TRASLADO DE RESTOS HUMANOS A MÉXICO
“VISADO DE DOCUMENTOS”
Con el propósito de facilitar los trámites de traslado de cadáveres a nuestro país, y evitar complicaciones posteriores, se les informa que las autoridades aduanales y sanitarias de la República Mexicana solicitan la presentación del Acta de Defunción Mexicana expedida por este Consulado General o acta de defunción estadounidense apostillada, así como el visado y certificación del Permiso de Tránsito (Permiso de Disposición de Restos Humanos expedido por el Departamento de Salud de California) y el Certificado de Embalsamamiento, correspondientes.
Con respecto a la solicitud y requisitos para la expedición del Acta de Defunción Mexicana, deberá de contactar al Departamento de Registro Civil de esta Representación Consular.
Requisitos para el visado de documentos:
· Cenizas
- Acta de Defunción Mexicana y/o de ser el caso Acta de Defunción estadounidense debidamente apostillada por la “Secretaria de Estado” (Secretary of State) de California, original y una copia.
- Permiso de Disposición de Restos Humanos (Permit For Disposition of Human Remanis) expedido por el Departamento de Salud de California, en original y una copia.
- Identificación oficial vigente de la persona que realiza el trámite (que contenga nombre, fotografía y firma), original y una copia, ambos lados.
· Embalsamamiento
- Acta de Defunción Mexicana y/o de ser el caso Acta de Defunción estadounidense debidamente apostillada por la “Secretaria de Estado” (Secretary of State) de California, original y una copia.
- Permiso de Disposición de Restos Humanos (Permit For Disposition of Human Remains) expedido por el Departamento de Salud de California, en original y una copia.
- Certificado de Embalsamamiento, que contenga nombre, número de licencia y firma del embalsamador, así como deberá constar que el cuerpo no contiene ninguna enfermedad contagiosa y que fue embalsamado de acuerdo a las leyes de California, y debidamente notariado ante la fe de Notario Público de California, original y una copia.
- Certificado Oficial del Médico Legista (Forense), donde se especifique que no existe enfermedad contagiosa.
- Identificación oficial vigente de la persona que realiza el trámite (que contenga nombre, fotografía y firma), original y una copia, ambos lados.
Nota: Estos trámites son exentos de pago de derechos.
Procedimiento:
Una vez que tenga todos los documentos requeridos, la persona interesada (generalmente lo realiza personal de la funeraria) deberá de presentarse personalmente de lunes a viernes de 7:00am a 11:00am, únicamente para entregar los documentos establecidos.
Una vez recibida y evaluada la documentación, el visado de documentos se entregará, de ser posible, el mismo día o al día siguiente hábil de realizado el trámite. Es indispensable la presencia de la persona interesada para que firme el documento al recibirlo.
Cabe destacar que el nombre del/la finado/a deberá ser el mismo en toda la documentación, y en la sección del “aka” (also known as) tal y como aparece en su acta de nacimiento mexicana, es decir: nombre(s), apellido paterno y apellido materno.
Es importante mencionarle que los documentos están sujetos a revisión para su aprobación y en algunos casos podría solicitarse documentación adicional