Las funciones notariales que se desempeñan en el Consulado, se realizan a través de los siguientes actos:

1. PODER NOTARIAL

El poder notarial es el instrumento, a través del cual, una persona llamada “poderdante” autoriza a otra llamada “apoderado” para realizar los actos que éste le encargue. El poder se otorga en escritura pública y este documento comúnmente recibe el nombre de poder notarial.

Los diferentes poderes notariales son:

A. Generales

Poder General para Pleitos y Cobranzas. Sirve para que el apoderado represente al poderdante en juicios, efectué cobros en su nombre, entre otras cosas.

Poder General para Actos de Administración. Sirve para que el apoderado administre bienes e intereses del poderdante.

Poder General para Actos de Dominio. Sirve para dar facultades de dueño al apoderado, entre otras cosas, éste podrá comprar, hipotecar, donar o vender bienes del o en representación del poderdante.

B. Especiales

Poder especial. Es aquel que se otorga para ser representado en uno o más asuntos específicamente determinados y se termina automáticamente con la conclusión del asunto o asuntos. Este tipo de poder es el que proporciona mayor seguridad al poderdante, ya que el apoderado no puede intervenir en otros asuntos que no sean los específicamente determinados.

 

Citas y requisitos

Para obtener un poder, el interesado debe agendar una cita a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., para lo cual, deberá realizar lo siguiente:

  1. Imprimir y llenar la solicitud a mano y en español (EL TRÁMITE ES PERSONAL POR LO QUE LA SOLICITUD DEBE SER LLENADA EXCLUSIVAMENTE POR LA PERSONA QUE VA A OTORGAR EL PODER).
  2. Sacar una COPIA de su identificación oficial (pasaporte, matrícula consular, INE). En caso de matrícula, INE, o identificaciones oficiales en formato de credencial, deberá fotocopiarla (sin agrandar) por los dos lados, en la misma hoja. Por ningún motivo se aceptarán fotografías de la identificación.
  3. Una vez que se haya fotocopiado la identificación y completado (llenado) la solicitud de actos notariales, se deberán escanear ambos documentos y enviar a la siguiente dirección de correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. 

Una vez enviado el correo, se hará una revisión de los documentos e información proporcionada y se le agendará una cita.

Se debe considerar que:

  • El trámite tarda un mínimo de cinco semanas aproximadamente.
  • La cita durará de 60 a 90 minutos, aproximadamente.
  • La cita es personal por lo cual sus acompañantes no podrán ingresar al Consulado.
  • El día de la cita se deberán pagar los derechos consulares correspondientes de $168.00 usd.

En caso de duda, llamar al teléfono (651) 771 5494, extensión 5303, de lunes a viernes de 3:00 PM a 5:00 PM o enviar un correo electrónico a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

2. TESTAMENTO

El testamento es un acto personal, individual, rectificable y libre, en el cual, una persona capaz determina la forma en que se repartirán sus bienes y derechos después de su muerte.

Es un trámite que requiere de calendarización, por lo que, se deberá realizar lo siguiente:

  1. Solicitar una cita mediante el envío de un correo electrónico a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., o bien al teléfono (651) 771 5494, extensión 5303, de lunes a viernes en un horario de 3:00 PM a 5:00 PM
  2. Llenar y enviar por correo electrónico la solicitud
  3. Sacar una COPIA de:
    Su identificación oficial (pasaporte, matrícula consular, INE). En caso de matrícula, INE, o identificaciones oficiales en formato de credencial, deberá fotocopiarla (sin agrandar) por los dos lados, en la misma hoja. Por ningún motivo se aceptarán fotografías de la identificación.
    Acta de nacimiento
    Acta de matrimonio, en caso de estar casado
    CURP (Clave Única de Registro de Población)
  4. Una vez que haya fotocopiado todos los documentos y completado (llenado) la solicitud, se deberán escanear todos los documentos y enviar a la siguiente dirección de correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

El día de la cita se corroborará que el testador se encuentra en plenitud de facultades mentales para el otorgamiento del testamento.

v. Pagar en efectivo los derechos consulares correspondientes de $427.00 usd (en el caso de testamento para ciudadanos mexicanos, se tendrá un descuento del 50%)

 

Costos

  • PODER NOTARIAL PARA PERSONA FÍSICA:$168.00 USD,
  • PODER NOTARIAL PARA PERSONA MORAL: $251.00 USD,
  • TESTAMENTO $427.00 USD PARA EXTRANJEROS Y $213.50 USD PARA MEXICANOS,
  • SUBSECUENTE TESTIMONIO $11.00 USD C/FOJA.