendada.

2. Presentar al registrado.

3. Acta de Nacimiento Estadounidense del Registrado (Birth Certificate,), original y 2 copias tamaño carta. En caso de que el acta se haya expedido fuera de los Estados Unidos de América, deberá estar apostillada o legalizada por el país correspondiente, y traducida al español (si se trata de un idioma diferente al inglés). (NO se aceptan las versiones cortas “abstractas”).

4. Identificación oficial vigente del registrado, en original y 2 copias tamaño carta por ambos lados que deberá contener nombre completo tal como aparece en su acta de nacimiento. En caso de menores de 7 a 18 años de edad se debe presentar uno de los siguientes documentos: pasaporte estadounidense vigente; ID de California vigente; credencial escolar vigente con foto; constancia de estudios oficial debidamente firmada, con el nombre tal y como aparece en el acta de nacimiento. Menores de 6 años: Deberá presentar constancia membretada y firmada por su pediatra conteniendo nombre del menor, fecha de nacimiento, nombre completo de ambos padres (coincidiendo con el acta de nacimiento), dicho documento deberá contar con fotografía reciente del menor -con ropa clara-, y el sello y/o firma del médico cruzando la fotografía sin tapar la cara.

5. Acta de Nacimiento de ambos padres, en original y 2 copias tamaño carta. Ambos padres deben comprobar su nacionalidad (mexicana y/o extranjera); sin embargo, para llevar a cabo el trámite, es necesario que por lo menos uno acredite la nacionalidad mexicana.

6. Identificación oficial vigente con foto y firma de ambos padres, original y 2 copias tamaño carta. Mexicanos: Pueden presentar uno de los siguientes documentos de identidad: Pasaporte mexicano vigente; Matrícula Consular de Alta Seguridad vigente; Credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (INE). Si uno de los padres es extranjero, es indispensable que presente su pasaporte extranjero (tipo libreta) vigente. La identificación deberá contener el nombre completo tal como aparece en el acta de nacimiento. Importante: Los mexicanos naturalizados estadounidenses (ciudadanos) deberán presentar el Certificado de Naturalización respectivo.

7. Acta de matrimonio de los padres (de ser el caso), original y 2 copias tamaño carta. (NO se aceptan versiones cortas “abstracts”). En caso que el matrimonio se haya efectuado 6 meses posteriores al nacimiento del registrado, o no estén casados, el padre deberá, de manera forzosa, comparecer el día del registro. Si el padre NO puede comparecer a la cita, deberá presentar un Poder Especial (no carta notariada) expedido por Notario Público en territorio mexicano o en algún Consulado de México en el que el padre reconozca la paternidad y otorgue el poder para que se registre en este Consulado General. Si el padre falleció –o no está disponible- y no contrajeron matrimonio antes del nacimiento de la persona a registrar, el registro de nacimiento NO procede en el Consulado. En este caso, podrá solicitar la inscripción del acta de nacimiento extranjera en cualquier Oficina del Registro Civil en México, para lo cual deberá contactar a dichas oficinas para solicitar los requisitos. A este acto se le denomina “Inscripción Nacimiento ocurrido en el Extranjero”.

8. Acta de Defunción de padres (si aplica).

9. 2 Testigos con identificación vigente (no puede ser padres).