Pasaporte

El pasaporte es el documento de identidad y viaje que la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de sus oficinas de emisión de pasaportes y representaciones consulares, expide a los mexicanos para acreditar su nacionalidad e identidad y solicitar a las autoridades extranjeras permitan el libre paso.

El pasaporte además de permitirle viajar a otros países, es un medio aceptado universalmente como identificación y prueba de nacionalidad.

La expedición del pasaporte mexicano se rige por el Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de agosto de 2011.

 

EXPEDICIÓN POR PRIMERA VEZ

 Toda persona de nacionalidad mexicana por nacimiento o por naturalización podrá obtener pasaporte, cumpliendo con los siguientes requisitos.       

  1. Comparecer personalmente ante la Oficina Consular correspondiente con cita previamente agendada, la cual podrá ser obtenida a través del servicio MiConsulado en cualquiera de sus tres opciones: 

     

    A) Envíe un mensaje por WhatsApp: 1-424-309-0009

    B) Ingrese a la página: https://citas.sre.gob.mx/  

    C) Marque al número: 1(424)-309-0009

  2. Acreditar la nacionalidad mexicana mediante la presentación en ORIGINAL de alguno de los siguientes documentos:

- Acta de nacimiento (Verifica que tu acta de nacimiento no sea extemporánea)

- Certificado de nacionalidad mexicana

- Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento

- Carta de naturalización

- Matrícula consular de alta seguridad, es decir, expedida después de 2005

3. Acreditar su identidad, presentado ORIGINAL de alguno de los siguientes documentos oficiales con fotografía cuyos datos deberán coincidir fielmente con los del documento con el que está acreditando su nacionalidad.

 

- Matrícula consular de alta seguridad vigente

- Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral o por el Instituto Nacional Electoral vigente 

- Cartilla o Precartilla de identidad del Servicio Militar Nacional 

- Cédula profesional 

- Título profesional 

- Certificado de nacionalidad mexicana 

- Declaratoria de nacionalidad mexicana 

- Carta de naturalización 

- Licencia de conducir Mexicana con medidas de seguridad 

- Licencia de conducir de Estados Unidos de América 

- Identificación oficial emitida por autoridad de Estados Unidos de América 

- Tarjeta de Residencia de Estados Unidos de América 

- Certificado de Primaria o Secundaria con fotografía y sello oficial 

- Boleta certificada de algún año escolar con fotografía y sello oficial 

- Credencial del IMSS, del ISSSTE o de cualquier otra institución mexicana, vigente.

  1. Cubrir el pago correspondiente de acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Derechos. (Vigentes a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2024)

 

RENOVACIÓN

 Para la renovación o canje de pasaporte, el interesado deberá cumplir con los siguientes requisitos:

1. Comparecer personalmente ante la Oficina Consular correspondiente con cita previamente agendada, la cual podrá ser obtenida a través del servicio MiConsulado en cualquiera de sus tres opciones: 

A) Envíe un mensaje por WhatsApp: 1-424-309-0009

B) Ingrese a la página: https://citas.sre.gob.mx/  

C) Marque al número: 1(424)-309-0009

2. Presentar pasaporte para renovar, siempre y cuando se haya expedido después del 12 de mayo de 2005 y no tenga observaciones.

3. Si el pasaporte a renovar fue expedido en México, es necesario presentar  Acta de nacimiento (Verifica que tu acta de nacimiento no sea extemporánea).

4. Cubrir el pago correspondiente de acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Derechos. (Vigentes a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2024)

Si el Pasaporte tiene alguna restricción u observación, deberá cumplir con el requisito que se indique; si es NO CANJEABLE, deberá presentar la documentación completa como si se tratara por primera vez. 

¿Qué pasa si no encuentro mi pasaporte anterior o me lo robaron?

 En estos casos deberá acudir al Departamento de Policía de la ciudad donde radica y levantar un reporte de pérdida de su pasaporte, que deberá presentar en la Oficina Consular con el resto de los requisitos como si se tratara de expedición por primera vez.

 

COSTOS

1. Pasaportes ordinarios expedidos por primera vez o renovación

 Vigencia

 Costo en dólares estadounidenses

Costo total en dólares estadounidenses del pasaporte de emergencia, con el cobro adicional del 30%

 1 año

(menores de 3 años)

$41.00 $53.00
 3 años $96.00

 

$125.00

 

 6 años $130.00

 

$169.00

 

 10 años

(solo para mayores de 18 años)

$198.00 $257.00

 

***Tratándose de la expedición de pasaportes ordinarios que requieren ser expedidos de emergencia, se pagará un monto del 30% adicional al costo del pasaporte ordinario en términos de las fracciones anteriores, según la vigencia solicitada. 

 

          2. Pasaportes Ordinarios al 50% de descuento por ser adulto mayor de 60 años, con discapacidad comprobada y para trabajadores agrícolas                                                       

 Vigencia

 Costo en dólares estadounidenses para personas mayores de 60 años, con discapacidad comprobada y para trabajadores agrícolas

Costo total en dólares estadounidenses del pasaporte con el cobro adicional del 30% por emergencia

 1 año

$20.50

 

$26.50

 

 3 años $48.00

 

$62.50

 

 6 años $65.00

 

$84.50

 

 10 años

$99.00

 

$128.50

 

 

VIGENCIA

 En el extranjero los pasaportes mexicanos tienen una vigencia de uno (solo para menores de tres años de edad), tres, seis o diez años (solo para mayores de 18 años de edad).       

 A partir de la última reforma al Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, a los menores de tres años se les podrá expedir pasaporte por un año o por tres años según sea el deseo de los padres.

 

TIEMPO DE ENTREGA

 Una vez que usted acude a su cita en la Oficina Consular y cumple con todos los requisitos, el pasaporte es entregado el mismo día de su cita. Sólo recuerde que toma alrededor de dos horas, siempre y cuando el sistema no presente fallas.

 

APELLIDO DEL CÓNYUGE

Si en su comprobante de identidad aparece el apellido de su cónyuge, deberá presentar el original del acta de matrimonio. Si el acta de matrimonio es de un país distino a Mèxico o Estados Unidos, el documento deberá ser apostillado. De igual forma, deberá presentar traducción oficial si el acta se encuentra en un idioma distinto al español o inglés.

De igual manera si desea que en su pasaporte aparezca el apellido de su cónyuge, deberá presentar el original del acta de matrimonio.

Se recuerda que en todo pasaporte mexicano se asienta el nombre o nombres, primer y segundo apellidos de los solicitantes. El apellido del cónyuge se incluye en un apartado especial del pasaporte.

 

ACTAS DE NACIMIENTO EXTEMPORÁNEAS

 Si usted fue registrado de manera EXTEMPORÁNEA, es decir, que el registro se realizó pasados los años de gracia que tuvieron para registrarlo, sólo podrá tramitar pasaporte presentando una PRUEBA COMPLEMENTARIA. 

Importante: Antes de visitar la Oficina Consular, verifique si su acta es extemporánea y lo que necesitaría:

Períodos de extemporaneidad:

- Personas nacidas antes de 1931, se aceptará una extemporaneidad de hasta 50 años.

- Personas nacidas entre 1931 y 1940, se aceptará una extemporaneidad de hasta 30 años.

- Personas nacidas entre 1941 y 1950, se aceptará una extemporaneidad de hasta 10 años.

- Personas nacidas entre 1951 y 1976, se aceptará una extemporaneidad de hasta 5 años.

- Personas nacidas a partir de 1977, se aceptará una extemporaneidad de hasta 1 año.

 

Si su registro de nacimiento se pasa del periodo de extemporaneidad, deberá presentar UNO de los siguientes documentos COMPLEMENTARIOS:

- Certificado o constancia de alumbramiento que manifieste que un menor nació vivo y el nombre de sus progenitores.

- Partida parroquial de bautismo del interesado.- Deberá estar cotejada en los libros de la parroquia correspondiente por Notario Público o autoridad legalmente facultada para ejercer dichas funciones en territorio nacional.

 - Copia certificada del acta de matrimonio del padre o madre del interesado, expedida por el oficial del Registro Civil, donde se asiente que al menos uno de ellos es mexicano y que se casaron en territorio nacional, antes de la fecha de nacimiento del solicitante.

- Copia certificada del acta de nacimiento del padre o de la madre del interesado, expedida por el oficial del Registro Civil. La fecha de registro no deberá rebasar la extemporaneidad señalada de un año y la propia acta deberá hacer constar la nacionalidad mexicana del registrado.

 - Copia certificada del acta de nacimiento de un hermano mayor del interesado que haya nacido en territorio nacional. Igual que en el caso anterior, la fecha de registro no deberá rebasar la extemporaneidad señalada de un año y la propia acta deberá hacer constar la nacionalidad mexicana del registrado.

- Certificado de educación primaria o boleta de calificaciones del mismo nivel, expedido por la Secretaría de Educación Pública o alguna otra institución reconocida por dicha Dependencia del Ejecutivo.

 

De no contar con alguno de estos documentos, la Oficina Consular podrá verificar por medios electrónicos o por escrito la validez del acta de nacimiento ante la oficina del Registro Civil que la expidió, lo cual puede retrasar la expedición del pasaporte.

Estimado paisano, antes de acudir a la Oficina Consular, asegúrate de contar con todos los requisitos. Si tienes dudas, revisa el Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de agosto de 2011. Su colaboración es muy importante para brindarle un servicio eficiente.

 La autorización de cualquier documento consular dependerá de la revisión física de todos sus documentos al momento de su cita.

 

 
En aquellos casos en que del análisis de la documentación o información presentada a la que se refiere el presente, o del resultado de la entrevista realizada a los solicitantes, se observen inconsistencias o irregularidades, la Secretaría verificará la autenticidad de las documentales recibidas ante la autoridad emisora de éstas; además podrá requerir al solicitante pruebas adicionales que demuestren fehacientemente su nacionalidad, identidad y filiación.

 

Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios (CNARTyS), de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER):

 

“Catálogo en proceso de actualización. Los derechos por la expedición del pasaporte serán los comunicados cuando la persona interesada solicite su cita al servicio MEXITEL o los proporcionados directamente por la Oficina Consular, conforme al artículo 20 de la Ley Federal de Derechos (LFD) en vigor.

Si el pasaporte se emite de emergencia se cobrará el 30% adicional del costo del pasaporte ordinario solicitado, dependiendo de su vigencia, conforme al segundo párrafo del artículo 20 de la LFD en vigor.”

 

SRE-01-020-A

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de seis años.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-A

 

SRE-01-020-B

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de tres años.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-B

 

SRE-01-020-C

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de un año.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-C

 

SRE-01-020-D

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de seis años (aplica descuento del 50%).

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-D

 

SRE-01-020-E

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de tres años (aplica descuento del 50%).

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-E

 

SRE-01-020-F

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de un año (aplica descuento del 50%).

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-F

 

SRE-01-020-G. 

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de seis años. 

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-G

 

SRE-01-020-H

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de tres años

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-H

 

SRE-01-020-I

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de un año.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-I

 

SRE-01-020-J

Pasaporte ordinario expedido en el exterior A mayores de edad con vigencia de diez años.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-J

 

SRE-01-020-K

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de sesenta años de edad y a personas con discapacidad comprobada con vigencia de diez años (aplica descuento del 50%)

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-K