Registro de Nacimiento | Doble Nacionalidad
¿Quiénes Tienen Derecho a la Nacionalidad Mexicana?
Las personas nacidas fuera de México de padres mexicanos tienen derecho a la nacionalidad mexicana, sin importar dónde hayan nacido sus padres. Al registrar el nacimiento, se obtiene el acta de nacimiento mexicana, lo que acredita la nacionalidad mexicana. Además, quienes obtienen la nacionalidad mexicana mediante el registro de nacimiento conservan su nacionalidad estadounidense.
Requisitos para el registro de nacimiento
- Identificación vigente de la Persona Por Registrar con nombre completo igual a su acta de nacimiento. Pueden ser cualquiera de los siguientes:
- Licencia de conducir vigente o identificación de Utah vigente o pasaporte extranjero vigente.
- Si la persona a registrar acude sin sus padres, debe presentar su pasaporte en formato de libro vigente.
- Solicitud de Registro de Nacimiento. Descargar y completar (llenar) la solicitud (descargar dando clic aquí) (una por cada persona a registrar).
- Acta de Nacimiento de la Persona a Registrar. Presentar el original versión larga en donde aparezca la ciudad en que nació.
- Acta de Nacimiento de los Padres. Presentar el original.
- Identificación Oficial Vigente de los Padres.
- Si son de nacionalidad mexicana: presentar una matrícula consular vigente, pasaporte mexicano vigente o credencial para votar vigente.
- Si son de otra nacionalidad: presentar un pasaporte vigente del país de origen.
- En caso de que la identificación incluya el apellido del cónyuge: también se deberá presentar el acta de matrimonio.
Nota: Se requieren dos copias de cada documento por cada persona a registrar.
Consideraciones Previas al Registro
- En el certificado de nacimiento (certificate of birth) de la persona a registrar, el nombre de los padres debe aparecer tal como está escrito en el acta de nacimiento mexicana, en caso de que alguno de los padres no sea de nacionalidad mexicana su nombre deberá aparecer completo igual a su Acta de Nacimiento Extranjera o pasaporte extranjero. Si aparece fecha de nacimiento de ambos padres deberá ser igual a la que aparezca en las actas de nacimiento de los padres.
- Si uno de los padres no es mexicano, presentar pasaporte de su país de origen o identificación emitida en Estados Unidos y, preferentemente, acta de nacimiento.
- Aunque la persona a registrar sea mayor de edad, se requiere la comparecencia de sus padres. Si el padre no puede acudir, se debe presentar el acta de matrimonio, a menos que no aparezca en el acta de nacimiento local. El matrimonio debe haberse celebrado al menos seis meses antes del nacimiento de la persona a registrar.
- Si el acta de nacimiento de la persona a registrar se emitió fuera de Estados Unidos, se debe apostillar o legalizar, según corresponda, y traducir al español si es necesario.
- Se debe demostrar la hora de nacimiento con el acta de nacimiento o con documentos del hospital.
- Basta con que uno de los padres sea mexicano para tener derecho a la nacionalidad mexicana. Si el padre ha fallecido, se debe presentar el acta de defunción y el acta de matrimonio de los padres. El matrimonio tuvo que haberse celebrado al menos seis meses antes del nacimiento de la persona a registrar.
- Cuando la persona a registrar comparezca por sí misma, debe ser mayor de edad y presentar acta de matrimonio de sus padres (el matrimonio debe ser previo al nacimiento) y su pasaporte vigente.
Proceso de Registro
- Hacer una cita para Registro Civil en el teléfono 1-424-309-0009.
- Reúna los Documentos:
- Prepare los documentos solicitados y haga las copias (un documento por hoja).
- Prepare los documentos solicitados y haga las copias (un documento por hoja).
- Comparezca en persona el Día de la Cita:
- Asistan los padres y la persona a registrar. No necesita testigos.
- Asistan los padres y la persona a registrar. No necesita testigos.
- Obtención del Acta de Nacimiento:
- Al concluir el trámite, se entregará el acta de nacimiento mexicana después de 5 días hábiles.
Importante: La documentación debe estar en buenas condiciones. No se aceptarán documentos rotos, manchados, rayados, enmicados o pegados con cinta.
Costos
El trámite del registro y la primera copia certificada del acta de nacimiento son gratuitos. Si necesita más de una copia certificada, puede solicitar las que desee. El costo por cada acta adicional es de $19 dólares, según la Ley Federal de Derechos para 2025.
Para más información, contacte al Consulado:
Contacto: Gloria Díaz Velasco
Correo electrónico: registrocivilsal@sre.gob.mx
Tel.: 801 521 8502 Ext.: 107
Si cumple con todos los requisitos mande en un correo electrónico a registrocivilsal@sre.gob.mx un archivo pdf con toda la documentación digitalizada para hacerle la revisión y si cumple con todo se le asignara una cita.