La matrícula consular es un documento que expiden las Oficinas Consulares que certifica la nacionalidad e identidad de una persona y que hace constar que se encuentra registrado como mexicano en el exterior.
La matrícula consular sirve para identificarse ante algunas instituciones gubernamentales locales y ante cualquier autoridad mexicana.
La expedición de la matrícula consular se rige por el Reglamento de Matrícula Consular, publicado en el Diario Oficial el 12 de mayo de 2005.
EXPEDICIÓN POR PRIMERA VEZ Toda persona de nacionalidad mexicana por nacimiento o por naturalización podrá obtener una matrícula consular, cumpliendo con los siguientes requisitos. 1. Comparecer personalmente ante la Oficina Consular correspondiente con cita previamente agendada, la cual podrá ser obtenida a través del servicio de atención telefónica Mi Consulado al 1-(424)-309-0009 o en la página web https://www.citas.sre.gob.mx 2. Acreditar la nacionalidad mexicana mediante la presentación en ORIGINAL de alguno de los siguientes documentos: - Acta de nacimiento - Certificado de nacionalidad mexicana - Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento - Carta de naturalización - Pasaporte mexicano vigente 3. Acreditar su identidad, presentado ORIGINAL de alguno de los siguientes documentos oficiales con fotografía cuyos datos deberán coincidir fielmente con los del documento con el que está acreditando su nacionalidad. - Pasaporte mexicano vigente - Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral o por el Instituto Nacional Electoral vigente - Cartilla o Precartilla de identidad del Servicio Militar Nacional - Cédula profesional - Título profesional - Certificado de nacionalidad mexicana - Declaratoria de nacionalidad mexicana - Carta de naturalización - Licencia de conducir de Estados Unidos de América - Identificación oficial emitida por autoridad de Estados Unidos de América - Tarjeta de Residencia de Estados Unidos de América - Certificado de Primaria o Secundaria con fotografía y sello oficial - Boleta certificada de algún año escolar con fotografía y sello oficial - Credencial del IMSS, del ISSSTE o de cualquier otra institución mexicana 4. Presentar de forma impresa la Clave Única de Registro de Población (CURP), el cual podrá consultar aquí. 5. Presentar en ORIGINAL, algún comprobante de domicilio que esté a su nombre. Este comprobante debe indicar todos los datos de la dirección donde radica, es decir, número y nombre de la calle, número interior, ciudad y código postal. 6. Cubrir el pago correspondiente de acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Derechos. Preguntas frecuentes ¿Qué pasa si no tengo ningún comprobante de domicilio a mi nombre? Si usted vive con algún familiar puede traer el acta de nacimiento de su familiar en el que se desprenda el parentesco. Si no vive con algún familiar, usted puede pedirle a algún conocido que le mande una carta a través del correo a su domicilio y presentar dicha carta como comprobante de domicilio. ¿Qué pasa si en mi identificación aparece el apellido de mi cónyuge? Si en su comprobante de identidad aparece el apellido de su cónyuge, deberá presentar el original del acta de matrimonio. De igual manera si desea que en su matrícula consular aparezca el apellido de su cónyuge deberá presentar el original del acta de matrimonio. Se recuerda que en la matrícula consular se asienta el nombre o nombres, primer y segundo apellidos del solicitante. El apellido del cónyuge se incluye en un apartado especial de la matrícula. ¿Dónde puedo obtener los formatos para el trámite de la matrícula consular y de autorización para menores de edad? Usted ya no tiene que llenar a mano ninguno de estos dos formatos. Corresponde al personal de la Oficina Consular llenar dichos formatos con la información que se encuentre en sus documentos y que usted proporcione. Solo tendrá que leerlos cuidadosamente cuando se los den para su revisión y firma. VIGENCIA Todas las matrículas consulares tienen una vigencia de cinco años a partir de día de su expedición. TIEMPO DE ENTREGA Una vez que usted acude a su cita en la Oficina Consular y cumple con todos los requisitos, la matrícula consular es entregada el mismo día de su cita. Sólo recuerde que toma alrededor de dos horas, siempre y cuando el sistema no presente fallas.
RENOVACIÓN Para la renovación o canje de matrícula consular, el interesado deberá cumplir con los siguientes requisitos: 1. Acudir personalmente ante el Consulado General, con cita previamente agendada a través del servicio de atención telefónica Mi Consulado al 1-(424)-309-0009 o en la página web https://www.citas.sre.gob.mx 2. Acreditar la nacionalidad mexicana mediante la presentación en ORIGINAL de alguno de los siguientes documentos: - Acta de nacimiento - Certificado de nacionalidad mexicana - Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento - Carta de naturalización - Pasaporte mexicano vigente 3. Acreditar su identidad, presentado ORIGINAL de alguno de los siguientes documentos oficiales con fotografía cuyos datos deberán coincidir fielmente con los del documento con el que está acreditando su nacionalidad. - Matrícula Consular a renovar 4. Presentar de forma impresa la Clave Única de Registro de Población (CURP), el cual podrá consultar aquí. 5. Presentar en ORIGINAL, algún comprobante de domicilio que esté a su nombre. Este comprobante debe indicar todos los datos de la dirección donde radica, es decir, número y nombre de la calle, número interior, ciudad y código postal. 6. Cubrir el pago correspondiente de acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Derechos ¿Qué pasa si no encuentro mi matrícula consular anterior o me lo robaron? En estos casos usted deberá llenar un formato que le será proporcionado en el Consulado donde asentará las circunstancias que dieron origen a la pérdida de su matrícula consular y presentar toda la documentación requerida como expedición por primera vez. Sin este formato, el sistema no permite la expedición de una matrícula consular nueva. ¿Dónde puedo obtener los formatos para el trámite de la matrícula consular y de autorización para menores de edad? Usted ya no tiene que llenar a mano ninguno de estos dos formatos. Corresponde al personal del Consulado llenar dichos formatos con la información que se encuentre en sus documentos y que usted proporcione. Solo tendrá que leerlos cuidadosamente cuando se los den para su revisión y firma. VIGENCIA Todas las matrículas consulares tienen una vigencia de cinco años a partir de día de su expedición. TIEMPO DE ENTREGA Una vez que usted acude a su cita en la Oficina Consular y cumple con todos los requisitos, la matrícula consular es entregada el mismo día de su cita. Sólo recuerde que toma alrededor de dos horas, siempre y cuando el sistema no presente fallas.
MENORES DE EDAD Se entiende por menor de edad, la persona aún no ha cumplido los dieciocho años (18) y que no haya contraído matrimonio. Para la expedición de matrícula consular a personas menores de edad, los padres o quienes ejerzan la patria potestad o tutela deberán: 1. Comparecer personalmente en compañía de la persona menor de edad ante la Oficina Consular correspondiente con cita previamente agendada, la cual podrá ser obtenida a través del servicio de atención telefónica Mi Consulado al 1-(424)-309-0009 o en la página web https://www.citas.sre.gob.mx 2. Acreditar la filiación del menor de edad con los padres, presentando el acta de nacimiento certificada del menor. 3. Acreditar la nacionalidad mexicana del menor de edad, presentando el ORIGINAL de alguno de los siguientes documentos: - Acta de nacimiento - Certificado de nacionalidad mexicana - Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento - Carta de naturalización - Pasaporte mexicano vigente 4. Acreditar la identidad del menor de edad, presentando el ORIGINAL de alguno de los siguientes documentos: - Pasaporte mexicano vigente - Certificado escolar de educación primaria, secundaria o bachillerato expedido por autoridad escolar mexicana - Boleta certificada de algún año escolar con fotografía y sello oficial, expedida por autoridad escolar mexicana - Credencial de estudiante emitida por la institución educativa local. En caso de que el nombre del menor de edad asentado en la credencial no coincida fielmente con el acta de nacimiento, deberán solicitar a las autoridades del distrito escolar donde estudia el menor, la impresión del documento llamado “transcript”, en el que debe aparecer el nombre completo y la fotografía del menor. - Constancia de grado de estudios que cursa debidamente sellado por la institución educativa y con fotografía del menor. - Identificación oficial emitida por autoridad de Estados Unidos de América - Tarjeta de Residencia de Estados Unidos de América - Para menores de 7 años, presentar constancia con fotografía y sello de una institución médica o de un médico particular del lugar donde radica el menor. 5. Presentar de forma impresa la Clave Única de Registro de Población (CURP) del menor de edad y los padres, el cual podrá consultar aquí. 6. Otorgar el consentimiento de ambos padres o tutores a través de la firma del formato de autorización que se le proporcionará en la Oficina Consular. 7. Presentar identificación oficial vigente, con fotografía y firma de ambos padres y donde los nombres asentados en las identificaciones coincidan fielmente con el nombre que aparece en el acta de nacimiento del menor de edad. 8. Cubrir el pago correspondiente de acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Derechos. Preguntas frecuentes ¿Qué pasa si uno de los padres no se encuentra en la ciudad y no puede firmar el formato de autorización? Si ambos o alguno de los padres no pueden presentarse personalmente a realizar el trámite de expedición de matrícula consular para su menor hijo, deberán acudir a la Oficina de Emisión de Pasaportes de la Secretaría de Relaciones Exteriores más cercana a su domicilio, en el caso de que se encuentren en México y llenar el formato correspondiente para ser enviado a la Oficina Consular donde se realizará el trámite o deberán acudir al Consulado mexicano que le corresponda si vive en el extranjero, para llenar el formato de autorización. ¿Si soy la madre/padre del menor y estoy divorciada/o y tengo la guardia y custodia de mi hijo, puedo sacarle su matrícula consular sin el consentimiento de su padre/madre? No. La patria potestad que ejercen los padres sobre los menores hijos no se pierde por el hecho de que vivan separados o se hayan divorciado. Solamente si un juez establece la pérdida de la patria potestad o le da a alguno de los padres la facultad de sacarle la matrícula sin el consentimiento del otro padre, podrá realizar el trámite. En ausencia de esta sentencia, ambos padres tienen que firmar el formato de autorización. ¿Dónde puedo obtener los formatos para el trámite de la matrícula consular y de autorización para menores de edad? Usted ya no tiene que llenar a mano ninguno de estos dos formatos. Corresponde al personal del Consulado llenar dichos formatos con la información que se encuentre en sus documentos y que usted proporcione. Solo tendrá que leerlos cuidadosamente cuando se los den para su revisión y firma. VIGENCIA Todas las matrículas consulares tienen una vigencia de cinco años a partir de día de su expedición. TIEMPO DE ENTREGA Una vez que usted acude a su cita en la Oficina Consular y cumple con todos los requisitos, la matrícula consular es entregada el mismo día de su cita. Sólo recuerde que toma alrededor de dos horas, siempre y cuando el sistema no presente fallas.
¿Qué pasa si al entregarme mi matrícula consular, detecto que hay un error en los datos?
Antes de que se envía la matrícula consular a imprimir, el sistema arroja un comprobante de datos que el personal de la Oficina Consular le debe de entregar para que usted lo revise cuidadosamente. Si al revisarlo detecta un error, éste se puede corregir. Sin embargo, una vez que la matrícula consular es impresa y entregada al interesado, ya no se puede corregir, por lo que usted tendrá que volver a realizar el trámite pagando los derechos de un nuevo documento.
Estimado paisano, antes de acudir a la Oficina Consular, asegúrate de contar con todos los requisitos.
Si tienes dudas, revisa el Reglamento de Matrícula Consular, publicado en el Diario Oficial el 12 de mayo de 2005.
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