INFORMACIÓN GENERAL
Todos los extranjeros, sin importar su nacionalidad, están obligados a presentar un pasaporte o documento de viaje vigente al momento de entrar a México, ya sea por transporte aéreo, terrestre o marítimo.
Adicionalmente, requieren visa para solicitar ingreso a México los nacionales de los siguientes países: http://www.inm.gob.mx/gobmx/word/index.php/paises-requieren-visa-para-mexico/
Si usted es ciudadano o residente permanente de los siguientes países, no necesita visa para entrar a México para realizar actividades de turismo, negocios o tránsito: Canadá, Estados Unidos de América, Japón, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, o cualquiera de los países del espacio Schengen. Los individuos bajo este supuesto deben presentar sus documentos de residencia junto con sus pasaportes al momento de solicitar su ingreso a México. Ambos documentos deben estar vigentes durante su estancia en México.
Si usted cuenta con una visa válida y vigente emitida por el gobierno de Estados Unidos de América, no requiere visa mexicana para realizar actividades de turismo, negocios o tránsito. Al ingresar a México deberá presentar su visa válida y vigente junto con su pasaporte. Ambos documentos deben ser válidos durante toda su estancia en México.
Si usted se encuentra en Estados Unidos de América y su visa ha expirado pero cuenta con documentos o forma migratoria de estancia legal en el país, deberá solicitar la visa mexicana en la embajada o consulado de México que corresponda a su domicilio. Las tarjetas EAD, formas I-797 A, Advance Parole, formas I-20 ó DS-2019 no son válidos para ingresar a México.
La visa mexicana le da la posibilidad de presentarse en un puerto de entrada al país pero no garantiza su ingreso. El ingreso está sujeto a la decisión final de la autoridad migratoria. Pulse aquí (link a pdf formato Viaja México) para más información.
La visa no es un derecho sino una concesión del país que la otorga.
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REQUISITOS Todos los trámites de visa requieren presentar el formato de solicitud de visas. Descargue aquí (link a pdf formato de solicitud de visas). Cuota de procesamiento no reembolsable – SÓLO EFECTIVO
Para todo tipo de visa: menores de edad (link a formato) y dependiente económico. |
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| 1b. Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (turismo, menor a 180 días) | |
| 1g. Estudiante (menor a 180 días) | |
| 4. Adopción | |
| 5a. Residente temporal - Solvencia económica | |
| 5c. Residente temporal – Ministro de culto o asociado religioso. | |
| 5e. Residente temporal – Unidad familiar | |
| 5f. Residente temporal – Bienes inmuebles en territorio nacional | |
| 5g. Residente temporal – Inversionista | |
| 6. Residente temporal estudiante (mayor a 180 días) | |
| 7a. Residente permanente (jubilado – pensionado) | |
| 8. Unidad familiar (con permiso previo del Instituto Nacional de Migración “NUT”) | |
| 10. Oferta laboral (con permiso previo del Instituto Nacional de Migración “NUT”) | |
| 12. Expedición de visa por robo, extravío o destrucción de la tarjeta de residente | |
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13. Trámite para solicitar acuerdo de readmisión |
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| - Becario del gobierno de México y/o cooperante | |
| - Oficiales y/o Diplomáticas | |
Después de haber leído los requisitos, si tiene alguna duda, contáctenos al correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
